EL-SUR

Jueves 18 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Nueva ley de cambio climático en España

Octavio Klimek Alcaraz

Abril 03, 2021

España hasta la fecha ha carecido de una ley de cambio climático, algo un poco extraño debido a que España es uno de los países más vulnerables al cambio climático en Europa, y debe prepararse para ello. Hay que recordar que la primera ley en la materia la promulgó el Reino Unido en el 2008, México en el 2012, y desde esos años de manera continua se han seguido promulgando leyes nacionales de cambio climático a lo largo y ancho del planeta, además de que en muchos países existe un cúmulo de leyes subnacionales o estatales en la materia.
Por otro lado, es importante recordar que España es uno de los países más avanzados en el tema de la transición energética, ya que, pese a los altibajos de todo tipo, su industria eléctrica basa buena parte de su producción de energía eléctrica en renovables, principalmente en las energías eólica y solar. De hecho es un exportador de estas tecnologías renovables a muchas partes del mundo, incluido México.
El gobierno de España presentó el 29 de mayo de 2020 ante el Congreso de los Diputados, el proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Posteriormente fueron presentadas más de 700 enmiendas o cambios al proyecto por los diversos grupos parlamentarios en el Congreso español.
Este proyecto tiene mayoría legislativa de las izquierdas españolas encabezadas por el actual gobierno de coalición del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Unidas Podemos. El presidente del gobierno de España es Pedro Sánchez del PSOE. Se espera que logren concesos suficientes incluso con la oposición del centro y la derecha para que la Ley de Cambio Climático sea votada de manera favorable por todos los grupos políticos representados en el Congreso. Posiblemente ocurra esto en este mes de abril, posteriormente será enviada a revisión en el Senado español, donde se espera que se apruebe sin mayores complicaciones.
Hace unos días, tuve la oportunidad de leer una nota de Manuel Planelles sobre el estado que guarda el proyecto (https://elpais.com/clima-y-medio-ambiente/2021-03-26/ley-de-cambio-climatico-asi-quedara-la-norma-tras-su-paso-por-el-congreso.html). De dicha fuente, así como del propio proyecto de ley, retomo la mayor parte de la información que ahora comentaré, aunque los comentarios son responsabilidad de un servidor (https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-19-1.PDF).
La clave de esta ley es descarbonizar la economía española, así se propone respecto al 2030 un 23 por ciento los gases de efecto invernadero respecto a 1990 para alcanzar, “a más tardar en el año 2050”, la neutralidad climática”, es decir, que el balance entre los gases de efecto invernadero emitidos y los que capturen los sumideros (por ejemplo, los bosques) sea cero. Aún con ese objetivo al 2030, las organizaciones ambientalistas han sido críticas respecto a su ambición.
Además de apuntar aún más alto en la penetración de energías de origen renovable, proponiendo pasar al 42 por ciento hacia el 2030 considerando todo el consumo final de energía (esto incluye la eléctrica, el transporte o los procesos industriales). De hecho, se propone para el 2030, que el 74 por ciento de la energía eléctrica provenga de renovables, como la eólica o la sola y mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 35 por ciento con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria. Para el 2050, se propone lograr el 100 por ciento de electricidad generada con renovables. Energía primaria en, al menos, un 35? por ciento con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria. Dichos objetivos, además, serán revisables, sin que puedan suponer una disminución del nivel de ambición medioambiental y deberán reflejar la mayor ambición posible. La primera de esas revisiones se haría en 2023.
Es importante comentar que las organizaciones ambientalistas preocupadas por el impacto que puedan tener determinados proyectos eólicos y solares, han pedido que se legisle para que el desarrollo de las renovables tenga el menor impacto posible. Proponen que en el establecimiento de las energías renovables se minimice la especulación y asegure que la implantación de los proyectos de energía renovable se lleva a cabo primero en zonas de baja sensibilidad para la biodiversidad. Se espera que en el texto final de la ley incluya un apartado que otorgue competencias al gobierno central para proteger determinadas zonas frente este tipo de instalaciones energéticas.
Algo muy interesante y nada trivial, es que no se otorgarán nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional, incluyendo el mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. De manera expresa se prohíbe la fractura hidráulica o fracking. Durante su fase parlamentaria, los partidos han incluido un nuevo artículo en el que se veta la minería radiactiva, fundamentalmente la del uranio.
Igualmente, se introducen disposiciones que fomentan los gases renovables, incluyendo el biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles alternativos.
En materia de movilidad sin emisiones, se establece que se adoptarán medidas para alcanzar en 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de gases de efecto invernadero. Para ello, en 2040 todos los vehículos nuevos de este tipo que se vendan, si no están destinados a usos comerciales, no podrán emitir dióxido de carbono. Para ello, la ley introduce obligaciones de instalación de infraestructuras de recarga eléctrica en las estaciones de servicio cuyas ventas anuales de gasolina y gasóleo superen los 5 millones de litros, alcanzando el 10? por ciento de la red. Al respecto, se elaborará un catálogo nacional de acceso público de puntos de recarga disponibles para los conductores.
Los municipios de más de 50 mil habitantes y los territorios insulares introducirán en la planificación de ordenación urbana medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad. Estos, deberán establecer “zonas de bajas emisiones no más tarde de 2023” y medidas para el fomento de la movilidad eléctrica y el transporte público.
La ley establece que el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) es el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente frente a los efectos del cambio climático. En el marco del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático se establecerán objetivos estratégicos y la definición de un sistema de indicadores de impactos y adaptación al cambio climático, así como la elaboración de informes de riesgo. Se prevén medidas para la protección de la biodiversidad y sus hábitats frente al cambio climático y la elaboración de una estrategia específica que incluirá las directrices básicas para la adaptación al cambio climático de los ecosistemas naturales y de las especies silvestres españolas, así como las líneas básicas de restauración y conservación de los mismos, con especial referencia a los ecosistemas acuáticos o dependientes del agua y de alta montaña. Se recoge la necesidad de incentivar la participación de los propietarios y gestores públicos y privados, especialmente los del sector agrario y forestal en el aumento de la capacidad de captación de dióxido de carbono de los sumideros de carbono. Para ello, junto con su identificación, evaluación y seguimiento se fomentarán sus cobeneficios como motor de desarrollo de las zonas rurales.
Importante es que se crea el Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética como órgano responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas y medidas de energía y cambio climático, incluidas las normativas. A tal fin, elaborará anualmente un informe que será remitido y sometido a debate en el Congreso de los Diputados, con la participación del gobierno.
Seguramente, la orientación de la Ley de Cambio Climático de España da la pauta de ver hacia dónde caminan los países en el planeta. Creo que esta ley nos obligará a abrir un debate en la próxima legislatura del Congreso de la Unión para que a la luz de esas orientaciones se promueva una reforma de gran calado a nuestra propia Ley General de Cambio Climático. Esperemos que las izquierdas, que por definición deben ser ecologistas, ya que no existen ecologistas de derecha, se pronuncien a favor de la necesaria transformación energética de México, tal vez con los tiempos de los europeos o españoles, pero si siendo claros de hacia dónde debe ir el país en la materia.