Promueve el gobierno del estado amparo por la adversa sentencia del viaducto Diamante

Daniel Velázquez

El gobierno del estado promovió un amparo contra la sentencia del juez sexto de distrito con sede en Acapulco que falló a favor de que la empresa Fibra Orión recupere la concesión del viaducto Diamante.
El falló a favor de Fibra Orión ocurrió el pasado 26 de marzo. Fue este 25 de abril cuando el gobierno del estado interpuso “el recurso de revisión en contra de la sentencia dictada por el juez sexto de distrito en el estado, con sede en Acapulco, en el juicio de amparo 499/2023, promovido por Fibra Orión contra la declaratoria de rescate de la concesión del Viaducto Diamante”.
El viaducto Diamante es una carretera de cuota que va de la caseta La Venta hasta el bulevar Las Naciones, frente al desarrollo Vidanta antes Mayan Palace, es una vía de 21.5 kilómetros.
El litigio entre Fibra Orión y el gobierno del estado tiene ya un año. El 29 de abril de 2023 se conoció que el gobierno del estado informó que la Comisión Técnica de Transporte y Vialidad del Estado tomó el control y retiró la concesión del viaducto a Fibra Orión por no brindar el mantenimiento a la vía.
El alegato del gobierno estatal para retirar la concesión fue “la falta de atención del estado que guarda la carretera, por parte del concesionario, así como el incumplimiento de los contratos y acuerdos en materia de infraestructura y conservación que contrajo con la administración estatal”.
En noviembre de 2023 el director general de Fibra Orión, Rodolfo Campos, informó que el estado debía pagarles 10 mil millones de pesos como indemnización y que esa empresa buscaba extender la concesión por otro periodo a cambio de una contraprestación de 500 millones de pesos.

 

Atenderá el IEPC el fallo que ordena una elección por usos y costumbres en Ñuu Savi

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) atenderá la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral Poder Judicial de la Federación (Trife), que ordenó apoyar a definir y organizar la elección por usos y costumbres en el ayuntamiento Ñuu Savi.
En consulta telefónica, el consejero Edmar León García explicó que todavía no saben si será atacado en una sala superior el fallo que reconoce la elección por sistemas normativos en el nuevo municipio indígena.
Agregó que, aunque existe esa posibilidad, en materia electoral no hay suspensión de los plazos y lo que sigue es acatar la resolución de Sala Regional. Por lo tanto, la Comisión de Sistemas Normativos convocará a las autoridades y el Ayuntamiento Ñuu Savi para definir la organización de la próxima elección, bajo el sistema normativo interno, antes del 30 de enero de 2024.
El también presidente de esa Comisión destacó que, en este momento, el proceso electoral en curso tiene un salto cuántico en el ejercicio de los derechos indígenas y afromexicanos, respecto al anterior, por las dos sentencias recientes de la Sala Regional
Porque reconoce la elección por sistemas normativos en Ñuu Savi y porque llevó a la modificación de los lineamientos del registro de candidaturas para el proceso electoral ordinario de diputaciones locales y ayuntamientos, para evitar la usurpación de candidaturas destinadas a los pueblos originarios.
“Se crea un procedimiento específico para que ellos (a través de las representaciones de los pueblos) puedan revisar que cumplan con el vínculo comunitario, para evitar la usurpación de candidaturas, y les va a dar espacios para revisión”. Enfatizó que este procedimiento es único en todo el país.

Autoabscripción indígena calificada

El artículo 58 de los lineamientos de registros de candidaturas del proceso electoral local, señala el procedimiento de abscripción calificada de las candidaturas indígenas, con manifestación de decir verdad, constancias con elementos objetivos, circunstancias, hechos o constancias que acrediten el vínculo, para comisarios municipales, Consejo de Ancianos, Consejo de Principales, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, que podrán tener el aval de la asamblea comunitaria o constancias expedidas por los ayuntamientos, en aquellos casos donde no sea posible que la autoridad indígena, tradicional o comunitaria expida la constancia.
El artículo 60 indica que la valoración de la adscripción calificada será mediante un dictamen técnico expedido por la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Pluriculturales (DESNP), con los cuales se integrará un informe, que será remitido a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) del IEPC del Estado de Guerrero, para incluir la determinación correspondiente en los acuerdos de aprobación de las candidaturas.
En el 61, se precisa que la dictaminación favorable o no se realizará a partir de una revisión de la documentación, y el IEPC integrará una base de datos con información de las autoridades facultadas, para hacer constar la autoadscripción calificada de la candidata o candidato como integrante de algún pueblo y comunidad indígena.
Con el artículo 62, una vez dictaminado el vínculo comunitario y la adscripción calificada, la DESNP integrará un informe que será remitido a la DEPPP, para que tenga conocimiento del cumplimiento o no de la acreditación del vínculo comunitario o, bien, se solicite a los partidos, coalición o candidatura común, la subsanación correspondiente dentro del plazo de 48 horas, señalado en el artículo 119 de los Lineamientos.
León García recordó que el estado de Guerrero tiene ocho distritos y 39 municipios indígenas; un distrito local, el 15, y seis municipios afrodescendientes.

 

Denuncian acoso de la Ministerial a locatarios desalojados del mercado de Coyuca de Benítez

Redacción

Comerciantes del mercado Morelos de Coyuca de Benítez, denunciaron abuso de autoridad de la Policía Investigadora Ministerial (PIM) y acusaron a los agentes de intimidación a los vendedores para desalojarlos del lugar donde venden.
Reclamaron que el Ayuntamiento está cercando el predio poco a poco y a los comerciantes los quieren sacar al arroyo vehicular, pretendiendo dejar sin trabajo a los vendedores.
Los comerciantes ofrecen sus productos afuera del predio del que era el mercado Morelos.
Los comerciantes venden entre otras cosas pescados, carnes de res, pollo y puerco, frutas y verduras, jarceria, incluso hasta carbón.
Una vendedora, que no dio su nombre por temor a represalias, dijo que el jueves agentes de la Policía Ministerial intimidaron a los comerciantes que se colocaron a un costado del predio de lo que fue el mercado Morelos, en la cabecera municipal de Coyuca de Benítez.
Consideró una intimidación del gobierno municipal, al enviar a policías ministeriales para desalojar el lugar.
Se quejó que el Ayuntamiento prentende desalojar totalmente a los más de 60 vendedores del extinto mercado Morelos.
Reclamó que el gobierno municipal está cercando el predio y “ahora nos está recorriendo para dejarnos en el arroyo vehicular, nos quieren desalojar totalmente”.
Indicó que hay un juicio en los juzgados y todavía no hay resolución “están cometiendo un atropello las autoridades ministeriales y municipales”, dijo.
Otra vendedora acusó que el jueves policías ministeriales los intimidaron para quitarlos de su zona de trabajo, de más de 40 años.
Criticó que hay abuso de autoridad del gobierno municipal y de la Policía Ministerial, “hay mucha injusticia en Coyuca de Benítez”.
Declaró que hay un juicio en proceso, “no hay nada todavía, pero el Ayuntamiento y la Ministerial abusan de su poder para pretender desalojarnos”.
“Nosotros tenemos miedo, porque ya mataron a nuestra líder, hay algo oscuro que se quiere adueñar del predio”, puntualizó.
Pidió al gobierno federal que encabeza Andrés Manuel López Obrador acudir al municipio de Coyuca de Benítez para que escuche al pueblo de las injusticias.
Advirtió que no van a votar ni por Morena, ni por el PRI, “todos los partidos nos han decepcionado, vamos por el cambio”.

Recibe el Congreso la sentencia para designar cabildo instituyente en Las Vigas

Lourdes Chávez

Chilpancingo

En la sesión del Congreso local se presentaron dos iniciativas de reformas, se retiraron tres intervenciones sobre el huracán Otis, y se notificó al pleno la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral Federal (Trife), que ordena a este poder Legislativo, que designe al cabildo instituyente de Las Vigas en un plazo de 30 días.
En la sesión de ayer se registraron 30 asistencias, y la presidenta de la Mesa Directiva, Leticia Mosso Hermández, señaló que tenían permiso para faltar, con previa autorización, cinco diputados que integraron la representación del Congreso local para acudir al municipio de Atlamajalcingo del Monte, sin mencionar el motivo de la visita.
Esta es la conmemoración de 200 años de la firma del documento donde el general Vicente Guerrero reconoce una deuda de México con este municipio por su aportación en la Guerra de Independencia.
En el desarrollo, se turna a la Junta de Coordinación Política el oficio de la actuaria de la Sala Regional del Trife, fechado el 16 de noviembre, con copia certificada de la sentencia donde el Tribunal resolvió fundada parcialmente la demanda de integrantes de una propuesta de planilla para encabezar el ayuntamiento instituyente, por omisión del Congreso local de realizar la designación del gobierno de las Vigas, que ahora deberá resolver en 30 días.
La diputada de Morena, Angélica Espinoza García propuso una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre del estado de Guerrero, para que los ayuntamientos conformen una Comisión para la Atención a Víctimas del Desplazamiento Interno, a fin de dar atención, seguridad y protección a las personas que se encuentran en esta situación.
El diputado de Morena, Carlos Cruz López propuso reformar el artículo 26 de la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para que en los juicios o procesos judiciales en los que se involucren pueblos o personas que hablen lenguas indígenas, se elabore de oficio y de manera obligatoria, además de un formato tradicional de sentencia, de lectura accesible y sencilla en su lengua materna, con el fin de salvaguardar su derecho de acceso a la justicia.
Se pospusieron para la siguiente sesión, de hoy, las participaciones del diputado del PRI, Rafael Navarrere Quezada, sobre Otis Acapulco y sus complicaciones, del diputado de Morena, Jacinto Gonzalez Varona sobre las consecuencias del huracán Otis en Acapulco y Coyuca, y la intervención del gobierno federal y estatal, así la intervención de la diputada, Gabriela Bernal Reséndiz sobre la atención a damnificados del huracán Otis.

El Trife, omiso al desacreditar sentencia del TEE contra líder de Morena: Muriel

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La presidenta de la Red para el avance político de las mujeres, Muriel Salinas Díaz, criticó que la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial (Trife), redujera la sentencia del Tribunal Electoral del Estado(TEE) hacia el dirigente estatal de Morena, Jacinto Gonzalez Varona. Donde el TEE acreditó violencia política en razón de género hacia la diputada local priista Gabriela Bernal, el análisis del Trife lo minimizó a una alusión a su belleza, “como si fuera un piropo”, reprochó.
En entrevista telefónica, señaló que la Sala consideró excesivas las sanciones que impuso el tribunal local, porque según los magistrados las expresiones del dirigente “se hicieron en el marco del debate parlamentario y en el ejercicio de su libertad de expresión”, y sin explicaciones afirman que no están basados en estereotipos de género.
Informó que el 18 de octubre, organizaciones de mujeres en el estado y nacionales, presentaron a los magistrados de Sala Regional un Amicus Curiae (opinión jurídica) para este caso, y llamaron a analizarlo en el contexto de la violencia hacia las mujeres en Guerrero, y de la violencia generalizada, porque la resolución tendría repercusiones en otros asuntos de violencia política en razón de género.
De cara al proceso electoral, indicó que generaría confianza en los tribunales de garantizar el acceso a la justicia. Sin embargo, señaló que emitieron un mensaje de impunidad al exonerar a un agresor.
Señaló que la Sala fue omisa al no considerar jurisprudencias, donde se establece que discursos discriminatorios, como el del dirigente de Morena, no deben ser considerados como limitantes válidas en la libertad de expresión, sobre todo cuando se trata de líderes de partidos, obligados a atender y sancionar todas las modalidades de violencia.
“Carente de perspectiva de género (la sentencia dictada el jueves), se pasa por el arco del triunfo todas las jurisprudencias sobre los límites de la libertad de expresión, revictimiza a la diputada, y a las demás mujeres que han interpuesto recursos, por las repercusiones que habrá, a partir del sentido de esta resolución”.
Para desacreditar la denuncia de violencia política, señaló que “la Sala manipula los hechos, afirmando que el presidente de Morena hizo alusión a la belleza de la diputada, dejando fuera las expresiones que menoscaban o poner en entredicho las capacidades de una mujer diputada”. Lo más grave, dijo, es que la alusión a su belleza física no fue considerada como un estereotipo de género.

 

Echa abajo la Corte artículo que impedía a municipios contraer deuda para pagos

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó un artículo transitorio de la Ley de Ingresos de Coyuca de Catalán, que impedía al Ayuntamiento recurrir a financiamientos externos para pagar adeudos por sentencias o laudos.
Con el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, los ministros concluyeron que el Congreso local no puede determinar la forma en que el Ayuntamiento integra, maneja y aplica su presupuesto, ni impedirle obtener ciertos tipos de financiamiento para cubrir obligaciones.
Entre oficios recibidos que se dieron a conocer la sesión del jueves, se encuentran los resolutivos de la controversia constitucional 36/2023, que promovió el municipio de Coyuca de Catalán en contra de los poderes Legislativo y Ejecutivo de Guerrero, demandando la invalidez del artículo décimo primero transitorio de la Ley 321 de Ingresos municipal para el ejercicio fiscal de 2023, publicado en el periódico Oficial del estado el 23 de diciembre de 2022.
El resultado de la sentencia fue dado a conocer en un boletín de la Corte desde el 3 de octubre, en su página oficial, donde confirma la demanda del gobierno municipal.
Detalla que en el preceto impugnado “establecía, sustancialmente, que el municipio debería considerar en su Presupuesto de Egresos las previsiones necesarias para cumplir con las obligaciones y adeudos derivados de sentencias o laudos laborales, sin recurrir a financiamiento externo, adelanto de participaciones o alguna otra fuente externa”.
Asimismo, establecía que, “además de asumirse como el único obligado a cumplir dichos pagos a través de recursos propios y fuentes de financiamiento permitidos por la ley, los cuales no requerirían autorización del Congreso del Estado, razón por la cual, no se debía vincular a éste con el objeto de que el municipio cumpliera con su obligación intransferible de pago, dada su autonomía tributaria y presupuestal”.
La Corte determinó que dicho artículo transgrede el principio de libre administración de la hacienda municipal, contenido en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Federal, “ya que la Legislatura no puede determinar, en lugar del municipio actor, cómo integrar, manejar y aplicar los ingresos que forman su Presupuesto de Egresos, ni impedirle recurrir a financiamiento externo, adelanto de participaciones, alguna otra fuente externa, así como a cualquier fuente que requiera autorización del Congreso local, a fin de cubrir las obligaciones y adeudos señalados”.

 

Piden 60 años de cárcel para militar acusado de tortura sexual a Inés en última audiencia del caso

Inés Fernández, al salir de los juzgados federales en Acapulco, en dónde posteriormente ofreció una Conferencia de prensa Foto: Carlos Carbajal

Este lunes se llevó a cabo, en el juzgado segundo de distrito, la última audiencia del juicio por abuso sexual contra la mujer indígena me’phaa, Inés Fernández Ortega, cometido por efectivos del Ejército y sólo se espera sentencia del juez federal.
En conferencia de prensa, el abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Rogelio Téliz García, dijo que de los 11 soldados agresores de Inés, sólo se encuentra en la cárcel Hugo Humberto García de León.
Explicó que este lunes fue una audiencia final o “de vista”, y se presentaron los escritos y acusación de ambas partes, mientras que la fiscal general presentó sus conclusiones.
Añadió que solamente se espera la sentencia del juez federal y que sea en el término establecido, que son 15 días, “le pedimos al juez una penalidad alta por los delitos cometidos”, que asciende a 60 años.
“Nosotros confiamos en el juez federal, doña Inés siempre confía en la justicia, esperemos una sentencia con perspectiva de género y que se valoren los datos y pruebas”, acotó.
Indicó que el acusado se declaró una vez más inocente y que “Inés es una persona indígena, que no habla castellano y que está mintiendo”.
Aseguró que el militar acusado no presentó ninguna prueba de “descargo” a su favor y las pruebas que se presentaron de Inés son contundentes.
Señaló que al militar se le acusa por los delitos de tortura sexual, robo, allanamiento de morada y abuso de autoridad.
Fernández Ortega pidió que ésta “sea la última vez que venga a una audiencia, porque en varias ocasiones he estado asistiendo a una audiencia”.
Expresó que cada vez que lo ve “siente coraje y que lo único que pido es que finalmente sea condenado”.
“Cada vez que se vuelve a mencionar, me da coraje y lo único que pido es justicia”, concluyó. (Argenis Salmerón).

 

Revisar la cancelación de la militancia a Sánchez Esquivel, ordena el TEE a Morena

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado (TEE), revocó una resolución de la Comisión Nacional de Honor y Justicia (CNHJ) de Morena, que desechaba una queja del diputado local Alfredo Sánchez Esquivel, en contra de su colega Yoloczin Domínguez Serna, por actos que considera contrarios a los principios de su partido.
Ordenó que en un plazo de cinco días posteriores a la notificación, el organismo partidista emita una nueva resolución “debidamente fundada y motivada en la que, en plenitud de jurisdicción”, valore si procede la queja de Sánchez Esquivel.
El proyecto aprobado por el pleno de este jueves, señala que la CNHJ erróneamente tomó en cuenta su  resolución del 13 de septiembre, en la cual canceló el registro de afiliacion del actor, para señalar falta de interés jurídico del actor y desechar el juicio de impugnación.
Así, pasó por alto que la resolución del 13 de septiembre fue controvertida, y no se ha agotado la cadena impugnativa, por lo tanto, no hay sentencia firme sobre la pérdida de militancia de Sánchez Esquivel.
Señaló el derecho del militante a inconformarse con la resolución, por actos vinculados a sus derechos partidistas.
Por otro lado, confirmó la elección por usos y costumbres del 3 de octubre, de la delegación de la comunidad de Guadalupe, del municipio de Metlatónoc, donde el ayuntamiento lanzó otra convocaria y coordinó una nueva elección el 21 del mismo mes, que llevó a dos nombramientos en el mismo cargo.
Después que la instancia revisora, la Sala regional Ciudad de México, ordenó al TEE revisar cómo se había llevado a cabo la elección por usos y costumbres, y si se generó violencia, como señaló la autoridad municipal, determinar en qué etapa del proceso había ocurrido a partir de los informes de las autoridades comunitarias.
El acuerdo aprobado concluyó que la elección por usos y costumbres donde fue electo Artemio León Leal, se realizó con los parámetros válidos constitucionales y sólo hubo un incidente de violencia que no llegó a mayores porque sucedió después y la mayoría de los participantes estaban en la asamblea.

Extraña que un diputado no acate un fallo del TEE, señala Gómez Maganda

 

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La presidenta del Colectivo 50+1 capítulo Guerrero, la priista Guadalupe Gómez Maganda, denunció que junto con la actitud machista que tiene el presidente de Morena en el estado, Jacinto González Varona, al negarse a acatar una sentencia que lo sanciona por violencia política en razón de género, “es extraño” que como legislador se resista a acatar las leyes.
En conferencia de prensa en el Tribunal Electoral del Estado (TEE), para celebrar la sentencia del juicio que promovió la diputada del PRI, Gabriela Bernal Reséndiz, contra el dirigente de partido y diputado local, por sus expresiones en una reunión con mujeres de Morena en Ometepec, que trascendieron a redes sociales, cuestionó que el agresor haya impugnado la determinación jurisdiccional.
“No sólo es una actitud machista, sino que es extraño en alguien cuya función es hacer leyes, y no quiere acatar la ley, se oponga a cumplir una sentencia debidamente dictada por la autoridad competente, y que bueno, él tiene derecho para impugnar. Pero tendrá que acatar, en el caso que se ratifique, lo que esperamos, por el hecho de que la votación fue unánime. Tiene que cumplir en lo que resolvió el Tribunal Electoral del Estado porque es una resolución vigente”.
Añadió que es muy difícil echar abajo una resolución que fue tomada por unanimidad de votos en el tribunal local, para que González Varona se disculpe con la agraviada, pague una multa, se abstenga de acciones que configuren violencia política en razón de género y su inscripción por un año y cuatro meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Gómez Maganda añadió que es un precedente para el próximo proceso electoral, donde se van a elegir más 20 mil cargos en todo el país, y el colectivo 50+1 estará observando la actuación de las autoridades electorales, para que atiendan y sancionen este tipo de violencia, que seguramente se va a recrudecer en este periodo.
Subrayó que todos los actores políticos deben actuar conforme a los documentos que regulan su función.
Momentos antes del acto de firma del Convenio Multilateral de Apoyo y Colaboración, con el que se establecen bases de coordinación y colaboración a víctimas y la elaboración de análisis de riesgo en caso de violencia política contra las mujeres en razón de género, organizado en el TEE por la delegación del INE en Guerrero, la líder del colectivo señaló que esperaba saludar a la consejera nacional, Carla Humphrey, que tiene la propuesta de crear una defensoría pública para brindar asesoría y acompañamiento a las mujeres.
Señaló que sería un mecanismo importante para la prevención, y no sólo esperar a que se ejerza la violencia para sancionarla. Sin embargo, Humphrey sólo tuvo una participación virtual en la actividad, ante el comienzo del proceso electoral este jueves.
En la conferencia, Gómez Maganda enfatizó en que van a insistir en que se respete la ley y que quienes ejercen funciones en los órganos electorales la cumplan, “afortunadamente se han fortalecido estas leyes electorales, por ello es importante defender al INE y al tribunal, y decir que estamos muy satisfechas con su trabajo, por eso lo venimos a reconocer”.

 

Critica subsecretario al magistrado que absolvió a Abarca por el caso de los 43

Juan Luis Altamirano Uruñuela

Ciudad de México

El subsecretario de Seguridad, Luis Rodríguez Bucio, cuestionó al magistrado Juan Manuel Rodríguez Gómez, presidente del Tribunal Colegiado de Apelación del Décimo Noveno Circuito Judicial del Poder Judicial de la Federación con sede en Matamoros, porque confirmó la sentencia absolutoria a favor del ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca, por su participación en la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa.
Como parte del informe de seguridad en la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, se presentaron decisiones de jueces en favor de supuestos delincuentes, donde el general Rodríguez Bucio señaló la absolución de Abarca por el secuestro de los normalistas, en la modalidad de delincuencia organizada.
“Confirmó la sentencia absolutoria dictada en septiembre de 2022 por el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en Tamaulipas, Samuel Ventura Ramos, en favor de José Luis N, ex alcalde de Iguala por el delito de secuestro en agravio de los 43 estudiantes normalistas desaparecidos en septiembre de 2014”, dijo Rodríguez Bucio sobre el magistrado.
De igual forma, el subsecretario de Seguridad y ex jefe de la Guardia Nacional precisó que a pesar de la absolución dictada, el ex alcalde se encuentra en prisión debido a que tiene pendiente la sentencia de otras causas penales en su contra.
Fue el 16 de mayo cuando Rodríguez Bucio cuestionó directamente al juez Samuel Ventura Ramos por la absolución de José Luis Abarca y Sidronio Covarrubias, líder del grupo criminal de Guerreros Unidos.
“En el caso Ayotzinapa tenemos al juez Samuel Ventura Ramos, el día 12 de mayo absolvió a Sidronio N y José Luis N, ex alcalde de Iguala por el delito de delincuencia organizada, ambos continúan presos pero por otras causas penales”, comentó Rodríguez Bucio en dicha oportunidad.
El 30 de mayo, el abogado Alejandro Rojas, defensor legal de José Luis Abarca, confirmó la absolución de Abarca por el delito de secuestro de los 43 estudiantes normalistas, sentencia que no podrá ser impugnada por la Fiscalía General de la República (FGR).
Tres días después, el abogado y representante legal de los padres de los 43 estudiantes normalistas desaparecidos, Vidulfo Rosales Sierra, adelantó que se impugnaría dicha sentencia.
El pasado 31 de mayo, el presidente López Obrador afirmó que la absolución de Abarca por el secuestro de los 43 normalistas, no afectará las investigaciones que lleva a cabo la presente administración al respecto.
“No afecta porque nosotros continuamos con la investigación y no vamos a incumplir el compromiso que tenemos con los padres, con las madres de los jóvenes desaparecidos y estamos enfrentando muchos obstáculos”, indicó en dicha oportunidad.
A pesar de la absolución para Abarca por su participación en la desaparición de los normalistas, aún tiene pendiente la sentencia por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, además de delitos de secuestro.
El 18 de mayo se informó que Ventura Ramos impuso una pena de 92 años y seis meses de prisión a José Luis Abarca por el delito de secuestro de Arturo Hernández Cardona, además de Héctor Arroyo Delgado, Efraín Amates Luna, Nicolás Mendoza Villa y Dante Cervantes Delgado.