Marcial Rodríguez Saldaña
Octubre 08, 2020
El jueves primero de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una de las decisiones más relevantes en la historia constitucional y política de las últimas décadas en nuestro país, que consiste en aprobar se realice una Consulta Popular para preguntarle a la ciudadanía si se debe enjuiciar o no a los ex presidentes de la República.
1.- Es una determinación histórica de la SCJN en razón de que es la primera vez que se va a llevar a cabo este ejercicio de Democracia Directa o Participativa.
La Consulta Popular se había aprobado en la reforma constitucional de 1982, para efectos de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, como una facultad del Presidente de la República para convocar a foros previamente arreglados, en donde políticos afines al régimen presentaban ponencias temáticas y simulaban que había una participación del pueblo.
Después, gracias a las luchas populares, sociales y políticas, el gobierno se vió obligado a aprobar una reforma constitucional en el 2014, en donde se reconocieron como derechos del pueblo: la iniciativa ciudadana –para presentar proyectos de ley–, las candidaturas independientes y la participación en consultas populares.
Hay que señalar que los legisladores de ese tiempo, se quedaron cortos en la reforma, puesto que no sólo debieron reconocer la Consulta Popular como un derecho individual, sino como un derecho colectivo en el artículo 39 de la Constitución Federal y establecer que el pueblo ejerce su soberanía por conducto de sus representantes populares y directamente a través del referéndum, plebiscito y la consulta popular. Esperamos que en algún momento se realice esta reforma constitucional.
2.- Aprovechando la reforma en materia de Consulta Popular, en 2014 se promovió por parte de Morena y el pueblo, una solicitud de Consulta Popular, para que en la elección federal de 2015 se le preguntara al pueblo si estaba de acuerdo en que se aprobara o no la reforma energética. Se sobrepasó en mucho el número de firmas para la solicitud de la consulta, sin embargo, desafortunadamente en la SCJN se impuso una visión conservadora neoliberal –sumisa al Presidente de la República Enrique Peña Nieto– y consideraron que el tema de la pregunta no era constitucional porque no era un asunto relevante para la nación. De ahí fue que los ministros de la Corte de aquel entonces, validaron todo el proceso de la reforma energética que a la postre llevó a la entrega de nuestros hidrocarburos a empresas nacionales e internacionales, a la corrupción mediante sobornos multimillonarios a Peña Nieto y funcionarios de su gobierno, a medidas antipopulares como los gasolinazos que afectaron mucho la economía popular con los aumentos al transporte y a los productos de la canasta básica.
3.- Ahora, la mayoría de ministros de la SCJN –el sector liberal de la Corte– tomó una decisión diferente, en razón de que consideró que el tema de esclarecer las decisiones políticas, los hechos de corrupción y de violaciones a los derechos humanos de los años pasados, sí son materia constitucional para someterlos a consulta popular. Este es el fondo de la sentencia de la Corte; si bien es cierto que la pregunta es muy genérica, con el objeto de respetar el debido proceso y los derechos humanos de los posibles involucrados, en realidad, la participación popular se concentrará en la decisión de si se debe enjuiciar o no a los ex Presidentes de la República, este es la decisión que tomará el pueblo.
Un tema subsecuente del debate sobre la consulta, es la fecha. Conforme a lo que establece actualmente la Constitución Federal, esta debe realizarse el primer domingo de agosto de 2021, esto es dos meses después de la jornada electoral, lo cual constaría aproximadamente 8 mil millones de pesos, para ello se propone una solución muy práctica que consiste en que se apruebe un artículo transitorio en la Constitución a efecto de que la consulta se lleva a cabo en la misma fecha de la jornada electoral. Los partidos opositores a la 4T aducen que el gobierno de AMLO ha hecho todo mal, pues deberían aprovechar que se haga la consulta popular el mismo día de las elecciones, para sacar beneficio electoral en esa jornada.
4.- Los comentócratas-jilgueros de los gobiernos neoliberales y autoritarios, pegaron el grito en el cielo cuando se conoció la decisión de la mayoría de ministros de la SCJN de aprobar la Consulta Popular. Lo que cuestionan es que los ministros hayan aprobado la consulta popular que solicitó el Presidente de la República y con ello se vuelve el Poder Judicial un poder dependiente del Poder Ejecutivo ilegítimo; sin embargo, estos mismos intelectuales orgánicos del conservadurismo, nunca dijeron nada cuando en la época de los gobiernos neoliberales la SCJN era un apéndice del Presidente de la República en turno. La diferencia ahora, es que el jefe del Poder Ejecutivo proviene de una gran legitimidad, que respeta la división de poderes, nunca ha dado ninguna indicación a la SCJN, quien ha decidido en plena libertad; lo cierto es, que progresivamente el pensamiento conservador neoliberal que había imperado en la SCJN vaya evolucionando y transite a un pensamiento liberal acorde a la transformación que vive la nación.
La Consulta Popular del 2021, será una extraordinario ejercicio de Democracia Directa o Participativa, de tal manera que se arraigue en el pueblo la participación permanente en los asuntos públicos, como un signo relevante de la Cuarta Transformación de México.
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