Piden a legisladores locales aprobarla ley contra la desaparición forzada

   * Escrito de la diputada federal Eliana García

La diputada federal perredista de la 59 Legislatura del Congreso de la Unión, Eliana García Laguna, en un escrito dirigido a los legisladores del Congreso local, Cuauhtémoc Salgado Romero, Carlos Sánchez Barrios, Juan José Castro Justo y a Rómulo Reza Hurtado, como presidente de la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de diputados, los exhortó “de la manera más respetuosa, a que aprueben sin restricciones y a la brevedad posible, la propuesta de ley para prevenir y sancionar la desaparición forzada de personas en el estado”.

En el escrito, que llegó a la redacción de El Sur vía e-mail, con fecha 4 de marzo, García Laguna expresa que dicha propuesta, además de establecer pautas claras de definición del delito, retoma los criterios que, según el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, debe contener una normatividad que pretenda erradicar esta práctica que constituye un delito aberrante y de lesa humanidad.

“Lo anterior sitúa la propuesta en mención como un precedente importante y significa la posibilidad de que la normatividad del estado de Guerrero se armonice con las principales Convenciones y Pactos Internacionales que se han desarrollado en materia de derechos humanos”, manifiesta en el documento, con copia para el gobernador René Juárez Cisneros.

La legisladora federal expresa que tienen conocimiento que en Guerrero siguen sucediendo casos de desaparición forzada, como lo demuestra la existencia de la recomendación 19/2002 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos por nueve casos de desaparición forzada acaecidas en el año 2002. Agrega que la ausencia de una legislación adecuada para prevenir esta violación a los derechos humanos facilita que estos hechos se sigan dando con total impunidad.

Destaca que el problema de la ausencia de una normatividad no se limita al estado de Guerrero sino que, como lo demuestran los hechos que está investigando la Fiscalía Especial para los crímenes políticos del pasado, es un problema nacional, razón por la cual también trabajan en la preparación de un proyecto de ley para prevenir y sancionar la desaparición forzada a nivel federal.

Por lo anterior, explica, y con el objetivo de armonizar las acciones que a nivel federal se pretenden instrumentar con la labor legislativa de las entidades federativas, es que acude a los legisladores locales para manifestarles, en principio, su beneplácito por tener en sus manos un proyecto de ley de avanzada, por cuanto hace a su contenido y apego a los estándares internacionales en materia de derechos humanos, y en segundo para exhortarles, de la manera más respetuosa, a que aprueben sin restricciones y a la brevedad posible, la propuesta.

Urge investigador de la UNAM una ley que proteja a periodistas de revelar sus fuentes

* Expone Enrique Cáceres ante estudiantes de Comunicación de la UAG

* En México no hay regulación sobre el secreto profesional de los periodistas, “ni a nivel constitucional explícito ni a nivel de desarrollo legislativo”, asegura

Teresa de la Cruz, corresponsal, Chilpancingo * El investigador de la UNAM, Enrique Cáceres, consideró necesaria una legislación para proteger a periodistas y que no los obliguen a revelar sus fuentes, luego de que reporteros de Reforma, La Jornada y El Sur han sido citaos por instancias judiciales para informar sobre éstas.

Ante poco más de un centenar de estudiantes de la Facultad de Comunicación de la UAG, y como parte de los festejos por el cuarto aniversario del Sindicato Unico de Trabajadoras de los Medios de Comunicación en el Estado de Guerrero (SUTMECEG), el también profesor de la UNAM dijo que es precisamente la Comisión Nacional de Derechos Humanos la que propone una reforma al artículo 243 del Código Federal de Procedimientos Penales, la       cual presentaron el 14 de abril de 2003.

Contrariamente con lo que pasa en otros países, Enrique Cáceres, quien impartió la conferencia sobre el Respeto a la Confidencialidad de las Fuentes Informativas, precisó que en México no hay regulación sobre el secreto profesional de los periodistas, “ni a nivel constitucional explícito ni a nivel de desarrollo legislativo, ya que con lo que único que se cuenta       es con el artículo 6 constitucional”.

Indicó que recientemente se ha impulsado el desarrollo legislativo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, “pero no sobre el secreto profesional de los periodistas, por lo tanto como máximo reglamentario que tiene el artículo 6 constitucional sería la Ley de Imprenta del 9 de Abril de 1917, aunque en ella tampoco se hace       referencia al secreto profesional de los periodistas ni directa ni indirectamente”.

Agregó que a pesar de que algunos personas niegan la existencia del derecho al secreto del periodista, el también autor del artículo Pasos hacia una teoría comunicativa mantiene la tesis de que sí existe tal derecho, aunque de una manera muy sofisticada hasta el día de hoy, y que lo único que permite sostener este derecho son diversos tratados internacionales como la Declaración Universal, la Convención Interamericana, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En el caso de México, enfatizó que si alguien cuestionará la operatividad de estos derechos “habría que recordar que en México desde 1998 ha reconocido a competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Agregó: “para decir       que existe el derecho al secreto profesional de los periodistas necesitamos manejarnos por las reglas de procesamiento de información propias del gremio, sumarlo a los tratados y lo que haría falta es hacer       una propuesta específica”.

Para ello –dijo– la CNDH propone en su reforma al artículo 243 del Código Federal de Procedimientos Penales “que los periodistas no estarán obligados a       declarar sobre la información que reciban, conozcan o tengan en su poder los abogados consultores y notarios, etcétera, respecto de los nombres o datos de identificación de las personas que, por motivo del ejercicio de sus actividades, proporcionen datos de carácter reservado”.

Enrique Cáceres indicó que en esta propuesta se encuentra un permisión: “no estarán obligados a…”, porque exigen que se cuente con el consentimiento expresó de quien confió el secreto. Aunque aseguró que “podría revelarse el secreto en caso de que fuera engañado el periodista”.