EL-SUR

Jueves 25 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Otra irresponsabilidad legislativa

Humberto Musacchio

Marzo 31, 2016

El artículo 29 de la Constitución dispone que en caso de “invasión, perturbación grave de la paz púbica o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto”, lo que procede es que el presidente de la República, y sólo él –no los gobernadores o alcaldes, se entiende–, “de acuerdo con los titulares de las Secre-tarías de Estado y la Procura-duría General de la República y con la aprobación del Congreso de la Unión y, en los recesos de éste, de la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación…”.
Como se trata de facultades extraordinarias que pueden ser mal empleadas, la propia Constitución pone condiciones, pues la suspensión de garantías tendrá que ser “por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo”. Dicho de otra manera, la suspensión de garan-tías está acotada en tiempo y de ninguna manera puede ser dirigida a una persona o grupo de personas, sino que tiene aplicación general.
Igualmente, la Constitución establece que, “Si la suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación; pero si se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde”.
Como se puede ver, el artículo 29 tiene zonas oscuras. Por ejemplo, no define con la necesaria exactitud qué es una invasión, lo que podría originar, por ejemplo, que el flujo de indocumentados centroamericanos se considerase un grave peligro o conflicto para la sociedad. Por supuesto, tampoco dice cuándo y cómo puede entenderse que hay “perturbación grave de la paz pública”, lo que sería muy sano definir antes de suspender las garantías individuales.
Igualmente, se presta a interpretaciones torcidas eso de suspender “las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación”, pues el gobernante puede considerar que una manifestación pacífica o que la libertad de expresión en cualquiera de sus formas es un obstáculo para hacer frente a la situación.
Más delicado es que en el mismo artículo primero se diga que si el Congreso no está reunido puede ser la Comisión Perma-nente la que apruebe la suspensión de garantías, para luego disponer que si la situación de emergencia se presenta en tiempo de receso hay que convocar sin demora al Congreso para que acuerde las autorizaciones que vengan al caso. ¿Por fin? ¿La Permanente puede aprobar o debe ser el pleno del Congreso?
Como puede verse, es evidente que el artículo 29 requería una nueva redacción. Lamenta-blemente, nuestros senadores y diputados, que tan caros nos cuestan, lejos de precisar el texto constitucional, optaron por la vía fácil de elaborar una ley reglamentaria que es un traje al gusto del Ejecutivo, con lo que ratifican su tradicional sumisión y actitud convenenciera.
La Santísima Trinidad PRI-PAN-PRD volvió a hacer de las suyas y con el apoyo de sus acólitos del Panal, el Verde y el PES aprobó en la Comisión de Gober-nación la minuta para reglamentar el artículo 29, con la única oposición de Morena y de un diputado del Movimiento Ciudadano. Rocío Nahle, del Movimiento de Regeneración Nacional, señaló que la ley dejará al Ejecutivo decidir “qué se entiende por perturbación grave de la paz pública, conflicto o invasión”.
La misma legisladora hizo algunas preguntas a sus colegas levantadedos: “¿Cómo va a declarar (el Ejecutivo) la invasión? ¿Cuándo lleguen los extranjeros? ¿Cuándo haya una guerra?”. Esto es un cheque en blanco, agregó Nahle, para que el Presidente “haga y deshaga en el país, e implica otorgarle un alto margen de las acciones que podría realizar para enfrentar una situación de emergencia”.
Respondió la subcomandante de la bancada priista, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, quien afirmó, sin más, que el dictamen “cuenta con el aval del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos” (¿Y..?). Peor estuvo el panista Ulises Ramírez Núñez, para quien debe existir una “interpretación dúctil” de las leyes para proceder a la suspensión de derechos, pues qué tal si nos tiran las torres gemelas. No, pos sí.
Lo que hacen “nuestros” legisladores es legalizar el abuso de los gobernantes para que nos priven de derechos. Díaz Ordaz sigue vivo.