EL-SUR

Viernes 26 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

La Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas

Marcos Matias Alonso

Marzo 17, 2016

En México, el Poder Judicial de la Federación avanza progresivamente en la protección de los derechos constitucionales de los pueblos y comunidades indígenas. Tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y otros Tribunales Colegiados (TC), tienen adelantos relevantes en materia de pueblos indígenas.
Obvio, es difícil olvidar el fallo del 6 de septiembre de 2002, fecha en que la SCJN declaró improcedentes las controversias constitucionales presentadas por más de 300 municipios indígenas del país, en contra de la reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígena. En aquella fecha, la sentencia de la SCJN levantó un vendaval de críticas en el país y en otras naciones del mundo. No quedemos anclados en esa fase azarosa; aprovechemos el andamiaje constitucional conquistado y busquemos una aplicación a los postulados de los artículos 1° y 2° constitucionales. El ordenamiento normativo anterior provocó un viraje ascendente hacia los derechos prioritarios de los pueblos indígenas.
Hoy, la SCJN dispone de directrices para proteger los derechos de los pueblos indígenas de México. Destaca entre ellos, el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas (SCJN, 2014).
“El Protocolo” es un instrumento de “apoyo para que los juzgadores apliquen sus resoluciones en los más altos estándares nacionales e internacionales, como lo establece el Artículo Primero constitucional, que coloca la protección de los derechos humanos en el centro de la actuación de las autoridades, utilizando como referente los instrumentos internacionales suscritos por el Estado mexicano”. “El Protocolo…, es una serie de principios y prácticas que deben respetarse en todo proceso judicial en aras de garantizar los derechos de los pueblos indígenas…”. “Contiene sentencias de la SCJN…, que pueden ser orientadoras para l@s juzgadores”. En el país, hay varios ejemplos emblemáticos de la aplicación práctica del “Protocolo”; sin embargo, su uso aún es incipiente.
Mientras que la SCJN elaboró su “Protocolo” en 2014, en el mismo año, el TEPJF publicó un folleto titulado: Democracia igualitaria. Criterios jurisprudenciales para la equidad de género e inclusión de comunidades indígenas. El apartado sobre “Derecho Electoral Indígena contiene sus principales sentencias en la materia, su jurisprudencia avanzada y las Tesis primordiales del derecho político electoral de los pueblos y comunidades indígenas”. Lo más relevante de 2014 a la fecha, es la Tesis XLI/2015, la cual indica que “El Estado y los Partidos Políticos tienen la obligación de promover la participación indígena en los procesos electorales”.
Consecuente con la tesis anterior, el pasado 26 de febrero, la Sala Superior del TEPJF determinó que, para la integración de la Asamblea Constituyente de la CDMX, los partidos políticos deben incluir “una fórmula de candidatos indígenas en el primer bloque de 10 candidaturas que registren, a efecto de garantizar una participación plural…”. La anterior determinación es inédita y seguramente los partidos políticos se resistirán a cumplir su ordenamiento. Es obligación de los pueblos indígenas de la Ciudad de México dar la batalla para hacer cumplir esta normatividad judicial.
Por regla general, y sin excepción de ningún partido político, todos se opondrán a cumplir las disposiciones del TEPJF. No permitirán que sus cotos de poder se vean amenazados y menos por los pueblos indígenas. La defensa de las candidaturas indígenas dependerá, en gran medida, que el actor central luche lo que por derecho le corresponde. En el futuro próximo seremos testigos hasta dónde llegarán las ordenanzas del Poder Judicial de la Federación.
Será demasiado prematuro esperar que el próximo 5 de junio se pongan a prueba las disposiciones del TEPJF. Este día habrá elecciones en 12 entidades del país. Se elegirán 12 gobernadores, 388 diputados locales de 12 entidades y 548 ayuntamientos. En Oaxaca se elegirán 153 por régimen de partidos político y 417 por usos y costumbres. Diversos análisis se harán de los resultados que se obtengan en dichas elecciones. Sobre la cuota que logren conquistar los pueblos indígenas, las mujeres y los candidatos independientes.
Los pueblos indígenas se encuentran en desigualdad de oportunidades y desventaja abismal para acceder a las instancias de decisión nacional. El TEPJF sabe que sus decisiones no se cumplirán por la buena voluntad de los partidos políticos y por ello nos congratularnos por haber lanzado su iniciativa de crear la “Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas”.
Desde el 7 de marzo pasado, fecha en que el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el Acuerdo General para crear la “Defensoría”, oficialmente se convirtió en una nueva institución jurídica que tiene como mandato principal, proteger los derechos político electorales de los pueblos indígenas. En el décimo tercero de sus considerandos precisan que: “…la creación de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se erige como una protección jurídica especial que contribuirá a que los pueblos y comunidades indígenas estén en aptitud de acceder en condiciones de igualdad material respecto de las demás personas, a la jurisdicción electoral completa y efectiva para la defensa y protección de sus derechos políticos electorales”.
En la página web del TEPJF (www.trife.gob.mx) está la convocatoria para seleccionar al titular, a los defensores y al personal de apoyo que integrarán la “Defensoría”. Asimismo, en su twitter han publicado la convocatoria en náhuatl, maya, mixteco y zapoteco. Con la difusión en las lenguas indígenas mencionadas, deduzco que, en la composición de la “Defensoría”, darán cierta prioridad a la incorporación de abogados indígenas para ser parte de esta institución que será de relevancia nacional.
Auguro que nuestros abogados indígenas serán parte de esta iniciativa pionera en el país y vislumbro que dejarán huella perecedera. En el 2018 no habrá excusas para que la “Defensoría”, junto con los pueblos indígenas de México, alcances sus primeros resultados hacia la conquista de los espacios políticos electorales, ámbitos de poder de los que históricamente quedaron excluidos y desplazados.