No existe ninguna orden de aprehensión contra Nestora Salgado en el estado, confirma la Fiscalía

El titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Xavier Olea Peláez informó que la dirigente de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) en Olinalá, Nestora Salgado García puede entrar y salir libremente de Guerrero, sin temor a ser detenida por la Fiscalía, porque no existe ninguna orden de aprehensión en su contra.

“Ya no tengo ninguna orden de aprehensión en contra de ella, teníamos esas tres por las que decretaron su libertad”, agregó.
Vía telefónica, el fiscal Olea Peláez señaló que su dependencia no está promoviendo ningún recurso legal contra la lideresa de la CRAC.
Este viernes en la mañana, tras dos años siete meses en prisión fue puesta en libertad Nestora Salgado, quien fue acusada de secuestro y otros delitos.
El fiscal sostuvo que, el único órgano que podría revocar el auto de libertad es el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a través de los magistrados que “conozcan el asunto”.
A pregunta expresa sobre si la Fiscalía tiene o no alguna investigación activa en contra de Nestora Salgado, el funcionario dijo que ninguno, pero advirtió que no puede dejar de cumplimentar lo que un juez llegue a ordenar.
“Ninguno… ninguno… ninguno, quiero reiterar que todos los procesos que se iniciaron contra Nestora Salgado no los inició el fiscal Xavier Olea”, dijo.
“Yo hago una manifestación jurídica, porque el Ministerio Publico tiene el deber de interponer el recurso de apelación, eso es todo, yo nunca he dicho que estoy en contra del auto de libertad que le dictó un juez”, señaló.
Explicó que el Ministerio Público, durante el proceso se convirtió en un órgano acusador, por lo que está obligado a apelar, pero le corresponderá a las salas penales resolver.
“El órgano acusador, que es el Ministerio Público, ya no investigador porque, repito somos parte del proceso, entonces ya será el Tribunal Superior de Justicia quien resuelva al efecto, si confirma su libertad o revoca su libertad”, agregó.
A pregunta expresa sobre si tenía conocimiento de que iniciará el proceso de apelación el órgano acusador, dijo que tres días después de que se le notifique sobre la libertad se inicia el proceso.
Aclaró que el proceso siempre se aplica en cualquier persona que haya sido condenada, por lo que el Ministerio Público tiene que interponer una apelación por el auto de libertad únicamente.
“Es decir, si al Ministerio Público le dejan en libertad a un reo, el tiene la obligación de interponer la apelación, porque el Ministerio Publico, primero, es autoridad cuando investiga, y luego es parte en el proceso”, detalló.
Se le preguntó entonces qué ministerios públicos presentarían la apelación, a lo que respondió que le corresponde a los adscritos a los tres juzgados que le dictaron su libertad.
A pregunta expresa sobre si él tenía conocimiento sobre el inicio de la apelación por el auto de libertad, dijo que no, e insistió en que la instrucción siempre es que se “apele sea quien sea”.
Detalló que un proceso de apelación versa sobre el auto de libertad que le fue concedido, únicamente, ya que el Ministerio Público no inicia ninguna averiguación.
Dijo que el Ministerio Público que esté en las salas correspondientes tendrá que hacer agravios en contra de la resolución del juez, y éste a su vez al juez superior, que son tres magistrados los que tendría que resolver en definitiva.
“Si fuera al revés, que a ella se le dictara auto de formal prisión, ella puede apelar y luego irse al amparo, nosotros no, también en este caso están las víctimas del delito… si me preguntan si ya apelaron las víctimas del delito, les contesto que lo ignoro”, sostuvo.

Las presuntas víctimas apelan los fallos de los jueces

Las presuntas víctimas de secuestro, de los que absolvieron a la coordinadora de Olinalá, Nestora Salgado García, porque no se configuró el cuerpo del delito, presentaron recursos de apelación contra los autos de formal prisión de las causas penales 05/2014, 48/2014-II y 50/2014-II
Los acuerdos, publicados en internet, indican que los recursos de revisión se presentaron el 16 de marzo pasado, luego de que los jueces dictaron los autos de formal prisión, sin embargo, la defensa estimó que las pruebas de descargo son bastante sólidas para que se desechen, por improcedentes.
La abogada de Defensa Estratégica de Derechos Humanos, Amanda Rivero Espinosa explicó que los recursos de apelación fueron turnados a la Sala Colegiada del Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), donde pueden resolver la confirmación y el revocamiento de libertad.
Aún así, quienes se sienten agraviados pueden recurrir a un amparo indirecto para inconformarse, para confirmar o revocar el auto de libertad.