Pliskova se impone a Brady y Svitolina se despide ante Keys

DPA

Nueva York

La checa Karolina Pliskova, máxima favorita del Abierto de tenis de Estados Unidos, se deshizo ayer en apenas 46 minutos de juego de la inexperta Jennifer Brady por 6-1 y 6-0 para instalarse cómodamente en los cuartos de final del torneo, al tiempo que la ucraniana Elina Svitolina quedó eliminada ante la local Madison Keys.
La número uno del mundo, que trata de mantener su posición en Nueva York, se medirá por un lugar en semifinales con la estadunidense Coco Vandeweghe, que derrotó por 6-4 y 7-6 (7-2) a la también checa Lucie Safarova.
Pliskova, finalista en 2016 en Flushing Meadows, no dio ninguna opción a la número 91 del mundo, que jugaba por primera vez en la cancha central del complejo.
La checa rompió a la estadunidense en seis de las nueve oportunidades que tuvo. Además, logró 23 winners por apenas solo nueve errores no forzados.
“Creo que estaba nerviosa en su primera vez en el Arthur Ashe, así que lo aproveché”, dijo Pliskova, que en la ronda anterior tuvo que salvar un match point ante la china Zhang Shuai. “Quería mejorar y lo logré. Jugué mucho mejor”, advirtió la checa.
En el cierre de la jornada nocturna, Keys sorprendió a Svitolina al ganarle por 7-6 (7-2), 1-6 y 6-4 y jugará en la siguiente instancia con la estonia Kaia Kanepi, proveniente de la clasificación, que le ganó por 6-4 y 6-4 a la rusa Kaia Kanepi.
La victoria de Keys dejó a Svitolina sin posibilidades de luchar por el número uno del mundo. La ucraniana, la jugadora con más títulos de la temporada con cinco trofeos, necesitaba arribar al menos a las semifinales para aspirar al primer lugar.
De esa forma, la carrera por el primer puesto del ranking quedó reducida a lo que haga Pliskova, mientras la española Garbiñe Muguruza espera los resultados de la checa.
La vigente número uno está obligada a repetir la final del año pasado para mantener su actual posición. De lo contrario, la campeona de Wimbledon accederá a la cima por primera vez en su carrera, a pesar de que el domingo se despidió en los octavos de final al perder con la checa Petra Kvitova.
Con la derrota de Svitolina, Muguruza se garantizó regresar al menos al segundo puesto, con lo que igualaría su mejor posición histórica, lograda en 2016 cuando celebró el título de Roland Garros.

Levantan a comisariado ejidal en Sonora; acusan a tío de la gobernadora de ser autor intelectual

Juan Alberto Cedillo / APRO

Saltillo, Coahuila

Representantes del ejido Bajío de Caborca, Sonora, denunciaron que hombres armados que trabajan para Rafael Pavlovich Durazo, tío de la gobernadora de la entidad, Claudia Pavlovich, privaron de la libertad a José de Jesús Robledo Cruz, presidente del comisariado ejidal, y a otros ocho campesinos.
Manuel Jesús Hernández Collazo, tesorero del comisariado, relató que vecinos de Robledo Cruz vieron cuando los hombres armados lo subían a una camioneta Cheyenne blanca, con placas de circulación MU-8383-B del estado de Michoacán.
“La gobernadora Claudia Pavlovich ya tenía conocimiento de que su tío Rafael Pavlovich amenazó de muerte a Robledo Cruz, ya que los campesinos lo denunciaron y le llevaron escritos a su oficina exponiéndole el problema”, afirmó.
Hernández dijo que los ejidatarios identificaron a Luis Enrique Cruz Figueroa como uno de los pistoleros que “levantó” a Robledo Cruz y como alguien que trabaja para el tío de la mandataria sonorense en la custodia de la mina Dipolos.

Tío de Pavlovich, falso ejidatario que usufructúa una mina

Durante 17 años, la mina —propiedad de la empresa estadunidense Penmont— despojó ilegalmente de terrenos al ejido Bajío de Caborca para explotar oro. Después de un litigio, los ejidatarios ganaron legalmente el pleito, por lo que deben recibir una indemnización millonaria.
No obstante, un juez del Tribunal Agrario de Hermosillo incluyó de manera ilegal a Rafael Pavlovich Durazo como ejidatario, y actualmente es quien resguarda la mina para su propio beneficio y de su familia, denunció Hernández Collazo.
Según el tesorero del ejido, después de que Robledo Cruz fue privado de la libertad, sus vecinos siguieron a las tres camionetas en que se llevaron al presidente del comisariado y a otros ocho ejidatarios, y se dirigieron hacia la mina Dipolos.
Los campesinos se mantuvieron a cierta distancia y pidieron apoyo a la guarnición del ejército en Sonoyta, Sonora, que aseguró los apoyaría, pero después de ocho horas los militares dijeron que no era posible acudir al lugar.
“Mientras los vecinos esperaban el apoyo del ejército, arribaron tres patrullas de la policía municipal de Caborca y cinco de la policía estatal en apoyo de los sicarios, amenazando a los campesinos con desaparecerlos”, denunció Hernández Collazo.
Los ejidatarios se mantuvieron en el lugar hasta que fueron rodeados por al menos 50 elementos y obligados a retirarse.
“El presidente (del comisariado) y los ejidatarios continúan desaparecidos y los campesinos no se atreven a denunciar, pues las autoridades, lejos de servir a la población, trabajan para proteger a los delincuentes”, denunció el tesorero del ejido Bajío de Caborca.
Aseguró que en lugar de rescatar a las víctimas, los policías llegaron para proteger a los sicarios, y dejó en claro “que la señora gobernadora no es diferente a sus antecesores, ya que protege a sus familia de saqueadores”.

Giran dos órdenes de aprehensión por la muerte del periodista Luciano Rivera

 

La Procuraduría General de Justicia de Baja California (PFJE) giró dos órdenes de aprehensión por el homicidio del periodista Luciano Rivera Delgado, entre ellas la del autor material, mientras que otro hombre continúa detenido en espera de investigaciones complementarias.
Un vocero de la Procuraduría General de Justicia del Estado confirmó que tras identificar al autor material y a otro de los implicados, se giraron las dos órdenes de aprehensión por el homicidio cometido en Playas de Rosarito el pasado 31 de julio dentro de un bar.
Hasta ahora, la fiscalía acreditó que Alfredo, de 51 años, pudo haber participado en el asesinato debido a que fue quien asintió con la cabeza momentos antes del disparo de arma de fuego contra Rivera Delgado.
También fue el conductor del taxi en el que el grupo de agresores huyó de la escena del crimen.
En audiencia pública, la juez de control Cynthia Monique Estrada Burciaga indicó el pasado 6 de agosto que el asesinato del periodista tiene las características de haber sido analizado por al menos cinco personas, entre ellos Alfredo, acusado de coautoría.
Con base en los testimonios y entrevistas del Ministerio Público, la juez agregó al homicidio calificado del periodista los elementos de premeditación, alevosía y ventaja. (Aline Corpus / Agencia Reforma / Tijuana, Baja California).

Adquirirá el FBI vehículo con blindaje 5 para sus agentes en la CDMX

 

El FBI se dispone a comprar un vehículo blindado para sus agentes en la Ciudad de México.
“Debido al actual ambiente operacional en la Ciudad de México, se requiere un vehículo blindado para garantizar las seguridad de los empleados del Buró Federal de Investigaciones (FBI), al tiempo que se logran objetivos operacionales y de misiones”, dice la convocatoria para la compra, publicada en Estados Unidos el 18 de agosto por el Departamento de Justicia.
El auto será una camioneta SUV con blindaje nivel 5, que protege contra ataques con rifles de asalto, y “deberá ser capaz de pasar desapercibida en un ambiente urbano”, es decir, no debe tener señales externas que lo identifiquen como un vehículo dedicado a tareas policiacas.
La camioneta será asignada a la División de Investigación Criminal (DIC) del FBI. Los agentes especiales adscritos a esta División son los que indagan a las organizaciones criminales trasnacionales.
En noviembre de 2012, cuando contrató por última vez la póliza de seguro para sus vehículos en México, la Embajada de Estados Unidos reportó que opera en nuestro país una flota de 578 automóviles y 109 camionetas, repartidos en 23 localidades y a disposición de 53 agencias federales del gobierno de ese país.
El modelo Land Cruiser de Toyota, que sin blindaje cuesta hasta 120 mil dólares según el equipamiento, es la SUV más utilizada por la Embajada, que tenía más de 100, varias de estas blindadas y asignadas principalmente a los agentes antinarcóticos de la DEA. (Víctor Fuentes / Agencia Reforma /?Ciudad de México).

Trasladan a su país los restos de la española Pilar Garrido

Benito López / Agencia Reforma

Ciudad Victoria, Tamaulipas

Los restos de María del Pilar Garrido Santamans, ciudadana española asesinada en Tamaulipas, partieron esta mañana hacia España, donde se les realizarán nuevas pruebas de ADN, la autopsia correspondiente y otros estudios para confirmar su identidad.
La madre de la víctima, Rosa María Garrido Martín, apuntó en conferencia de prensa que tenían programado hacer el traslado aéreo desde el viernes, pero no había quién recibiera los restos a su arribo, el sábado.
Los gastos del traslado corren por cuenta del gobierno español, a través de la embajada en México, así como las erogaciones de sus viajes a este país, expuso.
Un seguro con el que contaba el matrimonio cubrirá algunos gastos que se requieren, mientras que el gobierno de Tamaulipas, dijo, les brinda apoyo por medio de un asesor jurídico, al que tienen derecho las víctimas del delito en el estado.
Garrido Martín comentó que su nieto saldrá con ella a España entre el viernes y la otra semana para continuar su educación, tras un acuerdo al que llegaron con los abuelos paternos y el padre del menor, quien se encuentra en prisión cautelar en Ciudad Victoria.
Rechazó que la pareja haya tenido un seguro millonario y que ese haya sido el móvil del asesinato de su hija.
Antes de irse de México, finalizó, seguirá pidiendo a las autoridades que encuentren a los responsables del asesinato de su hija, ya que confía en la inocencia de su yerno.

Piden apoyo de la ONU

Jorge Fernández Villarreal, padre del presunto homicida, quien también asistió a la conferencia, señaló que han pedido la intervención y el apoyo de la ONU en el caso del homicidio de la ciudadana española.
Por medio de una carta que dirigieron a la representación en México de la ONU, expusieron el caso, dijo, y ya obtuvieron respuesta, luego de que su hijo pasó de víctima a victimario en el asesinato de su nuera.
En tanto, Adriana González de Fernández, madre del presunto homicida, dijo que su hijo tenía una buena relación con María del Pilar, y que hace un año, con ahorros y crédito, compraron la casa donde residían, que fue donde se ofreció la conferencia.
En la cochera de la vivienda ubicada en un fraccionamiento de la ciudad, aún se encuentra estacionado el vehículo marca Civic, modelo 2014, color plata, en el que fue secuestrada la víctima por dos desconocidos, de acuerdo con la declaración del esposo.

Deja tres heridos y dos desaparecidos balacera en Oaxaca

 

Tres personas resultaron lesionadas y dos desaparecidas tras una balacera presuntamente provocada por Jorge Leoncio Arroyo Rodríguez, operador político de la Secretaría General del gobierno del estado y administrador único de la empresa Grupo Constructor Pritzker, al concluir la elección extraordinaria en el municipio de San Mateo del Mar, Oaxaca.
Habitantes de las agencias municipales Barrio Nuevo, Espinal, Deportivo primera, segunda y tercera sección, y el Centro de Derechos Humanos Tepeyac, denunciaron que en el ataque armado de este domingo se reportó la desaparición del estudiante de bachillerato comunitario Cristian Ashrey Doblado Antillón, de 16 años, y de Geraldine Dávalos Guerra, de 13 años, quienes presuntamente fueron secuestrados.
En tanto, el pescador Bartolo Quintero fue herido de bala, y el maestro José Alfredo Burgoa Olavarri resultó golpeado; ninguno de ellos ha recibido atención médica.
En un comunicado, los habitantes del municipio ikoots (huave), asentado en el Istmo de Tehuantepec, responsabilizaron de los hechos a Jorge Leoncio Arroyo Rodríguez, socio de la empresa Construcciones Airad.

Enfrentamiento deja en Reynosa un militar y tres presuntos sicarios muertos

 

Un enfrentamiento entre militares y un grupo armado dejó la madrugada del domingo tres pistoleros abatidos y un soldado herido, quien falleció más tarde en el hospital, informó el Grupo de Coordinación Tamaulipas.
Mediante un comunicado, reportó que los efectivos del ejército fueron atacados por sujetos armados que viajaban en un camioneta, de la cual no se precisaron características, y al repeler la agresión murieron tres integrantes de una banda delictiva y uno más resultó lesionado.
En el tiroteo quedó herido un militar, quien fue trasladado al hospital pero falleció cuando recibía atención médica.
Durante las acciones, los soldados lograron rescatar a una persona privada de su libertad.
Los elementos del ejército adscritos a la Octava Zona aseguraron cuatro fusiles AK-47, una escopeta, dos pistolas, una granada de mano, cargadores, cartuchos y equipo táctico además de la camioneta. (Agencia Reforma /?Reynosa, Tamaulipas).

Constituciones de Guerrero. Antecedentes históricos

(Primera parte)

Fundamentándose en el artículo 50, fracción VII de la Constitución Política Federal de los Estados Unidos Mexicanos, sancionada por el Congreso General Constituyente el 4 de octubre de 1824, el Congreso General en sesión del 27 de octubre de 1849 declaró erigido en la Federación un nuevo estado con el nombre de Guerrero, mediante el decreto número 3346, el cual fue publicado en el periódico oficial del Supremo Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, el 5 de diciembre del mismo año.
Conforme a lo dispuesto por el decreto mencionado, el mismo día, la ciudad de Iguala fue designada capital provisional de Guerrero, y el general Juan N. Álvarez gobernador interino. El 28 de noviembre siguiente se convocó a elecciones de diputados al Congreso de la Unión y de diputados locales constituyentes, mediante el decreto 3359; este decreto señalaba además, cuantos diputados menos tendrían los estados de México y Puebla, con motivo de la erección del estado de Guerrero. Las elecciones de estos representantes al Congreso federal y al Congreso Constituyente local, se efectuaron los días 5 y 6 de enero de 1850 respectivamente; fueron elegidos por ciudadanos organizados a través de incipientes partidos políticos, denominados “Juntas de Notables”. Los diputados propietarios electos al Poder Constituyente fueron: Nicolás Bravo, Diego Álvarez, Juan José Calleja, José María Añorve de Salas, Félix María Leyva, Ignacio Castañón, Miguel Ibarra, Ignacio Cid del Prado, Eugenio Vargas, Tomás Gómez, y José María Cervantes; sus suplentes fueron Manuel Gómez Daza, Antonio Cano, Carlos Bravo, Miguel Quiñonez, Mariano Herrera, Agustín M. Patiño, Juan Bautista Solís, Isidro Román, Luis Guillemaund, José Sierra e Ignacio Zamora.
El 31 de enero de 1850 se instaló la primera Legislatura local en Iguala y se nombró gobernador interino a Juan Álvarez. Días después, el Congreso local, mediante el decreto número 32 dividió territorialmente al estado en nueve distritos: Hidalgo (Taxco), Aldama (Teloloapan), Mina (Ajuchitlán), Álvarez (Chilapa), Guerrero (Tixtla), Morelos (Tlapa), Allende (Ayutla), Tabares (Acapulco), y Galeana (Tecpan).
El 6 de marzo de 1850, el Congreso Constituyente se ocupó de la promulgación de la Ley Orgánica Provisional para el arreglo interior del Estado de Guerrero, declarando en ella que la capital dejaba de ser Iguala y se trasladaban los poderes a Tixtla, lugar donde permanecerían hasta octubre de 1870. Esta Ley también señalaba que el estado de Guerrero era parte integrante de la Federación Mexicana, independiente, libre y soberano en su administración y gobierno interior; que la religión del estado era católica, apostólica romana, con exclusión de cualquier otra; establecía el principio de división de poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial y prohibía que se reunieran dos o más poderes un una sola persona o corporación.
En ese documento, el territorio quedó dividido en 10 distritos: Acapulco, Chilapa, Ometepec, Tixtla, Taxco, Teloloapan, Tecpan, Tlapa, Ajuchitlan y Huamuxtitlán, y en él se establecía que el poder Legislativo residía exclusivamente en su Congreso y que el gobierno del estado sería ejercido por el gobernador, el Consejo de Gobierno, los Prefectos, los Alcaldes y Jueces de Paz.
En la organización administrativa y política marcada en el documento, existía una Secretaría de Gobierno, que se dividía en dos secciones, de acuerdo con su área de trabajo: una llamada de Gobierno y otra de Hacienda, Justicia y Guerra.
La representación del Consejo de Gobierno tenía fines consultivos muy importantes. Por ejemplo, la Ley Orgánica obligaba al gobernador a efectuar observaciones o vetos a las leyes, decretos y órdenes del Congreso local, que el Consejo de Gobierno tenía que aprobar; así mismo, el gobernador debía dar cuenta a este Consejo de las leyes, decretos y órdenes recibidas de la Federación; por otro lado, el gobernador –también con el acuerdo del Consejo– debía desempeñar las siguientes funciones: a) autorizar los gastos ordinarios y extraordinarios de las municipalidades; b) indicar las medidas necesarias para conservar la salubridad pública; c) suspender a los empleados de confianza, cuando exista causa justificada; finalmente, la Ley Orgánica facultaba al Consejo de Gobierno, a realizar las propuestas que juzgara convenientes, para conservar el orden y la tranquilidad pública, el aumento de la población, el fomento de la industria y la instrucción de la juventud.
Este mismo Congreso se encargó de nombrar como gobernador provisional a Miguel García, además de promulgar la primera Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en junio de 1851, que sustituyó a la Ley Orgánica Provisional.

La Constitución de 1851

Fue de hecho, la primer Constitución de nuestra entidad federativa. Se publicó el 26 de junio de 1851. Los integrantes del Congreso Constituyente que elaboraron la Carta Magna fueron Mariano Herrera, José Antonio Cano, José María Añorve de Salas, Diego Álvarez, Ignacio Cid del Prado, Miguel Ibarra, Miguel Quiñonez, Luis Nicolás Guillemaud, Juan B. Solís, Juan José Calleja y Félix M. Leyva. Correspondió a don Juan Álvarez nuevamente, promulgar este ordenamiento constitucional.
La Constitución de 1851 estableció que el Estado era parte integrante de la Federación, y como tal, sujeto a la Constitución General y al Acta de Reformas, pero libre, independiente y soberano en su administración y gobierno interior. En ella se señaló por vez primera que la forma de gobierno era la republicana, representativa y popular. A diferencia de la Ley Orgánica, se estableció que la división territorial se haría a través de una ley de carácter constitucional en la que se consultara tanto el interés del estado, como el de las partes en que se divida. Se ratificó a Tixtla de Guerrero como capital y residencia de los supremos poderes, y nuevamente se reconoció como religión a la católica, apostólica, romana.
En esta primera Constitución se clasifica a los habitantes del estado en naturales, vecinos y ciudadanos, señalándose las obligaciones que corresponden a cada uno de ellos. También se establecen las garantías y derechos de los habitantes en general y de los ciudadanos del estado. Este mismo ordenamiento señala en qué casos podían suspenderse o incluso perderse los derechos de ciudadanía.
En su artículo 111 se indica el establecimiento de un Instituto Literario en la capital del estado para la enseñanza de todas las áreas de instrucción pública, que además controlaría y fiscalizaría a todas las demás instituciones educativas del estado.
Por cuanto hace a la división de poderes, la Constitución de 1851 establece que el poder supremo se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que jamás se confiaría más de un poder a una misma persona o corporación, ni se depositaría el Legislativo en menos de tres individuos.
Este documento señala que el poder Legislativo reside en una sola Cámara de Diputados, electos de acuerdo al modo y forma dispuesta por la ley (electoral) correspondiente. El número de legisladores estaba dado por el número de habitantes de los distritos y se contemplaba la existencia de diputados suplentes en igual número que el de los propietarios.
Los requisitos para ser legislador eran los siguientes: ser ciudadano del estado, mayor de 25 años y tener una renta anual de 500 pesos, procedentes de un capital físico o moral; se excluían de este cargo a aquellos que al tiempo de la elección fueran diputados o senadores al Congreso de la Unión por el estado. Igualmente se eliminaron como candidatos a ser diputados, a los miembros del clero y a todo aquel que se desempeñara como funcionario estatal o federal.
De acuerdo con lo estipulado en el documento constitucional, el cargo de diputado no era renunciable y los representantes populares, gozaban de fuero (ciertos privilegios en relación a la administración de la justicia) y así mismo, de la inviolabilidad de sus votaciones y opiniones durante el desempeño de sus funciones. Los legisladores al tomar posesión, debían prestar juramento solemne de guardar y hacer guardar la Constitución local, la federal, el acta constitutiva y de reformas, así como cumplir fiel y religiosamente con las obligaciones de su encargo. También se establecía que los diputados recibirían durante el tiempo de sesiones, dietas de seis pesos diarios.
En relación al Poder Ejecutivo, la Constitución de 1851 señalaba que este poder se depositaba en un solo individuo: el gobernador; que el periodo de su mandato era de cuatro años e iniciaba el 15 de enero. Para ser elegido gobernador, se requería ser ciudadano del estado, en ejercicio de sus derechos, mayor de 55 años y del estado secular.
En este nuevo documento constitucional, el Consejo de Gobierno ya no era formado por seis miembros (tres propietarios y tres suplentes), sino por ocho (cinco propietarios y tres suplentes), y para que se considerara válida su reunión bastaba la presencia de tres de sus miembros. El Consejo se renovaba cada cuatro años; por otro lado, la Constitución estableció que el Consejo debía instalarse a partir de febrero de 1852. Los requisitos para ser consejero eran los mismos que para los diputados, excepto la edad, pues debían tener más de 55 años.
La Constitución de 1851 regulaba en sus artículos 74 al 78 a una nueva institución, que encabezaba el Procurador General del Estado, cuyas funciones eran las de visitar todos los distritos de la entidad, en el transcurso de un año; anotar las infracciones de los funcionarios de estos distritos, dando cuenta al gobernador; consultar las mejoras que le parezcan oportunas y atender muy especialmente a los adelantos de la instrucción pública, agricultura, minería, comercio, población y demás ramos que hagan la prosperidad del estado (Art. 77). La elección de este funcionario se realizaba proponiendo el gobernador tres individuos ante el Congreso, el que por mayoría de votos y por escrutinio secreto lo elegía. El procurador era responsable de su desempeño ante el gobernador, el que podía suspenderlo de sus funciones –dando cuenta al Congreso– si existían causas suficientes para ello.
La administración particular de los pueblos, estaba a cargo de los prefectos, alcaldes municipales, alcaldes conciliadores y jueces de Paz. En cada distrito había un prefecto, en la cabecera de cada municipalidad había un Ayuntamiento con su alcalde municipal, en cada pueblo un alcalde conciliador, y en las cuadrillas, rancherías y cuarteles de población grande, un Juez de Paz. Lo relativo a cada uno de estos funcionarios se determinaba por leyes secundarias.
El Poder Judicial residía en el Tribunal Supremo de Justicia y en los demás jueces inferiores (de Primera Instancia, alcaldes municipales, alcaldes conciliadores y jueces de Paz). Los integrantes del Tribunal eran nombrados por el Congreso a propuesta del gobernador; el Consejo de Gobierno debía estar de acuerdo con dichas propuestas. Para pertenecer al Supremo Tribunal, se requería ser letrado, ciudadano en el ejercicio de sus derechos, de notoria honradez y mayor de 50 años.
Estaba formado por cuatro integrantes, incluido el Fiscal. El primer Fiscal adscrito al Tribunal Supremo de Justicia, fue José Urbano Lavín. La Constitución de 1851 regulaba en sus artículos 87 al 104, los lineamientos para la administración de justicia en lo civil, en lo criminal (penal) y en lo general (civil).
La parte final de la Constitución establecía el juramento solemne para todos los funcionarios; imponía a los habitantes la obligación de observar y guardar la Constitución en todas sus partes, especificando que la infracción de cualquiera de sus artículos era un delito por el que sería responsable su infractor ante el tribunal correspondiente. También establecía la prohibición de reformar la Constitución, hasta un año después de su publicación y señalaba los mecanismos para tales reformas.
En 1853 vuelve Antonio López de Santa Anna al poder. La animadversión contra el dictador se manifestó de inmediato en la mayor parte del país. En Guerrero, el entonces gobernador Juan Álvarez Hurtado, se le enfrentó abiertamente en apoyo del presidente legítimo Mariano Arista; poco después y estimulado por la petición de diversos sectores de la sociedad mexicana, Álvarez unifica voluntades y aglutina a todos los simpatizantes de esta causa y logra –a través del coronel Florencio Villarreal– la proclamación del Plan de Ayutla, el 1 de marzo de 1854. Este Plan –modificado once días después por Ignacio Comonfort en Acapulco–, volvía los ojos al Poder Legislativo como la única salvación del país, frente al absolutismo del régimen santanista. El 5º punto de este Plan –parte medular de este documento– establecía que al lograrse la renuncia de Santa Anna, se nombrara un presidente interino de la República Mexicana, con la obligación de convocar a un congreso extraordinario, para constituir a la nación mexicana bajo el modelo de República representativa popular.
La revolución iniciada en Ayutla triunfaría y convocado el Congreso Constituyente en la Ciudad de México, el estado de Guerrero envía a sus representantes para que participen en él: Francisco Ibarra, Ponciano Arriaga, Francisco de P. Cendejas, Isidoro Olvera y Rafael Jáquez como propietarios y Mariano Riva Palacio, Ignacio Muñoz Campuzano, Mariano Arizcorreta, Eligio Romero y Manuel Gener como suplentes.
El 5 de febrero de 1857, el Congreso sancionó y juró la nueva Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, logro indiscutible de la revolución suriana. Este documento constitucional afirmaría nuestro sistema político nacional y social, dando al Poder Legislativo mexicano, la soberanía, respetabilidad y seguridad que tanto necesitaba, para cumplir cabalmente con sus deberes y obligaciones. En él se definió con claridad y precisión lo relativo a las garantías individuales; a la organización política de la República, adoptando el sistema republicano federalista, y el establecimiento de la escuela laica. Fue con esa Constitución que se comenzó a forjar la verdadera nacionalidad mexicana y su emancipación política, económica, cultural y social.

* Presidente de Guerrero Cultural Siglo XXI AC.

Bloquean una carretera en Huitzuco; piden que concluya el conflicto agrario en Tepecoacuilco

Foto: Jesús Guerrero
Foto: Jesús Guerrero

16:32.   Unos cien pobladores de cinco comunidades bloquean la carretera San Francisco-Iguala desde las 5 de la mañana, abajo del puente Solidaridad de la Autopista del Sol, para exigir que concluya el conflicto entre los poblados de San Miguel Tecuiziapan y San Agustín Oapan, que les impide el acceso hacia Iguala en la misma vialidad.

Los manifestantes recordaron que desde hace dos años y seis meses el conflicto entre las dos comunidades de Tepecoacuilco les impide el paso hacia Iguala donde hacen compras y trámites.

En la protesta participan vecinos y comisarios de cinco comunidades de los municipios de Huitzuco y Mártir de Cuilapan, quienes colocaron piedras y ramas de árboles en la carretera.