Porque apelaron, aún no están Sánchez Esquivel ni Jacinto González en el Registro de sancionados

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

En el Registro Estatal de Personas Sancionadas por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género del estado sólo hay dos nombres, en la que aún no están los casos de los diputados de Morena Jacinto González Varona y Alfredo Sánchez Esquivel, por no tener aún una sanción firme.
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), solamente tiene inscritos como responsables de cometer violencia política de género a los sancionados por el caso de Xalpatláhuac, donde no dejaban ejercer el cargo a la alcaldesa Selene Sotelo Maldonado. Los registrados son Edmundo Delgado Gallardo y Nicolás Villarreal Dircio.
En declaraciones telefónicas el consejero presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, Amadeo Guerrero Onofre, explicó que el motivo por el cual no están inscritos los nombres de los dos morenistas recientemente sancionados por el Tribunal Electoral del Estado (TEE) es porque no hay una sanción firme ya que esas determinaciones fueron impugnadas.
Es decir que los nombres de los morenistas no serán inscritos en esta lista en tanto no se hayan agotado todos los medios de impugnación que se promuevan para revertir las sentencias.
Una consecuencia de la sanción es que no podrán inscribirse como candidatos en el próximo proceso electoral.
En el reglamento de quejas y denuncias en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género del IEPC se establece en el artículo 129 que “una vez que el Instituto Electoral tenga conocimiento formal de la existencia de una resolución o sentencia firme o ejecutoriada en la que se sancione a una persona por violencia política contra las mujeres en razón de género, la Coordinación, en apoyo de la Secretaría Ejecutiva y de conformidad con el manual correspondiente, procederá a inscribir a la persona sancionada en el aludido registro local de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, el cual será consultable de forma electrónica y su acceso deberá ser totalmente público”.
Explicó que en el caso de la resolución del TEE emitida el 18 de agosto en la que sanciona a Sánchez Esquivel por considerar que sí cometió violencia política en razón de género, y que entre otras sanciones establece su inscripción por dos años en el padrón, fue impugnada por las partes.
Mientras que el caso de la resolución por la que el TEE sancionó al dirigente morenista Jacinto González con su inscripción en este padrón durante un año y cuatro meses por considerar que cometió violencia política de género contra la diputada priista Gabriela Bernal Reséndiz, también fue impugnada.
Si estas resoluciones no se hubieran impugnado ante la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por las personas sancionadas ya estarían sus nombres en el registro.
Será hasta que el tribunal se pronuncie al respecto sobre si se cometió violencia política en razón de género o no, y de confirmarse la resolución del tribunal local, entonces serían inscritos en este padrón.