EL-SUR

Martes 23 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Foro de la Ley General de Biodiversidad

Octavio Klimek Alcaraz

Marzo 04, 2017

El pasado 25 de octubre de 2016 fue presentada en el Senado de la República la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Biodiversidad y se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y se abroga la Ley General de Vida Silvestre. Dicha iniciativa fue presentada por la senadora Ninfa Salinas Sada del Partido Verde, que es además la presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales responsable de realizar el dictamen correspondiente.
La iniciativa fue cuestionada debido a que se observó que podía sufrir un proceso de aprobación acelerado, dada la cercanía a la décima tercera sesión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP13), que se celebraría en Cancún, Quintana Roo, del 4 al 17 de diciembre de ese año. El tema es sumamente delicado, se trata desde el legislativo de impulsar una visión alineada al cumplimiento del citado Convenio sobre la diversidad biológica, cuyo objetivo es promover la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes, y una justa y equitativa participación en los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos.
De inmediato empezaron a realizarse observaciones sobre la ausencia o escasa presencia de diversos temas relacionados a la biodiversidad en la iniciativa, desde la academia, organizaciones sociales y ambientalistas, instituciones públicas, entre los principales actores. Ante ello, se presentó un consenso general de que se requería revisar la iniciativa con calma y a detalle, y que se debía abrir a un proceso amplio de consulta pública. En dicho sentido, el pasado viernes 24 de febrero fue realizado un Foro de Análisis de la Iniciativa de la Ley General de Biodiversidad a la que fui invitado a participar. Ofrezco en este artículo, algunas de las propuestas realizadas durante la realización del Foro.
Primeramente, es una oportunidad y de gran necesidad incluir el concepto de “patrimonio natural” a la par del de biodiversidad. El patrimonio natural se comprende como el conjunto de bienes y recursos de la naturaleza fuente de diversidad biológica y geológica, que tienen un valor relevante medioambiental, paisajístico, científico o cultural. Esto se debe realizar en diversos apartados de la iniciativa. Se trata de hacer énfasis de que se debe conservar la biodiversidad junto con el patrimonio natural del país.
Asimismo, se debe fortalecer y ampliar la fracción I del artículo segundo, que las disposiciones de la Ley tiene como objeto el: “Garantizar el derecho a un medio ambiente sano mediante el mantenimiento y recuperación de la funcionalidad de los ecosistemas, las acciones de conservación…”. Se deben considerar incluir las tareas de prevención, preservación y restauración, así como el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de la biodiversidad y el patrimonio natural.
Igualmente, las especies invasoras, aquellas que al encontrarse fuera de su ámbito de distribución natural son capaces de sobrevivir, reproducirse y establecerse en hábitats y ecosistemas naturales y que amenazan la diversidad biológica nativa, la economía o la salud pública, deben ser consideradas de manera integral en el ámbito de la ley. Lo anterior, debido a que en la actualidad existen especies invasoras forestales o acuáticas, que son reguladas por la legislación forestal o de la pesca.  Igualmente, el acceso a los recursos genéticos de las especies forestales y acuáticas debe ser considerado de manera integral en el ámbito de esta ley. Lo anterior con el objetivo de eliminar la actual fragmentación en las políticas públicas a desarrollar respecto a las especies invasoras y el acceso a los recursos genéticos.

Por el carácter de ser una ley general, se otorgan atribuciones en la materia a los tres órdenes de gobierno. De esto derivan los propios ordenamientos locales. En este caso la iniciativa, sólo otorga atribuciones a la federación y a las entidades federativas. Por ello, se recomienda que los municipios tengan atribuciones expresas en la Ley General de Biodiversidad.
Un tema clave es el de la arquitectura institucional. Existen a lo largo y ancho del texto de la iniciativa acciones que van desde actos de autoridad, de fomento, hasta de información e investigación. Es preciso que a partir de las atribuciones otorgadas a la federación sean claramente definidas las tareas de la Semarnat en su Sector Central y delegaciones, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), y de la Comisión Intersecretarial para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio). Para ello se propone se haga la adición de un capítulo correspondiente en la iniciativa.
También, se recomienda que la estrategia nacional sobre biodiversidad, principal instrumento para lograr los objetivos de la política nacional de biodiversidad tenga de manera expresa escenarios mayores de temporalidad que los sexenales de los programas especiales. En la actual Ley General de Cambio Climático existe un ejemplo para diferenciar esto. La Conabio será además la encargada de elaborar y actualizar la estrategia, con la opinión de la Secretaría, y será aprobada por el Consejo Consultivo Nacional.
Articulado a la estrategia, se sugiere desarrollar un nuevo apartado para los contenidos del otro instrumento que se propone adicionar, que es el programa especial sobre la biodiversidad a elaborar por la Secretaría, con la participación de la Conabio y aprobación del Consejo Consultivo Nacional.
Un tema fundamental es el de la participación social en la conservación. El Consejo Consultivo Nacional para la Conservación y Aprovechamiento Sustentable de la Biodiversidad cuyas funciones consistirán en emitir resoluciones –y se propone recomendaciones– en relación con la conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de la biodiversidad, se sugiere sea presidido por la Semarnat, al máximo nivel posible, y no por la Conabio. Asimismo se propone la forma de integración del comité técnico que asiste a dicho Consejo, que sería coordinado por la Conabio.
También se hacen sugerencias para la integración del Consejo. Para que los consejeros de los diversos sectores representados, que lo integren, sean personas de reconocida trayectoria en la conservación o aprovechamiento sustentable de la biodiversidad. Asimismo, los consejeros antes referidos serán elegidos por la Secretaría, a propuesta de la Comisión, conforme a la convocatoria pública emitida para tal efecto. Estos consejeros durarán en su cargo tres años, y podrán ser reelectos por un periodo adicional, cuidando que las renovaciones de sus miembros se realicen de manera escalonada.
Por razones de espacio, espero en un siguiente artículo tratar otros temas importantes que fueron comentados por un servidor en el citado foro relacionados con el aprovechamiento de subsistencia, los espacios protegidos y las prohibiciones de actividades extractivas para algunos grupos en riesgo.
Finalmente, por experiencia, creo que si realmente se desea lograr una buena Ley General de Biodiversidad, es necesario trabajar un primer documento borrador con las observaciones recibidas hasta la fecha y hacerlo público por la Comisión Dictaminadora del Senado. Al hacerlo público, sería para su análisis y recepción de opiniones preferentemente en un siguiente foro, para emitir un segundo borrador de dictamen. Tratando de reducir así, por aproximación sucesiva las opiniones diversas, hasta lograr el máximo consenso posible. En donde no exista consenso dejar encorchetadas las diversas propuestas y buscar diálogo y más diálogo. Sería triste observar que esta ley siguiera la misma ruta infortunada de la actual Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, que impera una sola visión centralista de la actividad forestal, donde ni siquiera se dio una consulta, y que va creciendo su rechazo por sus retrocesos.