Amonesta el TEE a Morena por no atender quejas de militantes sobre candidaturas

 

Advierte al órgano intrapartidario que, de no atender el mandato se le impondrá la multa correspondiente

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado (TEE), amonestó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, por incumplir una sentencia del 17 de abril, para resolver de fondo una queja de sus militantes, respecto al proceso interno de candidaturas.
Con un acuerdo plenario aprobado en sesión virtual, advirtió al órgano intrapartidario que, de no atender el mandato se le impondrá una sanción de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
El juicio Electoral Ciudadano (JEC) fue promovido por el exalcalde de Metlatónoc, Idelfonso Montealegre Vázquez y otras personas.
Por otro lado, declaró infundado el JEC del síndico y regidores, Juan R. Escudero, Argenis Alcaraz Mosso, José Daniel Flores Díaz, Karen Raquel Ceballos Loaeza, Gilberto Luna Urrutia, Diana Rodríguez Deloya, Cristina Hernández Vargas, René Sotelo Figueroa y Marilú Rivera Jiménez, en contra del ayuntamiento, por la negativa de pago del aumento de remuneraciones.
El tribunal confirmó que hubo un acuerdo interno para recibir los aumentos por el orden del 93 a 100 por ciento más de lo aprobado en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2024, que es contrario de la Ley de Presupuesto y Disciplina Fiscal del Estado de Guerrero, y tampoco existe una partida presupuestal para obtener los beneficios económicos que reclaman.
El Tribunal resolvió también el JEC contra la negativa del Consejo Distrital 15 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, con sede en Cruz Grande, de continuar en el proceso de reclutamiento, selección y contratación para Supervisores Electorales y Capacitadores Asistentes Electorales, de un ciudadano afromexicano.
El denunciante, Silvio Julio Jiménez Salinas, explicó que la restricción de participación para familiares de determinados funcionarios públicos y de representaciones partidistas, debe tomarse en cuenta desde la finalidad con la que se establecen cada una de ellas.
En este caso, el cargo de la Representación Afromexicana se ejerce de manera temporal y no mantiene un interés legal en participar de las elecciones como sí lo hacen los partidos políticos al registrar candidaturas.
En colegiado concluyó que “no es ajustado a derechos humanos prohibir a un ciudadano afromexicano participar en igualdad de condiciones en el proceso para selección y contratación de capacitadores asistentes electorales, bajo la hipótesis, en el caso inaplicable, de que se es familiar del representante de dicha comunidad en el seno del órgano administrativo electoral”.
Revocó el acuerdo impugnado y vinculó al Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), para que practique el examen de conocimientos al demandante.

 

Amonesta el TEE al edil de La Unión: incumplió sentencia de pagos a la síndica

El Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEE), amonestó al alcalde de La Unión, Crescencio Reyes Torres, por incumplimiento de la sentencia en que ordena el pago de 82 mil 534 pesos a la síndica procuradora Yaneth Gutiérrez Izazaga, por salarios retenidos de diferentes quincenas de éste y el año pasado.
En el acuerdo plenario propuesto por la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, aprobado por unanimidad de votos, aprobado en sesión, el tribunal colegiado determinó amonestar además al Órgano de Control Interno del Ayuntamiento, porque no atendió la sentencia del 27 de octubre de octubre.
A fin de garantizar el cumplimiento de la sentencia definitiva del juicio y evitar la repetición de conductas que tiendan a obstaculizar la pronta administración de justicia en materia electoral, volvió a requerir al ayuntamiento, por conducto del presidente, los pagos correspondiente a octubre, noviembre y diciembre de 2021; de enero, febrero y marzo, la primera quincena de abril, la segunda de julio y la primera de agosto de 2022, en un plazo de dos días hábiles a partir de la notificación del presente acuerdo.
En caso de incumplimiento, adelantó que se aplicará una multa al edil consistente en 200 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), de conformidad con el artículo 37 fracción III de la Ley 456 del Sistema de Medios de Impugnación del Estado de Guerrero (Lourdes Chávez).