Daniel Velázquez
Chilpancingo
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) confirmó la asignación de regidurías que hizo el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) en los municipios de Teconapa y Buenavista, que antes había sido impugnada por aspirantes a ediles ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE).
En la sesión del pasado jueves, la Sala Regional Ciudad de México resolvió tres expedientes sobre impugnaciones realizadas por guerrerenses, aspirantes a ocupar un espacio en los cabildos de los municipios de Teconapa y Buenavista.
En los tres expedientes atendidos por el Trife, los inconformes alegan que los Lineamientos de Paridad aprobados en el IEPC les afectan en su derecho de aspirar a un cargo. En estos lineamientos se estableció que en caso de que hubiera subrepresentación de mujeres en la asignación de regidores, la lista de aspirantes se recorrería desde el partido que obtuvo mayor votación, es decir, si el partido con más votos en el lugar uno de su lista de ediles registra hombre, ese lugar se suprime y se va al dos, que es mujer, y así con el siguiente partido, hasta completar el 50 por ciento de hombres y mujeres en los cabildos.
En las sentencias, el Trife señala que no hubo impugnaciones a los Lineamientos de Paridad aprobados en el IEPC, por lo que se consideran “vigentes y aplicables”, porque no se impugnaron lo que les dio “definitividad y firmeza”.
El expediente SCM-JDC-1649/2024, de Buenavista de Cuéllar, presentado por Edith Vargas Flores fue declarado infundado. La inconforme alegaba que no hubo alternancia en la asignación de los ediles, a lo que el Trife le respondió que es incorrecta esa apreciación, porque “la alternancia de género, no es un principio en sentido estricto, sino que es un método para lograr una integración paritaria”.
En el expediente SCM-JDC-1647/2024 de Tecoanapa, promovido por Ricardo Hernández Jijón, éste se inconformó porque iba en el lugar uno de la lista de ediles en ese municipio, por Movimiento Ciudadano, pero al hacer el ajuste para lograr la equidad en la integración del Cabildo quedó fuera de la lista y entró quien estaba en el cuarto lugar de la lista de ediles. En la sentencia el Trife respondió que la asignación se hizo en apego a los Lineamientos de Paridad aprobados en el IEPC.
En los dos casos, el Trife declaró infundados los agravios expuestos por los inconformes y confirmó las sentencias dadas por el TEE.

