EL-SUR

Viernes 26 de Julio de 2024

Guerrero, México

Opinión

Programas, megaproyectos y ambiente en tiempos de la cuarta transformación

Octavio Klimek Alcaraz

Noviembre 24, 2018

 

(Primera de dos partes)

 

En estos días se somete a consulta ciudadana por el presidente electo López Obrador en paquete dos programas de infraestructura, y un proyecto de gran infraestructura y que de entrada son inversión para el sur sureste del país. Se trata de los programas de infraestructura del denominado Tren Maya y del Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, y el proyecto de infraestructura industrial de la nueva refinería en Dos Bocas, Tabasco.
Aglutino a los dos primeros como programas, dado que finalmente serán conforme a la información disponible, cuando los conozcamos en mayor detalle un conjunto de proyectos y otras medidas adicionales que van a impactar en un territorio determinado con un plazo de tiempo también identificado, y articulados en un asunto específico.
Conforme a la información conocida el Tren Maya, tendrá un recorrido de mil 500 km. Conectará con los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. Su costo será de 150 mil millones de pesos y será cubierto con inversión pública y privada.
El Desarrollo del Istmo de Tehuantepec tiene como propósito la modernización de los puertos de Salina Cruz, Oaxaca, y de Coatzacoalcos, Veracruz. Así como la construcción de la vía del tren para unir los Océanos Pacífico y Atlántico.
El proyecto de la refinería de Dos Bocas, Tabasco, es más concreto, tendrá como unidad industrial una inversión por un valor de 50 mil millones de pesos, un objetivo claro, una localización concreta, y será muy puntual en sus tiempos de aplicación, ya que se afirma que estará lista en el 2021. Es decir, la complejidad de su evaluación ambiental será muy diferente a la de los tres programas antes mencionados.
Hago esta diferenciación, ya que deberían aplicarse para una evaluación ambiental dos tipos de instrumentos distintos, para los dos programas una evaluación ambiental estratégica y para el proyecto una evaluación del impacto ambiental.
Esta diferencia es sutil pero significativa, en su escala los programas son más “estratégicos” respecto a los proyectos, ya que los primeros delimitan la orientación que debe atenderse para lograr objetivos amplios. Así, se entiende que en su evaluación se analizan planteamientos, escenarios y alternativas más amplios y flexibles respecto a sus efectos en el ambiente. Por ello, al ser una etapa temprana previo en su aterrizaje en proyectos y acciones, es posible cambiar su orientación beneficiando la inclusión de la dimensión ambiental. Es decir, la dimensión ambiental se considera en el desarrollo del diseño del propio programa y por tanto se reducen los impactos ambientales y sociales adversos en gran medida.
En tanto que, con la evaluación del impacto ambiental a nivel de proyectos, por lo general, dada sus particularidades, es muy restringida y poco flexible. Por si solo no puede orientar el desarrollo económico con fines de sostenibilidad, sino que reacciona frente a él, Así, por sus propias limitaciones, hace que internalizar en un proyecto o en un grupo de proyectos fragmentados en un territorio, el espíritu preventivo para impedir impactos adversos en el ambiente no sea posible de manera satisfactoria. Por lo que normalmente se realizan medidas de compensación o mitigación de dichos impactos. Es por tanto un instrumento que no tiene la fuerza preventiva que da una evaluación ambiental de programas.
Sin embargo, dado que la evaluación ambiental estratégica de programas se encuentra en la esfera de las políticas públicas, requiere para su desarrollo y aplicación de una clara voluntad democrática de las instituciones públicas.
Es entonces la voluntad política y el cumplimiento de la ley, lo que es ahora necesario promover.
Entonces, ahora más que nunca, se tendría que hacer cumplir la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales en el caso de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, ya que tanto Salina Cruz, Oaxaca, como Coatzacoalcos, Veracruz, están decretadas como zonas económicas especiales. En el caso del Tren Maya también se podría decretar su polígono de zona económica especial para realizar su evaluación ambiental estratégica o por lo menos decidir aplicar la evaluación ambiental estratégica.
Resulta que en el dictamen de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados sobre la Minuta de Ley Federal de Zonas Económicas Especiales del 14 de diciembre de 2015, se plantea “la realización de un estudio informativo de impacto social y ambiental respecto de la Zona Económica Especial y su Área de Influencia como elemento del Dictamen de viabilidad de la Zona, y que éste se pondrá a disposición de los solicitantes del Permiso o del asignatario. No obstante, en primer lugar, es necesario que se conceptualice el mencionado estudio informativo como una evaluación estratégica sobre la situación general e impactos particulares sociales y ambientales que se generen en la Zona y su Área de Influencia (es decir, un proceso sistemático de análisis, y no un simple estudio informativo), y que en ella participen expertos independientes, con el propósito de contar con mayor objetividad en su realización, que se sumarían a la capacidad y recursos institucionales de las dependencias y entidades paraestatales. Asimismo, se considera conveniente el fortalecimiento de los efectos jurídicos de esta evaluación estratégica y su vinculación con la operación de la Zona y el Área de Influencia, pues en la Iniciativa ello parece un tanto impreciso, por lo cual se modifica dicha disposición para señalar que los resultados de esta evaluación deberán tomarse en consideración en la elaboración del Plan Maestro de la Zona y del Programa de Desarrollo, que son los instrumentos de planeación que rigen la organización y funcionamiento de la Zona y su Área de Influencia, respectivamente” (p. 24).