EL-SUR

Jueves 18 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Tarjeta roja para México

Saúl Escobar Toledo

Junio 20, 2018

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) celebró su 107 reunión en su sede de Ginebra, Suiza, apenas hace unos días. Como parte de sus actividades, la Comisión de Aplicación de Normas, una de las más importantes de este organismo, pues ahí se discuten y califican las posibles violaciones a los derechos de los trabajadores, analizó el caso de México en relación con el Convenio 87. Este documento obliga a los países a respetar la libertad sindical que faculta a los trabajadores a constituir las organizaciones que estimen convenientes y a afiliarse a ellas sin ninguna distinción y sin autorización previa; también exige a los gobiernos a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de estas prerrogativas.
Desde hace algunos años se considera que en nuestro país persisten graves prácticas y disposiciones legales que contravienen dicho Convenio. México forma parte de una lista negra de naciones donde la libertad sindical, en realidad, no existe.
Las razones para estar bajo la lupa de la OIT se hicieron más apremiantes en los últimos años debido a las denuncias de actos de violencia contra sindicalistas ocurridos en nuestro país, entre otras, el asesinato de cuatro miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros el estado de Guerrero; las detenciones de 14 trabajadores agrícolas en Baja California; y los muertos, numerosos heridos y el arresto de sindicalistas en el contexto del conflicto magisterial en Oaxaca.
Una de las acusaciones más persistentes y añejas contra el gobierno se refiere a la violación constante a la libertad sindical debido a la práctica generalizada de los contratos de protección. También se ha observado que el Estado mexicano no ha ratificado el Convenio sobre el derecho a la sindicación y la negociación colectiva (núm. 98), complemento indispensable del 87.
En respuesta a estos señalamientos, las autoridades mexicanas adujeron que dichas violaciones están en vías de resolverse gracias, principalmente, a la reforma constitucional aprobada el año pasado. Sin embargo, no se han aprobado los cambios a la Ley Federal del Trabajo, indispensables para que puedan llevarse a la realidad los nuevos preceptos de nuestra Carta Magna. La representación oficial aseguró que se han llevado a cabo numerosas reuniones con trabajadores, empleadores, académicos, y abogados, a fin de encontrar el consenso requerido para la aprobación esas modificaciones. Asimismo, informó que las Comisiones del Senado de la República acordaron la celebración de audiencias públicas para conocer las sugerencias, observaciones y propuestas de los interesados en torno al anteproyecto de dictamen de la legislación secundaria.
Sobre los contratos de protección patronal, simplemente respondió que las denuncias hechas son observaciones “genéricas” que no aluden a casos concretos ni aportan elementos objetivos para presumir la existencia de una práctica “habitual” que menoscabe la libertad sindical y la negociación colectiva, mucho menos para presumir que existe complicidad del gobierno para fomentarla. También dio cuenta de un nuevo protocolo de inspección que tiene como propósito detectar prácticas de simulación y verificar que los trabajadores realmente conozcan del contrato colectivo en sus centros de trabajo.
Los argumentos esgrimidos por la representación oficial serían risibles si no se tratara de un asunto tan delicado, pues las audiencias del Senado fueron definitivamente canceladas casi al mismo tiempo que se celebraba la comparecencia en Ginebra.
Para responder a los argumentos gubernamentales, por parte de los trabajadores mexicanos, destacaron los alegatos de Héctor Barba y José Olvera de la UNT. Este último insistió que desde 2015 el gobierno mexicano ha manifestado su compromiso de solucionar los reclamos de la Comisión, sin que hasta la fecha haya ocurrido algún avance. También denunció que las autoridades se han negado a recoger las opiniones de su organización gremial y del sindicalismo independiente. Por su parte, Barba explicó detalladamente la forma amañada bajo la cual algunos legisladores vinculados al sindicalismo oficial, protegidos por las autoridades del ramo, trataron de simular una consulta sobre las adecuaciones a la LFT, con la verdadera intención de imponer una contrarreforma que haga nugatoria la Constitución.
Al revisar las actas de la sesión que analizó el caso de México, destaca la participación de los representantes de los trabajadores de diversas partes del mundo. Los obreros de Alemania, por ejemplo, afirmaron que sólo ha habido progresos en el papel, pero no en la práctica; que no hay libertad sindical por el procedimiento arbitrario de registro de los sindicatos y la prevalencia de contratos de protección; y que las Juntas de Conciliación no son tribunales independientes ni imparciales. Pusieron varios ejemplos que demuestran que diversos convenios laborales se han negociado sin el conocimiento de los trabajadores en algunas industrias de capital germánico instaladas en México pertenecientes al sector automotriz, mismos que se firmaron incluso antes de que la planta haya sido construida.
Representantes de trabajadores de Estados Unidos y Canadá reiteraron este punto de vista de manera enfática. Advirtieron, además, que los cambios constitucionales acordados desde febrero de 2007 deben ponerse en práctica antes de que termine la renegociación del Tratado de Libre Comercio.
De manera similar se pronunciaron los comisionados obreros de Argentina y Colombia quienes señalaron que la reincidencia de las violaciones a los derechos laborales en nuestro país requiere medidas drásticas por parte de la OIT. Por su parte, los observadores que hablaron en nombre de IndustriALL Global Union, una de las centrales sindicales más numerosa del mundo, aseguraron que los contratos de protección se han extendido a todos los sectores de la economía ya que garantizan bajos costos para los empleadores al impedir que los trabajadores tengan una representación legítima para negociar sus salarios y prestaciones.
En fin, y en pocas palabras, las audiencias de la OIT demostraron que el mundo sindical conoce bien la situación mexicana y que coincide en que la principal calamidad son los contratos de protección y la ausencia de libertad sindical.
El resultado final fue negativo para el gobierno mexicano, le sacaron tarjeta roja, pues la Comisión de Aplicación de Normas exigió formalmente a nuestras autoridades que:
Asegure que el derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva libre y voluntaria queden protegidos debidamente en las reformas a la Ley Federal del Trabajo, ajustándose a la letra del Convenio 89. Para ello el gobierno debe incluir y procurar que se incluya en las consultas y deliberaciones a todos los interlocutores sociales, incluyendo los sindicatos independientes. Todo esto para que en los hechos y no sólo en el papel se hagan los cambios necesarios que pongan fin a todas las prácticas viciosas que afectan directamente la negociación contractual, la elección de los representantes de los trabajadores y la formación de sindicatos autónomos.
La resolución señaló, finalmente, que el gobierno mexicano debe proporcionar información detallada sobre el cumplimiento de estas medidas antes de la Reunión de Expertos que tendrá lugar en noviembre de 2018.
Para entonces el Congreso electo en julio estará ya instalado. Esperemos que retome el camino legislativo señalado por la OIT y que, posteriormente, el nuevo gobierno haga suyos los Convenios 89 y 98 como parte de una nueva política laboral. Es indispensable acabar con la corrupción en la vida sindical y la contratación colectiva. De eso dependerá que México pueda transitar a un orden social más justo y democrático. La comunidad internacional y las expresiones más representativas de los trabajadores mexicanos estarán, seguramente, pendientes de los avances o retrocesos que ocurran en esta materia.

Twitter: #saulescoba