EL-SUR

Jueves 25 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Derechos de las audiencias, el estado de las cosas

Ana Cecilia Terrazas

Noviembre 26, 2022

AMERIZAJE

 

Se viven días complejos e interesantes en el mundo y en el país en cuanto a la justa valoración, resguardo, reconocimiento y defensa de los derechos humanos.
En este marco, los pasados 16 y 17 de noviembre se llevó a cabo el Encuentro de la Asociación Mexicana de Defensorías de Audiencias (AMDA) 2022, con el tema eje “Por el derecho a defender los derechos”, convocado concretamente por su consejo directivo (Beatriz Solís Leree como presidenta; Laura Martínez Águila, Antonio Zavaleta, Claudia Ortega Medina, Mercedes Olivares, Hilda Saray Gómez González y Juan Carlos López Granillo en la parte digital; además de moderadoras, moderadores y participantes con distintas especialidades en derecho y comunicación tanto de México como de América Latina), el cual puede revisitarse en https://www.youtube.com/@amdasomosaudiencias.
El estado jurídico actual en materia de derechos de las audiencias –proceso que lleva cinco años sin acabar de resolverse a cabalidad– fue objeto de análisis de una mesa en este encuentro. Aquí se procura traducir lo que explicó César Enrique Olmedo Piña, abogado especialista que ha llevado de manera honorífica el caso por parte de la asociación:
1. En mayo de 2021 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la sentencia dictada por el juez primero de distrito en Materia Administrativa de Ciudad de México en 2019, que concedió el amparo solicitado por la AMDA en contra de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) de 2017 que limitó las atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para emitir lineamientos a fin de establecer procesos estandarizados y la garantía para la defensa de los derechos de las audiencias, declarando inconstitucionales los párrafos segundo y tercero del artículo 256 de la Ley, según publicó la propia AMDA en su boletín del 14 de mayo de 2021.
2. En febrero de 2022 inició el proceso de cumplimiento de esa sentencia. Se notificó al Congreso de la Unión, al presidente de la República y al Instituto Federal de Telecomunicaciones que se debía dar cumplimiento al amparo concedido y, por tanto, habiendo resultado inconstitucional la autorregulación de los concesionarios, las cosas debían volver al estado que guardaban antes de la reforma, cuando se preveían las facultades al autónomo IFT para velar porque la ética de los concesionarios incluyera a las audiencias.
3. De hecho, el 29 de agosto de 2022, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver una acción de inconstitucionalidad resolvió por unanimidad invalidar en su totalidad el Decreto de Reformas a la LFTR de 2017 “por vicios de forma en su aprobación”, lo que incluye los citados párrafos segundo y tercero del artículo 256 de la LFTR.
4. Hoy por hoy, el artículo 256 de la LFTR es incontrovertiblemente inconstitucional, es cosa juzgada y, sin embargo, explicó Olmedo Piña*: “…en febrero de este año, el juzgado recibiendo el expediente que llegaba de la SCJN inició el proceso de cumplimiento… En esa misma semana, al otro día, se presentó un recurso de revisión en contra de la primera instancia, contra la sentencia dictada en 2019, lo cual es absurdo y además ya había habido dos concesionarios que habían intentado hacer lo mismo y a los dos se les había dicho que no tenían legitimación.
“El juzgado, en un acuerdo sorprendente, que no está previsto en la ley, suspendió la ejecución, la detuvo y dijo que esta ejecución continuaría en tanto se resolviera ese recurso promovido por esa concesionaria que dice ser afectada por los efectos de la sentencia…”.
5. Ese acuerdo “sorprendente” abre la posibilidad a que otros concesionarios de radio o televisión, quieran entorpecer la fase de cumplimiento de la sentencia.
6. De acuerdo con Claudia Ortega Medina, abogada integrante de la AMDA, “lo que es más grave es que al haber invalidado todo el decreto de reforma de 2017, el cumplimiento de la sentencia del amparo concedido a la AMDA está en la incertidumbre”.
En tanto, la polarización ideológica, las ambiciones políticas y las crisis económicas contextuales tampoco abonan en un suelo fértil para que se comprendan o respeten los derechos humanos, la igualdad entre todas las personas, los derechos de las audiencias.

@anterrazas

* https://www.facebook.com/100064091226838/videos/583290363798552