EL-SUR

Jueves 25 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

HABLEMOS DE LIBROS

La Constitución de Querétaro 1916-1917; hoy hace 104 años

Julio Moguel

Diciembre 16, 2020

(Décima parte)

Nota de introducción

En el artículo anterior, aparecido en este mismo diario el pasado viernes 11 de diciembre, veíamos cómo se abría ya propiamente el debate en torno al contenido de los artículos constitucionales, empezando por el 1º, el 2º y el 3º. Y adelantábamos como ejemplo los contenidos de los artículos 3º y 27 de la propuesta que el 1 de diciembre de 1916 había presentado el Jefe Máximo ante el pleno del Congreso, para mostrar de inicio los límites conceptuales y de compromiso con los que el carrancismo quería hacer valer dos temas decisivos tan sensibles y complejos como “el de la educación” y “el de la tierra” o de “la propiedad rural”.
Pero antes de entrar de lleno al relato de este debate en torno a “la cuestión educativa” –el artículo 3º, como sabemos– (luego dedicaremos una parte amplia sobre el artículo 27), conviene referirse aquí a un significativo antecedente del Congreso Constituyente.

I. El Plan de Guadalupe: antecedente fundamental del Congreso

Vayamos hacia atrás viajando en la máquina del tiempo para recordar aquel día “caluroso, polvoriento y aburrido” en el que Venustiano Carranza convocó a los jefes y oficiales de su gastado y maltrecho ejército para darles a conocer el Plan de Guadalupe. Era el 26 de marzo de 1913. El lugar: la hacienda de Guadalupe, ubicado en Ramos Arispe, Coahuila. Participantes: jefes y oficiales constitucionalistas provenientes de muy distintos puntos del país. El antecedente inmediato: el 19 de febrero de aquel año el XXII Congreso de aquel estado había desconocido al generar Victoriano Huerta, dando al gobernador Venustiano Carranza todo poder para conformar el ejército que pudiera hacer volver al país al orden constitucional. (El Plan de Guadalupe se promulgó en Eagle Pass, en Estados Unidos, el 31 de marzo de 1913).
El recuerdo sobre el momento medular de este importante encuentro revolucionario en la hacienda de Guadalupe viene de la pluma de Múgica:
“El secretario particular del señor Carranza puso en nuestras manos un pliego haciéndonos saber que aquello era el plan esperado y que debíamos de firmar aquella mañana memorable. Se hizo el silencio, se leyó el documento. Era conciso, breve e iletrado como su autor. En todo él, sólo campeaba la idea legalista, motivo y principio de aquella campaña […]”
Después de que Carranza leyó su “documento legalista” tuvo como respuesta una serie de críticas y propuestas que, desde voces como la del mismo Múgica, pretendieron agregar al proyecto de aquél, entre otros puntos, “lineamientos agrarios, garantías obreras, reivindicaciones y fraccionamiento de latifundios, absolución de deudas y abolición de [las] tiendas de raya […]”
Pero la respuesta de Carranza fue tajante y vertical (el relato sigue siendo de Múgica). Dijo Carranza:
“¿Quieren ustedes que la guerra dure dos años, o cinco años? La guerra será más breve mientras menos resistencia haya que vencer. Los terratenientes, el clero y los industriales, son más fuertes y vigorosos que el gobierno usurpador; hay que acabar primero con éste y atacar después los problemas que con justicia entusiasman a todos ustedes, pero a cuya juventud no le es permitido excogitar, los medios de eliminar fuerzas que se opondrían tenazmente al triunfo de la causa […]”
En ese histórico momento del 26 de marzo de 1913 prevaleció la perspectiva de Carranza con la promesa de incorporar “el programa social al triunfo de la lucha”. Lo importante, “en ese momento”, en la idea del Varón de Cuatro Ciénegas, era derrocar al dictador.

II. La reedición de la perspectiva del Plan de Guadalupe en la propuesta de Carranza en el Constituyente de Querétaro

Más de tres años pasaron, ya en el Constituyente de Querétaro, desde aquel día en el que Múgica, entonces con grado de capitán y sólo 29 años a cuestas, escuchara, con decepción y enojo expresamente notificados en sus propios relatos, el texto que integraba el Plan de Guadalupe.
A Múgica no le cabía en la cabeza ni le llenaba el buche la simpleza de un documento que, en el momento en el que la lucha contra Huerta se había generalizado, no se tocaran en el Plan las reivindicaciones sociales que habían sido justo los motivos motores de la Revolución.
No es probable que el michoacano nacido en Tingüindín hubiera conocido entonces aquella frase de Hegel –repetida en un momento dado por Marx– de que la historia se repite, pero “una vez como tragedia y otra como farsa”. Mas lo que sí es probable es que el ahora diputado constituyente, ya con 32 años cumplidos, al escuchar el proyecto de Constitución del presidente Carranza pensara que el Jefe Máximo estaba cometiendo el mismo “error” que le había hecho perder la brújula a don Francisco I. Madero, llevándolo a una ominosa derrota político-militar frente al traidor de Huerta. Pero ¿cuál era el error?: haber hecho a un lado en su programa las exigencias y posicionamientos sociales y políticos más sentidos de quienes se habían incorporado masivamente en la Revolución.
Convenía entonces reflexionar: ¿se trataba en realidad de un simple error de cálculo por parte de Carranza o era parte esencial de un proyecto político de transformaciones que quedaba limitado a temas o reivindicaciones fifís? (el término se utilizaba ya en aquellos tiempos). ¿Cómo explicar que el mismo Carranza hubiera signado la importantísima Ley Agraria del 6 de enero de 1915, claramente revolucionaria en el reconocimiento y defensa de la propiedad social?
Esas y otras preguntas se hacían con seguridad Múgica y sus partidarios en aquella histórica jornada en la que el Primer Jefe leyó con elocuencia señera, frente al pleno del Congreso, su proyecto de Constitución.
Y esas y otras preguntas parecidas aparecieron cuando se inició el debate en torno al artículo 3º. ¿Por qué la propuesta de Carranza marcaba una clara distancia frente al jacobinismo revolucionario y le daba entrada a la educación religiosa en el marco constitucional? ¿Por qué el Primer Jefe se limitaba a definir que la educación “laica” se limitara a los establecimientos educativos en la enseñanza pública, y no se impusiera dicha prescripción a los establecimientos educativos particulares, si, en cualquiera de los casos –como señaló en su momento el diputado Cravioto–, “las escuelas religiosas [no eran] en la República ni tan peligrosas ni tantas como se cree”?
Buscaremos algunas de las respuestas en lo que sigue.