Prohíbe una jueza que Alejandro Encinas llame “torturador” a Tomás Zerón

 

Abel Barajas / Agencia Reforma

Cuernavaca, Morelos

Una juez federal prohibió a la Secretaría de Gobernación (Segob) y en particular al subsecretario Alejandro Encinas, señalar públicamente a Tomás Zerón de Lucio como “torturador” y creador de la “verdad histórica” en el caso Ayotzinapa.
María Isabel Bernal Hernández, juez séptima de distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México, concedió una suspensión provisional al ex titular de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), que impide al funcionario hacer este tipo de manifestaciones por cualquier medio.
“Se concede la suspensión provisional a Tomás Zerón de Lucio, para el único efecto de que las autoridades responsables se abstengan de continuar realizando declaraciones verbales, escritas o la publicación de contenido en páginas oficiales o redes sociales, mediante las que se afirme, sugiera o presente dentro de un contexto especial al quejoso, sosteniendo que es un torturador, que realizó actos de tortura o creó la ‘verdad histórica’ en el caso Ayotzinapa”, resolvió Bernal.
“Su concesión no se advierte que se siga perjuicio al interés social, ni se contravengan disposiciones de orden público (fracción ll), y porque de no concederse la medida cautelar de referencia, se le causarían daños y perjuicios de difícil reparación”.
La medida protectora estará vigente por lo menos hasta el próximo 2 de octubre, fecha en que la impartidora de justicia resolverá la suspensión definitiva, la que, en caso de ser concedida, ampliará la prohibición por tiempo indefinido.
La juzgadora, sin embargo, en el mismo fallo rechazó eliminar de las páginas de internet oficiales y redes sociales como Facebook, X, Instagran y You Tube, toda publicación que lo presente a Zerón como culpable, “torturador” y creador de la “verdad histórica”.
Una de las publicaciones que continuará en internet es el comunicado de prensa 438/2023, con el título “Tomás Zerón, hoy prófugo de la justicia, creó la verdad histórica con base en la tortura y alteración de pruebas”, publicado en la página del gobierno de México, el 25 de agosto de este año, y que Zerón pidió cancelar porque viola su derecho a la presunción de inocencia.
La juez Bernal dijo que, por tratarse de un tema de fondo, la eliminación de contenidos deberá ser resuelta en la sentencia de amparo y no en la medida cautelar, razón por la que le negó la suspensión provisional sobre este aspecto.
“Además, de concederse la medida suspensión para los efectos referidos, equivaldría a resolver el fondo del juicio de amparo del que deriva el presente incidente de suspensión, pues se estaría determinando la inconstitucionalidad de los actos reclamados, constituyendo a la parte quejosa en el derecho que persigue con la promoción del juicio de amparo, lo que no es materia de la medida cautelar”, expuso.
A solicitud de la Fiscalía General de la República, jueces federales han girado cinco órdenes de aprehensión contra Tomás Zerón, tres de ellas por delitos de servidores públicos y supuestos desvíos en contratos de la PGR, y dos relacionadas con el caso Ayotzinapa.
Estas últimas, son por la presunta tortura a Felipe Rodríguez Salgado El Cepillo, operador del grupo criminal Guerreros Unidos, tras su detención en 2015; y por trasladar al río San Juan, sin abogado y sin orden ministerial, a Agustín García El Hereje, acusado de participar en la desaparición de los 43 normalistas en Iguala.
Desde hace varios años, Tomás Zerón se encuentra en Israel, país que no tiene tratado de extradición con México.