EL-SUR

Martes 23 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Una nueva Ley de Residuos en España

Octavio Klimek Alcaraz

Diciembre 19, 2020

Desde mediados de este año, se ha estado discutiendo de manera pública en España, un proyecto de su gobierno para impulsar una nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados. La información sobre el proyecto de ley puede ser consultada en https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/participacion-publica/Residuos%202020%20anteproyecto%20de%20ley%20de%20residuos%20y%20suelos%20contaminados.aspx
En mi opinión es importante conocer lo que del otro lado del Atlántico se discute. Finalmente, en este mundo globalizado muchas de las empresas que producen residuos operan tanto en Europa como en México. Sería muy inconveniente que por allá asuman su responsabilidad con el ambiente, y en México se resistan a hacerlo. Así que esta legislación nos puede orientar finalmente para lograr una mejor legislación en materia de residuos aquí en México. Así, que va este texto al respecto.
La necesidad de esta ley es, además de actualizar el marco jurídico relacionado con los residuos y suelos contaminados, que España, al ser integrante de la Comunidad Europea, debe adecuar su legislación a dos directivas marcos de la Comunidad, una sobre residuos que tenía como plazo julio de 2020 y otra sobre productos plásticos con plazo de julio de 2021.
Conforme a la información del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de España, de un modo general, el proyecto se propone:
Garantizar la protección del medio ambiente y la salud humana mediante la prevención y la reducción de la generación de residuos y de los impactos adversos de su generación y gestión.
Favorecer la transición a una economía circular, garantizando el funcionamiento del mercado interior y la competitividad de España a largo plazo.
Se refuerza la jerarquía de residuos mediante la inclusión de la obligación por parte de las administraciones de adoptar instrumentos económicos.
La prevención y reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, en particular el medio acuático.
La revisión de determinados preceptos del régimen jurídico vigente en materia de gestión de residuos.
La regulación del régimen jurídico de los suelos contaminados.
El establecimiento de un impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables.
Desde un punto de vista más específico, la nueva ley buscaría alcanzar una serie de objetivos de gestión y reducción de la generación de residuos para el mediano y largo plazo, como son:
Reducción en 2025 de un 13 por ciento del peso de los residuos producidos respecto a los generados en 2010.
Reducción en 2026 del 50 por ciento de la comercialización de determinados productos de plástico de un solo uso con respecto al 2022.
En 2025 recogida separada de botellas de plástico del 77 por ciento en peso de la respecto al introducido en el mercado.
En 2025 preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales del 55 por ciento respecto de los residuos generados.
Además, en el ámbito de la prevención se propone:
Inclusión de medidas para reducir los residuos alimentarios, favoreciendo en primer lugar la donación de alimentos y otros tipos de redistribución de alimentos.
Prohibición de destrucción de excedentes no perecederos.
Medidas para reducir el consumo agua embotellada en envase de un solo uso.
Asimismo, en el ámbito de la gestión de residuos, se propone:
Establecimiento de un calendario de recogida separadas obligatorias para nuevos flujos de residuos (textiles, domésticos peligrosos, aceites de cocina usados), adelantándolo para biorresiduos.
Revisión de las obligaciones de la producción y gestión de residuos así como las específicas para algunos flujos de residuos como biorresiduos, aceites usados y residuos de construcción y demolición.
En el ámbito de los plásticos:
Incorporación de las obligaciones recogidas a nivel comunitario manteniendo los calendarios establecidos en la directiva. Para los artículos para los que se deja margen al Estado en cuanto a cómo conseguir su reducción, se ha fijado un calendario y se prohíbe la distribución gratuita a partir de 2023.
Introducción de medidas para artículos de plástico no compostable no incluidos en la normativa comunitaria (artículos monodosis, anillas de plástico, palitos de plástico) para equiparar el nivel de ambición con las medidas adoptadas por diferentes comunidades autónomas, respetando las limitaciones existentes en la directiva de envases y residuos de envases.
Prohibición del uso de cosméticos y detergentes que contengan microplásticos añadidos intencionadamente, adelantándose a la decisión a nivel comunitario.
Para asegurar la trazabilidad y aumentar la transparencia en la gestión de los residuos, se regula el registro de producción y gestión de residuos que incorpora la información relativa a los productores y gestores de residuos, pero también relativa a las memorias anuales de gestión. Estas memorias anuales deberán recoger el contenido del archivo cronológico, que es obligatorio para las entidades o empresas registradas, así como para los productores de residuos no peligrosos de más de 10 toneladas al año, y debe incluir la información sobre las operaciones de producción y gestión de residuos. Una de las novedades del anteproyecto es la obligación de llevar un registro cronológico a las entidades o empresas que generen subproductos y las que los utilicen.
Revisión de la regulación sobre la responsabilidad ampliada del productor en coherencia con la normativa comunitaria, incluyendo una previsión para su aplicación en textiles y plásticos agrarios no envases 5 años después de la entrada en vigor de la ley.
El anteproyecto de ley contiene también la regulación de los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos. Como novedad se ha incluido el inventario nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos.
Revisión del régimen sancionador, incluyendo nuevas infracciones y actualizando sanciones.
En las consultas a la ciudadanía, entre las medidas más concretas e imprescindibles para la nueva Ley de Residuos en España, se han subrayado la necesidad de objetivos de reducción de residuos en origen, la limitación a los plásticos de un solo uso, la reutilización de todo tipo de productos, la eliminación de la toxicidad de los envases en la alimentación, la gestión de la materia orgánica a través de modelos descentralizados como compostaje doméstico o comunitario, y la implantación de un sistema de depósito para los envases de bebidas. Se busca, además, que el proyecto de ley incorpore medidas en este sentido como impuestos al vertido y la incineración de residuos. Asimismo, las organizaciones ambientalistas y el propio gobierno han coincidido en señalar a la presión de la industria como uno de los principales obstáculos para desarrollar una legislación ambiciosa.
Seguramente, habrá una nueva Ley de Residuos, muy adecuada a lo que la ciudadanía española requiere y está demandando para que realmente se enfrente esta crisis climática, ambiental y de residuos. Una crisis civilizatoria. La pregunta es si lograremos esa transformación en México antes del 2024.