EL-SUR

Sábado 01 de Junio de 2024

Guerrero, México

Opinión

Del acceso a la información pública, nueva ley

Netzahualcóyotl Bustamante Santini

Octubre 08, 2005


El 29 de septiembre fue aprobada por 33 votos de 46 legisladores que integran el Congreso local, la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero.

El ordenamiento –que no puede ser consultado en el obsoleto sitio oficial del órgano legislativo–, pretende ofrecer a la ciudadanía un instrumento legal que permita una relación más abierta, clara y transparente entre los poderes estatales y los guerrerenses al conferir a estos el derecho a solicitar información y demandar respuestas sobre el ejercicio gubernamental y el desempeño de los poderes ejecutivo, legislativo, judicial y de los ayuntamientos.

Obliga a estos órganos de poder a hacer del uso, manejo y difusión de la información con carácter de pública un renovado ejercicio democrático al otorgarla a cualquier ciudadano que esté interesado en conocer cómo opera su gobierno, asignándoles el derecho inalienable de indagar hasta donde la ley lo permite las fauces de la administración pública estatal.

En 2002 (año de publicación de la ley federal en la materia) cinco estados emitieron su propio ordenamiento legal. Un año después lo hicieron ocho.

En 2004 fueron publicados leyes similares en 9 entidades.

Y en lo que va de 2005, Sonora el 25 de febrero y Guerrero el 30 de septiembre han hecho lo propio. Ocho estados restan por seguir el ejemplo.

Solo 17 de 24 entidades que han emitido su estamento jurídico tienen institutos de acceso a la información pública o comisiones estatales de transparencia.

En todas las leyes estatales de acceso a la información pública los sujetos obligados (los tres poderes, los órganos constitucionales autónomos y sus respectivos Ayuntamientos) deben proporcionar información, pero no los partidos políticos en la mitad de ellas.

En la aprobación por la vía rápida de este ordenamiento jurídico por el pleno del Congreso de Guerrero subyace un ingrediente inicial de desazón, desinterés y menosprecio por parte de los legisladores locales para atender un tema de la mayor importancia en la vida política del estado y en la relación institucional entre los poderes locales y sus gobernados.

La ley de acceso a la información pública de la entidad nace en un ambiente de desdén e indiferencia y sin un compromiso real por abanderar una verdadera política de transparencia ni por el lado de los legisladores locales ni por el ejecutivo estatal.

La ausencia igualmente de la opinión y participación ciudadanas en la construcción de la ley deslegitima una norma que está dirigida precisamente a provecho de la propia sociedad. El estado se sabe, queda en entredicho cuando no empata sus razones con las razones de la sociedad.

La aprobación del precepto legal sin el impulso y la acometida del gobernador exhibe una postura poco interesada en transparentar el ejercicio y desempeño del primer gobierno de la transición en Guerrero. La ley aprobada por el Congreso se traduce más como una imposición de este poder al ejecutivo que una causa efectiva en la que esté comprometida la actual administración. Uno de los diputados justificó que la aprobación de la ley sólo fue motivada por la intención de la legislatura de acabar con el triste papel del Congreso “de simple legitimador de las iniciativas de los Ejecutivos”. Esta posición se entiende y se comparte, no es comprensible sin embargo, que ejecutivo y legislativo no hayan considerado e impulsado de manera conjunta el acceso a la información como un serio esfuerzo que caracterice un nuevo arreglo institucional en la suriana entidad.

Sobre la norma, importa cuestionarse si están claramente delimitados los espacios de responsabilidad de las instancias locales, qué corresponde a cada quién, para que no culpe el nivel municipal al estatal de la falta de transparencia y viceversa.

Asimismo conviene saber si la nueva ley en el marco de la transparencia está orientada únicamente a controlar la corrupción o a mejorar el desempeño del gobierno.

Las dependencias oficiales seguramente ofrecerán datos pero no los necesarios para evaluar los programas de gobierno, es decir, la prioridad no debe ser arrojar datos aislados sino otorgar información pertinente por parte de los órganos de poder para conocer mejor cómo trabajan, revelando datos sobre su desempeño, recursos y responsabilidades.

En Guerrero, para fortalecer la transparencia es imprescindible relacionar el estado de derecho con el sistema político y la participación ciudadana.

La transparencia lleva a la rendición de cuentas; no son conceptos similares.

La capacidad de exigir respuestas es distinta de la capacidad para sancionar. Es decir, en el país existe transparencia, pero no rendición de cuentas.

Por ello es menester preguntarse, ¿bajo cuáles condiciones puede la transparencia generar la rendición de cuentas en el estado?

La cultura de la transparencia no es una moda, es un apremio y reclamo ciudadanos producto sí, de la incipiente normalidad democrática. ¿Para qué la transparencia y rendición de cuentas?, fundamentalmente para estatuir nuevas relaciones entre sociedad y gobierno. Y para establecer nuevas formas de sociabilidad que respondan a realidades políticas distintas.

En Guerrero queda pendiente saber dónde termina la transparencia y dónde inicia la rendición de cuentas para sancionar inhabilitar y castigar a los responsables de un mal desempeño en la función pública, tal como lo propuso el actual gobernador.

El panorama no es del todo alentador con la nueva ley. No podrá darse información integral porque no existen sistemas consolidados de información o archivos. El contexto sociopolítico estatal impidió la creación de esos sistemas. Las instituciones fueron creadas y existían para otro régimen, unipersonal, caciquil y absolutista.

Colocar a las instituciones en una “vitrina pública” y arraigar en el ciudadano la cultura del derecho a conocer “lo público”, han de convertirse en una verdadera cruzada de las próximas gestiones municipales y la administración pública estatal.