Pueden salir libres siete presos de la CRAC acusados por los mismos delitos que Nestora, dicen abogados

 

Los abogados del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Vidulfo Rosales Sierra y Rogelio Téliz García, ven cercana la libertad de siete integrantes de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), que en sus procesos compartían las mismas causas penales, y los presuntos agraviados son los mismos que acusaban a la comandante de la Policía Comunitaria de Olinalá, Nestora Salgado García, quien ya está libre.
Seis de ellos: Bernardino García Francisco, Ángel García García, Eleuterio García Carmen, Abad Ambrosio Francisco, Florentino García Castro y Benito Morales Bustos, fueron detenidos por el Ejército en la Casa de Justicia de El Paraíso, municipio de Ayutla, el 21 de agosto de 2013, el mismo día que Nestora Salgado.
Mientras que Arturo Campos Herrera fue detenido el 1 de diciembre del mismo año, después del arranque de la campaña 12 días por la libertad de los presos, organizada por el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, en la alameda Granados Maldonado, de Chilpancingo, donde exigió la libertad de los presos políticos de la CRAC.
Una de las causas penales que comparten los siete presos en el penal de Ayutla, es la 196/2014, pero ya fue reclasificado el delito de secuestro agravado por el de privación de la libertad personal, por lo que pueden obtener su libertad bajo fianza, aseguró Vidulfo Rosales Sierra.
La segunda causa penal, es la 59-I/ 2015, también por el delito de secuestro. Ésta la compartían también con Nestora Salgado, quien sentó el antecedente porque su defensa demostró que no se configuró el delito debido a que sus acciones como miembros de la CRAC son homologables al de una autoridad y el juzgado de Ayutla que lleva la causa debe resolver con el mismo criterio que en el caso la comandanta de la Policía Comunitaria de Olinalá, comentó el abogado Rogelio Téliz.
Consultado vía telefónica, Rosales Sierra explicó que en la causa penal 196/2014, que originalmente era por el delito de secuestro y que lleva el juzgado de Tlapa, los que se dicen agraviados son las 43 personas que estaban detenidas bajo proceso de reeducación por la Policía Comunitaria en la Casa de Justicia de El Paraíso, y que fueron liberados por el Ejército el 21 de agosto de 2013, el día que fue detenida Salgado García.
Los detenidos de la CRAC interpusieron un amparo en contra del auto de formal prisión por el delito de secuestro. El amparo 133/2015 lo resolvió el Juzgado Sexto de Distrito, con sede en Acapulco.
El 29 de diciembre de 2015, el juzgado federal resolvió mediante ese amparo que el auto de formal prisión es inconstitucional porque el juez local no les puso un traductor, “fueron sometidos a un arraigo ilegal, se extrajeron pruebas ilícitas y porque son autoridad legítima y sus actos son homologables al de una autoridad”, explicó Rosales Sierra.
Por esas razones el Juzgado Sexto de Distrito obligó al juzgado de Tlapa que dictara un nuevo auto de formal prisión o de libertad. En la nueva resolución el juzgado de Tlapa resolvió reclasificar el delito de secuestro por el de privación ilegal de la libertad personal.
Vidulfo Rosales informó que hay un recurso de apelación en contra de ese nuevo auto de formal prisión por el delito reclasificado, “porque no estamos conformes con la reclasificación que hizo la juez, nuestro criterio es que debió dejarlos en libertad”, expresó.
Dijo que está pendiente la resolución de la apelación, pero aseguró que si se volviera a confirmar el auto de formal prisión los miembros de la CRAC pueden obtener el beneficio de la libertad anticipada, puesto que el delito de privación de la libertad personal es menos grave que el de secuestro agravado.
La otra causa penal es la 59-I/ 2015, radicada en el juzgado de Ayutla por el delito de secuestro. En este caso son dos los agraviados; Pedro Gil Apreza Salmerón y Katia Espinoza Bolaños.
La Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) fijó una audiencia para el 18 de marzo pasado, como resultado de la apelación al auto de formal prisión por el delito de secuestro que presentó la defensa de Arturo Campos Herrera.
Sin embargo, ese día los supuestos agraviados no se presentaron a la audiencia, “porque saben que es mentira y que son falsas las acusaciones”, dijo el abogado de Campos Herrera, Rogelio Téliz.
Ese día, el abogado presentó un escrito de agravios con el que combate el auto de formal prisión.
Téliz García explicó que el documento establece que en ningún momento se cometió el delito de secuestro, porque las acciones de los procesados se asemejan a autos de autoridad amparados por la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero, por el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y por la Constitución federal en su artículo 2, que señala que los pueblos indígenas pueden organizarse, ver y resolver sus problemas internos.
Asimismo, explicó que son los mismos delitos que se imputaban a Nestora Salgado “y a ella el juez de Ayutla le otorgó la libertad, y ese mismo criterio tiene que aplicar la Cuarta Sala Penal que debe emitir una resolución inmediata”, exigió el abogado.
Téliz García considera que mantener presos a los siete miembros de la CRAC “es un acto de injusticia, cruel e inhumano”, y que la Cuarta Sala Penal del TSJ está obligada a emitir un fallo rápidamente, para que Arturo Campos y los otros seis miembros de la CRAC salgan libres.
Asegura que los agravios que presentó el 18 de marzo pasado “están bien sustentados”, y adelantó que “se va a caer el auto de formal prisión, porque no hubo secuestro, no se pidió rescate y no se configura el delito”, aseveró.
Consultado al respecto, el abogado informó que la Cuarta Sala Penal cuenta con un plazo de 15 días a partir del 18 de marzo para emitir una resolución, “si rebasa ese término, estaríamos ante el hecho de criminalizar a los compañeros, pues ya está el antecedente de la compañera Nestora que salió libre y ese mismo criterio se tiene que aplicar para que ya no sigan violentando los derechos de los otros miembros de la CRAC”, sentenció.
En el caso de Gonzalo Molina González, preso en el penal de Chilpancingo y quien también fue detenido a raíz de la detención de Nestora Salgado, y cuya defensa la lleva Hegel Mariano Ramírez, ha acumulado en cinco causas penales 11 delitos.
Además de las dos que tienen los siete miembros de la CRAC presos en Ayutla, Gonzalo Molina tiene dos más, una del fuero común, y otra del fuero federal por la toma del Palacio Municipal de Tixtla el 26 de septiembre de 2013, en la que le atribuyen delitos de terrorismo, robo agravado, privación de la libertad personal y lesiones agravadas, y una más por portación de arma sin licencia.
Su abogado, Mariano Ramírez, declaró a El Sur el pasado 24 de marzo que su caso “se complica por la falta de recursos” pues hacen falta hasta para sacar fotocopias del expediente.
Pero dijo que es seguro que va a salir libre, aunque agregó que si hubiera un poco más de apertura política de las autoridades, se agilizaría el proceso y se evitaría el desgaste económico.
Declaró que han buscado el acercamiento con funcionarios del gobierno estatal para plantearles los procesos y que hay un compromiso de revisar el caso.