Retira el TEE candidatura a Diana Bernabé por Morena en el distrito local 02 de la capital

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado revocó la candidatura a diputada local por la vía de Mayoría Relativa (MR) de la diputada en funciones, Diana Bernabé Vega, en la coalición Sigamos Haciendo Historia, que había confirmado el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), para participar en la elección consecutiva en el distrito electoral 02.
Pero mantuvo su postulación como suplente de Jacunto González en la vía de Representación Proporcional (RP), que obtuvo por sustitución tras la renuncia del primer registrado en la fórmula de la lista de representación proporcional de Morena.
El proyecto, dado a conocer en sesión virtual, aclara que el 5 de abril, la aspirante a la diputación del distrito 02 por Morena, Silvia Alemán Mundo, denunció la postulación de Bernabé Vega como candidata a diputada local de MR, por el distrito local 02, en vía de reelección, porque en el anterior proceso electoral, compitió y ganó por el distrito 01.
El 17 de abril el pleno declaró fundado el agravio, y modificó el acuerdo de registro de candidaturas del proceso electoral en curso, sobre postulación del Bernabé Vega, a fin de que el IEPC, elaborara un nuevo acuerdo fundado y motivado sobre la posibilidad de que la también diputada local, pudiera ser registrada en la elección consecutiva por el Distrito Electoral 02.
Recordó que en esa misma fecha, 17 de abril, el Consejo General del IEPC emitió el Acuerdo 94, de sustituciones de candidaturas a diputaciones locales de MR y RP, presentadas por diversos partidos políticos, con motivo de renuncia de candidaturas para participar en el Proceso Electoral Ordinario de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2023-2024.
El 20 de abril, en cumplimiento del acuerdo impugnado, el IEPC emitió el Acuerdo 112, para confirmar la postulación vía elección consecutiva de Diana Bernabé Vega, al cargo de Diputada local de MR, Local por el principio de Mayoría Relativa para el Distrito Electoral 02.
Tanto el acuerdo 94 como el 112, fueron impugnados por Alemán Mundo, nuevamente, por la ilegalidad de la postulación de reelección de Bernabé Vega, y por su registro como candidata a diputada suplente, en la primera fórmula de diputados de RP o plurinominales, en sustitución de Humberto López Romualdo.
Ahora, acompaña en la fórmula al dirigente estatal de Morena, Jacinto Gonzalez Varona en el primer lugar de la lista de RP.
De entrada, el colegiado declaró improcedente la demanda contra el registro de Bernabé Vega como candidata a diputada suplente de RP, porque Alemán no se registró como aspirante en esa vía.
Pero calificó fundada la controversia del registro de Bernabé Vega, como candidata a diputada local por el Principio de MR por el distrito 02, que había ratificado el Consejo General del IEPC.
El TEE aclaró , que al haber declarado procedente el registro de la ciudadana Diana Bernabé Vega como diputada local de MR, por un Distrito Electoral distinto al que contendió y resultó electa para integrar la actual legislatura estatal, el IEPC “dejó de observar el fin constitucionalmente válido de la reelección, en detrimento de derechos de los ciudadanos que votaron en su primer contienda a la citada ciudadana, de ahí que se proponga la revocación del Acuerdo 112 en lo que fue materia de impugnación”.
Enfatizó que los diputados de MR sólo pueden ser reelectos por el mismo distrito por el que fueron electos en el proceso anterior, y si bien, Diana Bernabé Vega contendió para la diputación como suplente en la fórmula en el distrito electoral 1 que resultó ganadora en 2021, derivado de la separación por licencia de la diputada propietaria, Jessica Alejo Rayo, pudo asumir la titularidad de la diputación que ahora ocupa.
En esta circunstancia, sólo podía contender por el mismo cargo de diputada local, en el mismo distrito, y no en el distrito 02, aunque ambos distritos tengan cabecera municipal en Chilpancingo, que era el argumento principal del partido.

Desechan impugnación de Abelina contra Yoshio

Por otro lado, el TEE declaró improcedentes el Juicio Electoral Ciudadano que promovió la alcaldesa de Acapulco, Abelina López Rodríguez en contra el candidato de MC a la presidencia municipal de Acapulco, Yoshio Yvan Ávila González, a quien acusó de haber participado de forma simultánea en los procesos internos de selección de candidatos de los partidos políticos Morena y MC sin que mediara convenio de coalición.
La recurrente señaló que el precandidato tuvo una posición de ventaja frente a los demás contendientes, con lo que vulnera el principio de equidad de la contienda y solicitó dejar sin efecto el registro del candidato de MC a la alcaldía de Acapulco.
En el proyecto, advierte que, de las constancias que obran en el expediente, la Comisión Nacional de Elecciones de Morena el 15 de marzo sólo aprobó un registro único y definitivo el cual favoreció a la recurrente y a partir de ese momento la aspiración del ciudadano Yoshio Yvan Ávila González concluyó al no ser considerado en el proceso interno de Morena.
En cuanto al procedimiento de selección interna de la candidatura de MC, precisó que fue aprobado el día 18 de marzo mediante Asamblea Nacional de dicho partido, por lo que se considera que no se actualiza la hipótesis normativa a la participación simultánea del candidato cuestionado en dos procesos internos de distintos partidos políticos.