EL-SUR

Miércoles 24 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

De nuevo los pericos y guacamayas en el Congreso

Octavio Klimek Alcaraz

Marzo 18, 2017

Hace casi 10 años escribí un artículo reseñando el tema de la prohibición de realizar actividades extractivas comerciales y de subsistencia de los pericos y guacamayas en México (diario El Sur del 28 de abril de 2017). Lo titulé Pericos y guacamayas en el Congreso, creo es conveniente retomar buena parte del texto, ahora que se discute la iniciativa de Ley General de Biodiversidad.
En México se tienen inventariadas 22 especies pericos y guacamayas del grupo taxonómico de los psitácidos, de las cuales siete son endémicas a nuestro territorio, es decir solo aquí se encuentran en todo el planeta. Eso nos obliga como país a cuidar especialmente de ellas.
Sin embargo, todas estas especies, salvo una (Amazona autumnalis), se encuentran oficialmente en riesgo conforme a la Norma Oficial Mexicana 059 Semarnat 2010: 11 especies se encuentran en peligro de extinción; siete están amenazadas y tres bajo protección especial. De hecho, en grandes áreas de distribución natural histórica de pericos y guacamayas en nuestro territorio, éstos han desaparecido totalmente. Todo esto es inaceptable como país.
Recordemos que la protección de especies es clave, como los pericos y guacamayas, deben ser una prioridad de nuestros programas de conservación, ya que si desaparecen, como especie clave que son, pueden perderse al mismo tiempo muchas otras especies en la cadena de la vida de los ecosistemas en que se encuentran.
La pérdida de los espacios de vida para los pericos y guacamayas, como son los bosques y selvas, al estar sujetos a su destrucción, contribuye de manera fundamental a que este grupo de aves se encuentre en riesgo en México
Los pericos y guacamayas nos son a todos familiares, sus colores brillantes, su inteligencia pícara y amable los convierte en los comediantes del mundo de las aves.
Estas bellas características marcan para ellos lamentablemente su destino trágico al ser sujetos al tráfico legal o ilegal de vida silvestre. Muchas personas en la sociedad actual los demandan, ya que tienen una enorme popularidad como animales de compañía y actores.
Toda esta problemática se combina para hacer más complejo los factores que contribuyen al declive de las especies de pericos y guacamayas en México. Esto nos debe llegar a una conclusión obvia, para la conservación de estas aves se requiere un enfoque múltiple. Hay que atender este asunto como un problema biológico, económico, cultural y de educación, así como de manejo sostenido de la diversidad biológica.
En ese sentido, apoyándose en acciones legislativas a través de la Ley General de Vida Silvestre, que tenía como experiencia las vedas totales a grupos de especies como tortugas y mamíferos marinos, así como primates, se propuso por todos los grupos parlamentarios en el 2007, ojo, no fue sólo el partido Verde el promovente como se indica en diversos documentos de manera errónea, iniciar una moratoria bien publicitada al aprovechamiento extractivo de pericos y guacamayas en México. Para ello, se adiciono un artículo 60 Bis 2 a la Ley General de Vida Silvestre
Artículo 60 Bis 2.- Ningún ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittacidae o psitácido, cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines de subsistencia o comerciales.
La Secretaría –Semarnat– sólo podrá otorgar autorizaciones de aprovechamiento extractivo con fines de conservación o investigación científica. Únicamente se otorgarán autorizaciones para investigación científica a instituciones académicas acreditadas.
Queda prohibida la importación, exportación y reexportación de cualquier ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittacidae o psitácido, cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional.
Las especies de psitácidos no comprendidas en el presente artículo quedan sujetas a las disposiciones previstas en las demás leyes y Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.
Además, en los artículos transitorios del decreto se señala el listado de especies así como que: Las autorizaciones para el aprovechamiento extractivo de ejemplares de psitácidos, cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, otorgados con anterioridad la entrada en vigor del decreto mantendrán su vigencia, pero no podrán renovarse.
Además, los criaderos de ejemplares de psitácidos cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, legalmente acreditados ante la Secretaría, podrán continuar operando únicamente con fines de conservación.
Debe destacarse que esta prohibición entró en vigor el 15 de octubre de 2008, después de 8 años de vigencia de la actual Ley General de Vida Silvestre, que entró en vigor el 3 de julio de 2000, donde no se logró impulsar suficientes sitios para criar y aprovechar de manera legal, comercial y sostenible pericos y guacamayas. Por el contrario, la oferta y demanda ilegal de era pública y notoria. Caminar en un mercado cualquiera lo hacía evidente. Es dudoso, que ahora vaya a ser diferente si no se comprometen acciones y recursos para atender esta problemática.
Hoy se encuentra en una polémica este artículo de manera especial. Lo peor es que se observa una polarización en las visiones de organizaciones y personas relacionadas a las mejores causas ambientales. Algunas cosas que se observan son: No hay suficiente información medianamente confiable para afirmar de manera contundente el éxito o fracaso de dicha política. Por ello, hay serias discrepancias respecto a la interpretación de la información.
La prohibición de pericos y guacamayas solo ha sido para su uso extractivo comercial y de subsistencia. No se entiende por qué en todos estos años no se ha propiciado de manera masiva por parte de la Semarnat una labor similar de criar con fines de conservación pericos y guacamayas, como la que se ha realizado con buenos resultados, por ejemplo, con los campamentos de tortugas marinas. En donde hay participación pública, sino también privada. Además, actividades no extractivas como la observación de dichas aves es una ventana de oportunidad en todo sentido.
Hay absoluta desconfianza de muchos actores conservacionistas de las razones de las consecuencias de eliminar dicho artículo de manera especial en la nueva Ley General de Biodiversidad, algunos argumentos explicables son: Seguirían vigentes artículos similares para tiburones, tortugas y mamíferos marinos, así como primates. No se entiende este tratamiento diferenciado, cuando de 21 de 22 especies de pericos y guacamayas se encuentran en riesgo. De hecho, las especies enlistadas en esos grupos en la actual Ley son un mínimo número respecto al total de la megabiodiversidad de México.
Se propone establecer vedas por la Semarnat en lugar de prohibiciones. El tema es cómo lograr confianza en la institución. El riesgo es que se convierta en un trámite en donde se presenten estudios poblacionales de dudosa calidad para levantar la veda de especies en riesgo con estatus de protección especial. Los estudios poblacionales, por ejemplo, los deberían realizar sólo investigadores de instituciones académicas reconocidas o técnicos debidamente acreditados. El problema será que quien paga manda en los estudios. Luego, quiénes van a decidir en el servicio público. La decisión, en la Semarnat, no puede ser en ninguna forma discrecional y opaca. En especial a través de la firma de un servidor público sujeto a todo tipo de presiones. Debe asegurarse la participación pública en la toma de decisión fundada y motivada para establecer, modificar o levantar una veda. Es decir, se trata de lograr un mecanismo de monitoreo, verificación, reporte y acreditación para las vedas que permita su correcta operación.
Si por ejemplo se quiere impulsar una veda para pericos y guacamayas, o cualquier otro grupo de la vida silvestre de interés, debe asegurarse que existan recursos públicos para financiar los estudios poblacionales correspondientes. Eso no se identifica de manera clara en la iniciativa de la nueva Ley. Esto puede posibilitar que ante el valor económico de las especies carismáticas, un grupo de traficantes de vida silvestre financien a una comunidad para realizar estudios, que justifiquen su aprovechamiento y se levante la veda. Por eso se dice que se privatizan las ganancias y se sociabilizan las pérdidas.
Más allá de todas estas dudas, debe ser claro que si se persiste en la idea de esperar a estudios para decidir el futuro en México de los pericos y guacamayas y eliminar el actual artículo 60 Bis 2. Entonces en los criaderos de ejemplares de psitácidos cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, legalmente acreditados ante la Secretaría, solo podrán continuar operando únicamente con fines de conservación. No vaya a entenderse otra cosa y se propicie que se opere para lavar a los pericos y guacamayas capturados en libertad.
En el caso de pericos y guacamayas debe de este debate surgir un compromiso público del gobierno federal para reducir su tráfico ilegal y las demás causas de que se encuentren en riesgo, incluyendo la presencia de especies invasoras de pericos exóticos. En especial se requiere una gran campaña de información para que la gente no adquiera pericos y guacamayas. No existe ninguna justificación ética para mantener en cautiverio animales silvestres en un domicilio particular. No los necesitamos para subsistir. Todo ser vivo que su espacio y ciclo natural se da en libertad merece nuestro respeto. Vayamos a admirarlo en la naturaleza.