Inician proceso de consulta a pueblos indígenas y afromexicanos sobre candidaturas para el 2024

 

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), aprobó los lineamientos, el plan de trabajo y el calendario para la consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas para determinar las reglas con las que se garantizará a estas poblaciones su participación en el proceso electoral 2023-2024.
La consulta se realizará en cumplimiento a la Acción de Inconstitucionalidad 136/2020, que invalidó las reformas realizadas por 62 legislatura al Congreso local, en las que se establecieron las reglas para la postulación y registro de candidaturas indígenas y afromexicanas a los cargos de diputaciones locales e integrantes de ayuntamientos.
Estas reformas deberán ser aprobadas por el Poder Legislativo local a más tardar 90 días antes del inicio del proceso electoral próximo para que sean vigentes en el próximo proceso.
El plazo que la Corte estableció al Poder Legislativo de Guerrero para las reformas en la materia venció el pasado octubre, pues en su resolución los magistrados vincularon al Congreso en la sentencia de invalidez para que realice la consulta y emita la regulación aplicable “a más tardar, dentro del año siguiente a la conclusión del proceso electoral ordinario 2020-2021”. Sin embargo, el Congreso pidió una prórroga a la Corte y argumentaron que están en “vías de cumplimiento”.
Con la aprobación por el Consejo General de estos lineamientos, el plan de trabajo y el calendario de la consulta se da inicio a este proceso.
La consulta se realizará en “colaboración y coordinación interinstitucional” entre el Congreso y el IEPC de acuerdo con un convenio específico para este fin firmado el martes pasado por la presidenta de la Jucopo Yoloczin Domínguez Serna, y la presidenta del IEPC Luz Fabiola Matildes Gama.
En este convenio, de acuerdo a lo mencionado en un boletín del Congreso local, “las partes firmantes se comprometen a efectuar de manera coordinada la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del estado de Guerrero, respecto de la consulta ordenada por sentencia en la Acción de Inconstitucionalidad 136/2020”.
Esta consulta se da a partir del mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a partir de dos procedimientos, en contra de las reformas en materia electoral que tienen que ver con la postulación de candidaturas indígenas y afromexicanas aprobadas por el Congreso local.
La acción de inconstitucionalidad ante la Corte lo promovió un grupo de 16 diputados de Morena de la pasada legislatura, incluida la ahora presidenta de la Jucopo Yoloczin Domínguez, y el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de los ciudadanos ante el TEPJF fue presentado por quien se ostentaba como gobernador nacional indígena y representante de las 62 lenguas maternas Hipolito Arriaga Pote, ambas resoluciones ordenan una legislación en la materia a partir de una consulta previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
La Corte ordenó que se establezcan en la legislación -a partir de la consulta- las reglas para la postulación y registro de candidaturas indígenas y afromexicanas a los cargos de diputaciones locales e integrantes de Ayuntamientos; y el TEPJF ordenó también que se establezcan las reglas para acreditar la autoadscripción calificada, que deberán observar los partidos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 que también tiene que ver con que se dé prioridad a candidatos indígenas o afromexicanos en zonas con mayor población de estos dos grupos.
A partir de esta consulta, deberán quedar establecidas las reglas que operarían para el próximo proceso electoral sobre el número de distritos, municipios, cargos que aplicarían para la exclusividad de representación indígena y afrodescendiente y, que en el caso del Congreso del Estado, deberá expedir el decreto que modifique la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia indígena y afrodescendiente.
Ayer en la sesión del CG del IEPC se informó que la consulta se realizará en 49 municipios: Acatepec, Ahuacuotzingo, Alcozauca de Guerrero, Alpoyeca, Atenango del Río, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Ayutla de los Libres, Azoyú, Buenavista de Cuéllar, Chilapa de Álvarez, Cochoapa el Grande, Copalillo, Copala, Copanatoyac, Cuajinicuilapa, Cualác, Cuautepec, Cuetzala del Progreso, Eduardo Neri, Florencio Villarreal, Huamuxtitlán, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, Igualapa, Iliatenco, Ixcateopan de Cuauhtémoc, José Joaquín de Herrera, Juchitán, Malinaltepec, Marquelia, Mártir de Cuilapan, Metlatónoc, Mochitlán, Olinalá, Ometepec, Quechultenango, San Luis Acatlán, Tepecoauilco de Trujano, Tixtla de Guerrero, Tlacoachistlahuaca, Tlacoapa, Tlalixtaquilla de Maldonado, Tlapa de Comonfort, Xalpatláhuac, Xochihuehuetlán, Xochistlahuaca, Zapotitlán Tablas y Zitlala.
También se hizo la precisión que los resultados de la consulta se sistematizarán y entregarán al Congreso local a través de la Jucopo para que realice las reformas necesarias. El IEPC también utilizará esta información para aprobar los lineamientos que aplicarán en el próximo proceso electoral en materia indígena, y se aprobó la convocatoria para observadores de este proceso de consulta.
Además, se aprobó una modificación del Programa Operativo Anual, así como el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal 2023 del IEPC para atender el convenio específico de colaboración interinstitucional suscrito entre el Congreso local y el instituto electoral.
En la sesión también se tomó protesta a las nuevas integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional. Se trata de Deysi Anahí Santiago Baltazar, como Técnica de lo Contencioso Electoral, Marleny Larios Bazán como Técnica de Organización Electoral, Aimé Hernández Vélez como Técnica de Sistemas Normativos Pluriculturales, y Gabriela Elizabeth Ávila Gonzaga, Técnica de Sistemas Normativos Pluriculturales.
 

Alteraciones a la Ley 179 postergaban entrada en vigor de derechos de los pueblos indígenas

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

A nueve meses de la alteración al artículo segundo transitorio de la Ley 179 del Sistema de Seguridad Pública, el Poder Legislativo no ha logrado aclarar qué fue lo que sucedió y mucho menos se han señalado a los responsables. Mientras tanto sigue su curso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación la acción de inconstitucionalidad promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de la aprobación de esta legislación que se generó a partir de un cuestionado proceso de consulta.
La ley 179 del Sistema de Seguridad Pública Estatal fue aprobada por el pleno del Congreso local la noche del 12 de abril, y publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado dos días después. Sin embargo, en este último tramo, el documento sufrió una alteración al artículo segundo transitorio, hecho por el cual el 27 de ese mismo mes se creó la Comisión Especial para que investigara el caso.
El texto del segundo artículo transitorio leído en la sesión del Congreso local, y que posteriormente fue aprobado por unanimidad de los 41 diputados presentes establecía que lo “dispuesto en el artículo 30, fracción VIII, de la presente Ley, surtirá sus efectos una vez aprobados los Decretos que contengan las reformas y adiciones reformas al Artículo 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, y a la Ley número 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero, ambas en materia de Seguridad Comunitaria”.
Mientras que lo publicado en el Periódico Oficial, señala que dichos artículos “no entrarán en vigor hasta que concluya la consulta mandatada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 81/2018, y en su caso el Congreso deberá realizar las reformas o adiciones necesarias a estos artículos a partir de lo establecido por los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en dicho proceso de consulta”.
La consulta a pueblos indígenas y afromexicanos en materia de seguridad pública debió iniciarse por la 62 legislatura ya que tenía un plazo de 12 meses para realizarla, pero se inició dos meses antes de que venciera el plazo, a mediados de febrero de 2022 y el dictamen se presentó ante el pleno el 12 de abril.
Organizaciones como la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) y el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan denunciaron recurrentemente que la consulta que realizaba el Congreso era una simulación, además solo el 36 por ciento de las comunidades invitadas a participar aceptaron ser parte de este proceso.
Finalmente, el 12 de abril pasado se llevó ante el pleno un dictamen de una nueva ley, la 179 del para sustituir la 777 de Seguridad Pública. En el nuevo ordenamiento los diputados de la 63 legislatura suprimieron los artículos en los que se reglamentaba el qué es, cómo se rige, y como se conforma la policía comunitaria.
De esa forma el Congreso de Guerrero buscó sortear el vencimiento del plazo que estableció la Corte, debido a que la ley 777 quedaría sin validez a partir del 14 de abril, fecha límite para que el Poder Legislativo expidiera una nueva legislación a partir de una consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.
Además de que el Congreso de Guerrero realizó de manera exprés, en dos meses una consulta a los pueblos indígenas y afromexicanos que le mandató la Corte, tras su aprobación por el pleno, el texto de uno de sus artículos transitorios fue alterado y esta legislación está nuevamente en un proceso de inconstitucionalidad.