Flor Añorve se dice preocupada por la prórroga en el juicio de desafuero de diputado priista

 
La presidenta del Congreso local, Flor Añorve Ocampo, responsabilizó a la Comisión Instructora de la decisión de no acatar el plazo de diez días hábiles que prevé la ley para concluir el proceso de juicio de procedencia para retirar el fuero, que no establece el derecho de audiencia ni de prórroga, en el caso del diputado priista Saúl Beltrán Orozco.
En declaraciones a reporteros en el Congreso local, dijo que respeta las decisiones que toma la Comisión Instructora, como la aprobación de una prórroga de diez días que concedió para que la Fiscalía le entregue copias certificadas de toda la averiguación previa, a solicitud de Saúl Beltrán durante “su derecho de audiencia”, de lo que en un primer momento dijo que no tenía ningún comentario.
Una reportera preguntó si la dilación del plazo para dictaminar no podría ser una irregularidad del poder Legislativo, la coordinadora de los diputados priistas respondió: “la ley… aquí del Congreso, establece exactamente los tiempos en los que se tiene que emitir un dictamen (diez días hábiles que concluyeron ayer), finalmente ellos hicieron un acuerdo y están pidiendo una prórroga de algún tiempo para recabar las pruebas”.
Dijo que el asunto le preocupaba y que lo planteó a los diputados de la Instructora, en el sentido de que el procedimiento de juicio de procedencia “no habla de darle al diputado el derecho de audiencia, sin embargo fue un comentario que hizo Movimiento Ciudadano (MC), el diputado Ricardo (Mejía Berdeja), y qué bueno, a mí me pareció que pudiera ser, sin embargo yo no soy la que toma las decisiones”.
La diputada responsabilizó al diputado Ricardo Mejía de proponer que la Comisión dictaminadora diera audiencia a Saúl Beltrán. Sin embargo, la fracción de MC no tiene a ningún integrante en la Comisión Instructora que es la responsable del procedimiento.
La figura de derecho de audiencia que se le otorgó a Saúl Beltrán sólo existe en los procesos de juicio político y revocación de mandato, pero “finalmente la Comisión es la que tiene la autoridad en la materia”, dijo la diputada priista.
Flor Añorve afirmó que respetó la decisión de la Comisión Instructora de otorgar el derecho de audiencia, si estas tienen la aprobación de la mayoría de sus integrantes.
Los reporteros preguntaron a la presidenta del congreso si la Comisión se está extralimitando, a lo que solo respondió, “no tengo comentarios”.
El diputado priista y ex alcalde de San Miguel Totolapan es acusado de homicidio calificado y señalado como integrante del grupo criminal Los Tequileros.

Lo que dice la ley

La Ley 695 de Responsabili-dades de los Servidores Públicos del Estado, cuando se refiere al juicio de procedencia no habla ni del derecho de audiencia del funcionario imputado, ni de la ampliación del término de la Comisión Instructora para dictaminar.
El artículo 39, establece que corresponde a esa instancia “sustanciar el procedimiento establecido en la ley y formular el proyecto de resolución dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción del expediente y remitirla al Pleno del Congreso del Estado, quien aprobará y dictará la resolución correspondiente por el voto de los dos terceras partes del total de sus miembros, en la que confirme o suspenda la inmunidad constitucional”.
Si el Congreso determina quitar la inmunidad al enjuiciado, devolverá la Carpeta de Investigación junto con la declaratoria de procedencia de responsabilidad penal a la Fiscalía General o al Agente del Ministerio Público Especial para que ejercite la acción penal y solicite a un juez librar la orden de aprehensión.
La ley dice también que si la Comisión Instructora “confirma la inmunidad”, entonces se suspenderá todo procedimiento y la responsabilidad penal podrá ejercitarse hasta que el servidor público haya concluido el ejercicio de su encargo.
En su artículo 40, la ley dice que la resolución de la Comisión Instructora “no prejuzga los fundamentos de la imputación”.