José Miguel Sánchez
Chilpancingo
El Tribunal Electoral del Estado (TEE), declaró concluida la sentencia del caso en contra de la página de Facebook Acapulco Trends, por incurrir en violencia política de género en contra de la alcaldesa de Acapulco Abelina López Rodríguez, al acreditar que se cumplió con lo ordenado por la autoridad.
En la sesión de este jueves del TEE el pleno aprobó un acuerdo plenario por el cual declaró cumplida la sentencia del caso TEE/PES/052/2024, en el cual la alcaldesa de Acapulco, a través de la figura de dato protegido, denunció al administrador de la página de Facebook Acapulco Trends, Jesús Gabriel Castañeda Arellano, por una serie de publicaciones en las que se incurrió en violencia política en razón de género en contra de la edil.
En el proyecto de acuerdo plenario, se explicó que la parte denunciada, a través de la autoridad electoral, cumplió en su totalidad con lo mandatado por el TEE: es decir que pagó la multa impuesta de 50 veces la Medida y Actualización (UMA), equivalente a alrededor de 5 mil pesos.
También informó sobre la publicación de la disculpa pública y un extracto de la sentencia en la página de Facebook Acapulco Trends, y acreditó un curso en línea denominado Derechos Humanos de las Mujeres, impartido por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla.
“Bajo tales condiciones, se tiene al denunciado por cumplido con el pago de la multa impuesta, con las medidas de repetición y garantías de no repetición y con la realización de un curso de género, asimismo se tiene la Dirección y Administración Ejecutiva de Administración del IEPC Guerrero, por cumplida lo que respecta la vinculación efectuada en la sentencia”, se indicó en el proyecto aprobado por unanimidad.
El TEE sancionó, desde el 2024, por una denuncia del 2023, al administrador de la página de Facebook Acapulco Trends, Jesús Gabriel Castañeda Arellano, por cometer actos de violencia política en razón de género en contra de la alcaldesa de Acapulco.
La denuncia fue interpuesta en 2023 por López Rodríguez, quien solicitó no hacer público su nombre, por lo que en todo el expediente se manejó como “dato protegido” para reservar su identidad. Fue el mismo acusado quien casi un año después decidió dar a conocer que fue denunciado por la alcaldesa.
El caso estuvo a cargo de la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, quien determinó que sí hubo violencia política de género contra López Rodríguez, pues se hicieron expresiones en el portal que no están sustentadas en la libertad de expresión. Una de las frases y la única que está pública en el expediente fue “su afición a las mujeres”, aunque fueron una serie de publicaciones las cuales fueron testadas de todos los documentos.
Pese a que la sentencia fue dictada por el TEE hace un año, el acusado no cumplió con lo mandatado, por lo que el Tribunal no podía cerrar el caso.
Ante el incumplimiento, el TEE emitió tres acuerdos de ponencia; el primero fue el 9 de octubre, el 26 de noviembre del año pasado, y el 10 de abril de este año, así como dos acuerdos plenarios del 5 y 20 de junio, para dar seguimiento al caso ante el incumplimiento. Finalmente este jueves después de que Castañeda Arellano decidió acatar la sentencia el Tribunal acordó concluir el caso.