Debieron estar ante un juez los dos jóvenes detenidos en la capital y hallados ejecutados

De acuerdo con el Bando de Policía y Gobierno del municipio de Chilpancingo, el procedimiento cuando es detenida una persona por alterar el orden público, es inmediatamente ponerla a disposición del juez calificador, quien fijará una multa de acuerdo a la gravedad de la infracción.
El jueves, el alcalde suplente, Jesús Tejeda Vargas informó que los jóvenes, Marco Catalán Cabrera y Jorge Arturo Vázquez, encontrados asesinados la noche del miércoles en Tierras Prietas, al norte de Chilpancingo, fueron detenidos por policías municipales el 31 de diciembre, luego de una riña en las instalaciones de la feria, trasladados a barandillas y luego liberados.
Indicó que se detuvo a dos personas que ingresaron a barandillas entre las 8:30 y 8:40 de la mañana, y que a las 9:30 de la mañana, una hora después, llegó una persona (sin precisar su nombre), pidió su liberación, pagó la multa y salieron de las instalaciones de la policía preventiva.
Por su parte, el empresario de Chilpancingo, Pioquinto Damián Huato acusó a la Policía Municipal de planear con premeditación, alevosía y ventaja el asesinato de los dos jóvenes, y afirmó que los agentes entregaron a los jóvenes a un miembro de la delincuencia organizada llamado Milton.
En el capítulo dos, de la Imposición de Sanciones, el artículo 138 indica que, “las faltas e infracciones a las normas establecidas en el presente Bando, Reglamentos municipales, circulares y disposiciones administrativas, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, Ley de Ingresos para el Municipio de Chilpancingo de los Bravo y demás Leyes y Reglamentos aplicables, consistiendo las sanciones en: Amonestación pública o privada que el Juez Calificador haga al infractor; multa, que consiste en el pago de una cantidad de dinero hasta por el equivalente a sesenta veces el salario mínimo general diario vigente en la zona, misma que el Infractor deberá cubrir en la Tesorería Municipal”.
Además se precisa que el arresto, “que consiste en la privación de la libertad”, no podrá ser de más de 36 horas en casos de adultos, y de 12 horas para menores de edad, “tratándose de faltas e infracciones que lo ameriten a juicio del Juez Calificador, así como para los casos en los que el infractor no pague la multa que se le imponga”.
Se consideran faltas al Bando de Policía y Gobierno, las acciones u omisiones que alteren el orden público o afecten la seguridad pública, en lugares de uso común, acceso público o libre tránsito.
Entre las falta están, ingerir, en la vía pública o a bordo de algún vehículo, bebidas alcohólicas; colocar topes, cerrar o restringir el uso de la vía pública sin autorización del Ayuntamiento y alterar el orden público.

El procedimiento tras la detención

Se consultó a dos abogados para saber cuál es el procedimiento tras la detención de un infractor, e informaron que es ingresado a barandilla municipal, en tanto el juez calificador determina si la omisión o comisión que se le atribuye constituye un delito o una falta administrativa.
Explicaron que se le tiene que hacer una certificación médica para dejar constancia de las condiciones en que es presentado el detenido, y que se registra el nombre y la hora a la que ingresa.
Posteriormente, el juez calificador determinará el monto de la multa, y si es mayor de edad, cualquier persona puede pagar. Precisaron que cuando se paga la multa queda un registro en la bitácora de la policía preventiva, de la fecha y hora en que la persona es puesta en libertad.