Octavio Klimek Alcaraz
Mayo 20, 2017
Conforme al Diccionario de Ecología, Evolución y Taxonomía de R. J. Lincoln et al. (FCE, 2009), se define a la migración como “un movimiento de un organismo o grupo de un hábitat o lugar hacia otro; movimiento periódico o de estación, por lo común a una larga distancia, de un área, estrato o clima hacia otro.” Así, los animales migratorios se han especializado en el uso diferentes ambientes y recursos naturales de manera temporal conforme a su ciclo de vida migratorio. Los animales migran de un sitio a otro, en un ciclo de ida y vuelta, a lo largo de las estaciones. Ellos no conocen de las fronteras políticas. En especial, se conocen las migraciones de diversas especies de aves, mamíferos terrestres y marinos, peces y reptiles.
Los animales migratorios son elemento esencial de los ecosistemas a los que pertenecen. Pueden realizar funciones como polinizar o de dispersión de semillas. En la cadena alimenticia ser alimento para otras especies o consumir a éstas.
En el caso de México, al ser un país de gran diversidad biológica es también rico en animales migratorios. Se tienen diversos grupos de aves migratorias, como colibríes, aves rapaces, marinas, canoras y de ornato que, en sus rutas migratorias, recorren grandes distancias hacia Norte y Sudamérica; también migran las tortugas marinas y los mamíferos marinos, como la ballena gris, que recorren las inmensidades de los océanos del mundo; existen también insectos, como la mariposa monarca que migran por toda Norteamérica; o diversas especies de murciélagos.
Los animales migratorios en su migración dependen de diversos espacios de vida. El problema es que muchos de estos espacios de vida están desapareciendo, destruidos en su totalidad o fragmentándose. Otra gran amenaza es el fenómeno del cambio climático, que está haciendo mucho más vulnerables a los animales migratorios. Eso hace a los animales migratorios muy vulnerables con relación de animales de costumbres sedentarias. Un buen ejemplo de todo esto es el caso de la reducción de los bosques de México donde inverna la mariposa monarca, que ha puesto en riesgo la supervivencia de esta especie migratoria.
Por ello, es importante señalar que existe la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres de la Organización de las Naciones Unidas, denominada también Convención de Bonn. La Convención tiene el propósito de inscribir bases legales para conservar las especies migratorias en toda su ruta migratoria. La Convención fue suscrita en 1979 en Bonn (de ahí su nombre) y entró en vigor en 1983. En la actualidad cuenta con 124 estados parte por donde viajan animales migratorios.
Los propios estados parte de la Convención deben comprometerse de manera coordinada a conservar o restaurar los espacios de vida de los animales migratorios, eliminar estorbos en su ruta y controlar otras causas que puedan amenazarlos.
Las especies migratorias en peligro de extinción están incluidas en el Apéndice I de la Convención. Las Partes de la Convención se esfuerzan por proteger de manera estricta a estas especies migratorias en peligro, conservando y restaurando los lugares donde viven, eliminando o compensando los efectos negativos de actividades o de obstáculos que dificultan su ruta migratoria. El Apéndice I prohíbe sacar de su ambiente natural animales migratorios en peligro de manera expresa, salvo por finalidades científicas, para mejorar su propagación, para fines de subsistencia o por circunstancias excepcionales. Además de estas obligaciones de los estados parte, la Convención promociona acciones concertadas entre los estados del área de distribución de una especie migratoria en peligro de extinción.
Las especies migratorias cuyo estado de conservación sea desfavorable y que necesitan o que serían beneficiadas de manera importante por la cooperación internacional están enumeradas en el Apéndice II. Para ello, la Convención alienta a los estados parte del área de distribución de las especies del Apéndice II a concluir acuerdos regionales o globales de las mismas.
En dicho sentido, la Convención actúa como una convención marco. Los acuerdos son tratados legalmente vinculantes, aunque también existen instrumentos menos formales, como los memorandos de entendimiento, además de que son adaptables a las características particulares de cada región. Es decir, la Convención tiene suficiente flexibilidad para diseñar instrumentos legales específicos para la conservación de los animales migratorios registrados en la misma.
El órgano de toma de decisiones de la Convención es la Conferencia de las Partes. Un comité permanente proporciona las líneas administrativas y políticas entre las reuniones regulares de las conferencias de las partes. Además, un comité científico formado por personas expertas aportadas por cada uno de los estados miembros y por la conferencia de las partes, proporciona asesoramiento en los asuntos técnicos y científicos. Igualmente, una secretaría con sede en Bonn, Alemania, proporciona apoyo administrativo a la Convención, esto con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
Aunque México tradicionalmente ha formado parte de diversas convenciones para proteger la diversidad biológica y el ambiente en el ámbito multilateral de la Organización de las Naciones Unidas, no es parte de dicha Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres. La ruta hasta ahora escogida por México ha sido realizar acuerdos regionales o bilaterales con Estados Unidos de América, Belice o Guatemala, por ejemplo. En nuestra opinión esto es insuficiente. Por ello, se requiere que el Estado Mexicano, empezando por el gobierno federal, considere no eludir, así como la relevancia y la urgente necesidad de ser parte de la Convención, siendo así parte de un esfuerzo global por conservar a las especies migratorias que viven o transitan en la región y en México.
Por ello finalizo destacando que el pasado 15 de mayo del presente año, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió un comunicado de prensa (DGC/153/17), dentro del Día Mundial de las Aves Migratorias, que se conmemora el 10 de mayo, en el que de manera textual expresó lo siguiente:
“La Comisión Nacional lamenta que, a pesar de que nuestro país cuenta con el mayor número de especies migratorias en América Latina y su megadiversidad es mundialmente reconocida, el Estado Mexicano no haya firmado todavía la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres, adoptada en 1979 y vigente desde 1983, por lo que convoca a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a emprender las acciones destinadas a la suscripción de ese instrumento, que cuenta con más de 124 estados parte, y tiene como objeto la protección de especies migratorias marinas, terrestres y las aves.”
Espero, que esta convocatoria no quede en el saco roto.