Confirma el TEE la resolución del IEPC y desecha la queja del PRD contra Jacinto

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) confirmó y validó la resolución del Consejo General, del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), que determinó que el presidente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) de Morena, Jacinto González Varona, no cometió calumnia electoral contra del PRD, partido al que señaló de ganar elecciones solo en municipios controlados por grupos de la delincuencia organizada.
El 14 de marzo, el PRD a través de su presidente, Alberto Catalán Bastida, interpuso una denuncia ante el IEPC en contra del líder de Morena por difamación y calumnias, pero el Consejo General determinó que no se acreditaron los tres elementos, para considerar que los dichos del morenista encuadran en calumnia electoral, por lo que el perredista interpuso un recurso de apelación.
Sobre este tema, en sesión del 18 de julio, las magistradas determinaron que los agravios que argumentó el PRD “son infundados” y que el IEPC emitió? una resolución, “conforme a derecho, en tanto es congruente y acorde a los criterios emitidos por los órganos jurisdiccionales, en materia de calumnia”.
El TEE recordó que el IEPC acreditó los elementos objetivos y subjetivos de la acusación de calumnia que presentaron contra Jacinto González; sin embargo, no se acreditó el tercer elemento, que es el electoral, y sin uno de ellos la infracción no puede confirmar.
El elemento electoral se acredita cuando se demuestra que la calumnia tuvo un impacto en el proceso electoral, lo que no aplica para la conferencia de prensa en la que Jacinto González realizó el señalamiento contra el PRD, y las notas periodísticas se publicaron los días 7 y 8 de marzo, pues en esas fechas “no ha iniciado el proceso electoral en el estado”.
En ese sentido, el TEE determinó que fue correcta la consideración del IEPC respecto a que lo expuesto no tiene un impacto en el proceso electoral local ordinario, que inicia la primera semana de septiembre, por lo que “no podría haber una afectación al proceso electoral”.
Y en sesión del 13 de julio, el TEE aprobó “otorgar una prórroga a la Coordinación de lo Contencioso Electoral, del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana”, para realizar la debida integración del expediente IEPC/CCE/PES/016/2022, que es la queja que la diputada Yoloczin Lizbeth Domínguez Serna presentó en contra de Alfredo Sánchez Esquivel, por presuntos actos u omisiones que podrían configurar violencia política contra las mujeres en razón de género.