Acepta Muriel Salinas confrontar con el líder de Morena retrocesos en la reforma electoral

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La presidenta de la Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses, Muriel Salinas Díaz, dijo que tomarán la palabra al presidente estatal de Morena, Jacinto Gonzalez Varona, para hablar de la reforma electoral impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, conocida como Plan B, que afecta los derechos políticos conquistados por las mujeres.
Esto, luego que el dirigente político negó que los cambios afecten los derechos de las mujeres.
En consulta telefónica, Salinas Díaz saludó la invitación del dirigente a reunirse con organizaciones feministas y mujeres para revisar los artículos del proyecto de reforma política que afectan la paridad y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, y para señalar de manera precisa dónde están esas afectaciones en los distintos ordenamientos aprobados por el Senado y por la Cámara de diputados el 15 de diciembre.
Recordó que la Red, que tiene 13 años en la defensa de los derechos políticos de las mujeres, y la Red Plural de Mujeres, donde también participa, hicieron un análisis de la reforma.
Indicó que en el artículo 30.2 de la LGIPE, derogaron algunos fines del INE, sobre principios rectores de la función electoral y su aplicación con perspectiva de género, que son fundamentales para garantizar la paridad.
En el artículo 32.3, inciso L de la LGIPE, modifican la atribución del INE de garantizar la paridad de género y el respeto a los derechos políticos de las mujeres, que ahora estaría condicionada a los términos estrictos de la ley, y a las disposiciones internas de los partidos.
Pese a que se mantiene en diversos artículos, se eliminó la perspectiva de género en los fines del INE y la paridad de género quedó condicionada a las normas internas de cada partido.
En el artículo 11.4 de la misma ley, se prohíbe a las autoridades electorales la emisión de lineamientos para la postulación de candidaturas que ahora tiene, y que han sido fundamentales para garantizar la paridad en candidaturas de gubernaturas, que no se señala explícitamente en la LGIPE.
En el artículo 11 Bis, se prohíbe a las autoridades electorales, tanto el INE como autoridades locales y tribunales, resolver a plenitud de jurisdicción las controversias de selección de candidaturas a cargos de elección popular y de dirección de los partidos.
Explicó que la propuesta del Plan B es que las controversias de partidos, sean dirimidas en los órganos internos de justicia de los mismos partidos.
“Más allá del dato que aporta el dirigente, de que Morena tiene el mayor número de mujeres en cargos de elección, la realidad es que previo a haber tenido que postular mujeres, muchos partidos, y en algunos estados también Morena, impugnó los lineamientos para garantizar la paridad, por ejemplo, en gubernaturas”.
Por otro lado, señaló que en el artículo 5.2 y 5.3 de la Ley General de Partidos Políticos, se obliga a las autoridades electorales a respetar en todo momento la auto organización de los partidos en la resolución de sus controversias internas y se les se impide intervenir en la elección de las dirigentes de partidos.
Aún cuando hoy la ley obliga a los partidos a garantizar la paridad en la integración de las dirigencias, no se cumplen. Con esa modificación, las mujeres estarán impedidas a judicializar su cumplimiento.
En el mismo sentido se reforman disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y la nueva Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia Electoral (LGSMIME), advirtió.
Además, se agrega el derecho de los partidos de regular su vida interna, en el artículo 23.1 inciso C, de la LGPP. También se excluye de la revisión de constitucionalidad y legalidad de las acciones afirmativas que, dentro del ámbito de su vida interna, determinen los partidos, en el artículo 39.1 inciso J de la misma ley.
Señaló que establecen “un coto infranqueable en favor de las dirigencias partidarias, el cual impedirá al INE, OPLES y tribunales electorales el revisar la constitucionalidad y apego a la ley de los procesos internos de selección de candidaturas y elección de dirigentes, así como resolver las controversias a plenitud de jurisdicción”.
Lo anterior afectará al conjunto de la militancia de los partidos, pero especialmente a las mujeres, que no podrán esperar que sus demandas de paridad, alternancia y vida libre de violencia les restablezcan sus derechos.
Asimismo, las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales no podrán “condicionar” el ejercicio de derechos político-electorales a mayores requisitos que los de la ley, que se establece en el articulo 5.4 de la LGIPE.
Con el artículo 7.6 de la LGIPE tampoco podrán suspender derechos político electorales por sanciones administrativas, o judiciales distintas de las penales.
Pese a que se mantiene la infracción por violencia política en razón de género, se derogó del catálogo de sanciones a las personas aspirantes, precandidatas o candidatas a cargos de elección popular la negativa de registro por ser candidatas por estas causales, y no se usará el padrón de personas sancionadas por violencia política como criterio de elegibilidad, que se ganó en la reforma de paridad de 2020, y dará paso libre a violentadores y deudores alimentarios.
Consideró muy grave que no lo estén observando, y manifestó toda la disposicion un diálogo constructivo con los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión, en el Congreso local, y con dirigencia estatal de este partido que está impulsando esta gran reforma electoral, “más allá de la retórica, tiene que traducirse en reforma garantista, y que no puede significar ningún retroceso para las mujeres”.