EL-SUR

Miércoles 24 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Reforma electoral en Zacatecas

Marcial Rodríguez Saldaña

Octubre 12, 2006

Los vientos de las reformas políticas, electorales o de Estado siguen recorriendo el país.
Hace poco en Yucatán, luego el pacto político en Michoacán y ahora tocó el turno a Zacatecas, en donde el Congreso local acaba de aprobar un conjunto de cambios en materia electoral que contiene algunos avances significativos en la perspectiva nacional de renovación de las instituciones políticas de México.
1.- La reforma electoral en Zacatecas tiene la virtud de establecer un nuevo mecanismo para la contratación de la publicidad en campañas electorales para la promoción del voto, así como encuestas y estudios de opinión, pues establece que sólo se hará a petición de los partidos políticos a través del Instituto Electoral del Estado, por tanto se prohíbe que los partidos y candidatos contraten directamente publicidad electoral en los medios, lo cual viene a resolver un grave problema en las contiendas electorales consistente en la discrecionalidad, el excesivo gasto y como consecuencia la inequidad. Con la reforma, habrá un control y se cuidará la equidad de partidos y candidatos en cuanto a las campañas en medios de comunicación, como ocurre desde hace muchos años en otros sistemas electorales como el caso de Francia.
2.- Se prohíbe expresamente que particulares, sean personas físicas o morales, es decir organizaciones empresariales, sindicales o de cualquier otra naturaleza contraten publicidad electoral en las campañas con el propósito de evitar la injerencia de entidades ajenas a los partidos y candidatos, como ocurrió en la reciente campaña presidencial en donde hubo intervención indebida del Consejo Coordinador Empresarial. La violación a esta regla, se considera como una infracción a la legislación electoral.
3.- En relación con el contenido de los mensajes en las campañas electorales publicitarias en medios, se previene que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado cuidará que tales contrataciones se realicen en condiciones de equidad, evitando que en los mensajes se denigre, ofenda, calumnie o injurie a las partes en contienda, a instituciones o a terceros. Esta reforma, confirma el criterio jurisprudencial en materia electoral emitido por el Tribunal Electoral Federal en la reciente elección presidencial, en el sentido de que las campañas electorales deben orientarse a promover los valores de la democracia y no a denigrar a los contendientes.
4.- Otro aspecto interesante a destacar es el reconocimiento a los derechos políticos electorales de los migrantes, toda vez que se obliga a los partidos políticos para que en sus listas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional incluyan una formula de candidato propietario y suplente.
5.- En materia de controversias electorales, se aprobó la ampliación del término a cuatro días para interponer los medios de impugnación contra las resoluciones que afecten a los participantes en las contiendas electorales, esto con el objeto de que exista un mayor tiempo para la protección de los derechos políticos electorales.
6.- Un asunto de la reforma electoral de Zacatecas que ha provocado debate, consiste en que se faculta exclusivamente a las dirigencias estatales de los partidos políticos para que sin la intervención de las dirigencias nacionales designen representantes y registren candidatos ante el instituto electoral, lo cual contraviene los estatutos de los partidos, toda vez que por lo general las dirigencias nacionales se reservan el derecho para que en casos de que no existan candidatos a cargos de elección popular, sean éstas quienes los registran en última instancia.
7.- La reforma electoral en Zacatecas tiene aspectos cuestionables en cuanto a que se trata de cambios muy limitados, no es una reforma de las instituciones políticas del estado, sino que sólo se circunscribió a determinados aspectos electorales, en los cuales por ejemplo falta reglamentar los criterios mediante los cuales se hará la contratación de publicidad electoral en los medios; sin embargo, debe rescatarse lo positivo en lo que se refiere a la prohibición de contratación de publicidad por partidos, candidatos y particulares así como la supervisión del contenido de los mensajes y el reconocimiento a los derechos políticos de los migrantes, de tal manera que sean aspectos que se incorporen a la reforma del Estado que se propone para Guerrero.

* Miembro de la Comisión del PRD para la reforma del Estado en Guerrero.

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