Impugnan Morena, PRI y PRD ante el IEPC los lineamientos sobre acciones afirmativas

Daniel Velázquez

Los dirigentes estatales de Morena, Jacinto González Varona, del PRI, Alejandro Bravo Abarca, y del PRD, Alberto Catalán Bastida, confirmaron que impugnaron ante el IEPC los lineamientos aprobados por los consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) para los comicios de 2024, sobre las acciones afirmativas para las candidaturas.
Los dirigentes partidistas coincidieron en que fueron los representantes de sus partidos ante el IEPC los que presentaron los recursos. Ayer venció el plazo para que los partidos inconformes con los lineamientos pudieran recurrirlos.
De Morena, el presidente del Comité Ejecutivo Estatal Jacinto González indicó que fue la representante del partido ante el órgano electoral Esther Araceli Gómez Ramírez, quien por instrucción de la dirigencia nacional presentó el recurso.
El presidente del Comité Directivo Estatal del PRI, Alejandro Bravo, informó que ayer presentaron su impugnación ante el IEPC “vamos a buscar que se apeguen a lo que dice la ley, para que se respeten los lineamientos que dio el Congreso, que es quien realmente está facultado para modificar la ley, es todo lo que vamos a pedir que nos apeguemos a la ley”.
Del PRD, Alberto Catalán informó que el pasado lunes presentaron la impugnación contra los lineamientos aprobados en el IEPC y su postura es que sean apegados a lo que dice la ley.
Del PAN, Eloy Salmerón dijo que su postura es que se respete la ley pues ahí está garantizada la inclusión de la sociedad para la participación electoral.
El coordinador estatal de Movimiento Ciudadano, Julián López Galeana, informó que su partido no impugnará los lineamientos aprobados por el pleno del IEPC, “estamos a favor de que las acciones afirmativas sean respetadas, nosotros vamos a ir mas allá de la paridad al 50 por ciento y estamos a favor de todo lo que representa a los ciudadanos”.
Entre los lineamientos aprobados por los consejeros del INE se establece que los partidos postulen seis aspirantes indígenas en los municipios considerados así mientras que la ley marca que debe ser cuatro.
También estableció que los partidos deben incluir una candidatura indígena y otra afrodescendiente en la lista de diputados plurinominales en los primeros ocho lugares de las listas que registran los partidos.
En tanto para la figura del diputado migrante, el pleno del IEPC acordó que los partidos o coaliciones deberán postular dos fórmulas, una integrada por mujeres y otra por hombres quienes deberán acreditar su residencia legal en otro país.

 

Lineamientos del IEPC para candidaturas afros e indígenas, más garantistas que la ley electoral

 

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

En los lineamientos para el Registro de Candidaturas para el Proceso Electoral Ordinario de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2023-2024, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), estableció reglas que los partidos y candidaturas comunes deben cumplir, las cuales buscan ser “más garantistas” de los derechos que la ley en la materia recientemente aprobada por el Congreso local.
En el título tercero de estos lineamientos, el IEPC estableció las reglas para el registro de candidaturas indígenas, afromexicanas y para la diputación migrante.

Diputados indígenas

La principal oposición manifestada por los partidos políticos es en los lineamientos para la postulación de candidatos a diputaciones locales indígenas, porque el IEPC estableció que de los ocho municipios considerados indígenas, seis deben ser de pueblos originarios, esto a pesar de que la ley electoral establece que solo deben ser cuatro, que son el 50 por ciento.
En el artículo 56 de los lineamientos, el IEPC estableció que: “Para el registro de candidaturas a diputaciones de Mayoría Relativa, los partidos políticos deberán postular candidaturas indígenas en al menos 6 de los 8 distritos electorales considerados como indígenas, debiendo observar y garantizar que los registros se realicen de manera paritaria” es decir 50 por ciento para cada género.
Mientras que para el registro de candidaturas a diputaciones locales de Representación Proporcional, es decir los espacios plurinuminales “los partidos políticos deberán registrar cuando menos una fórmula de candidaturas indígenas, dentro de los primeros 8 lugares de la lista respectiva”, a pesar de que la ley electoral no establece ningún lugar en especifico de esta lista.
En los lineamientos se establece que para verificar el cumplimiento de adscripción calificada, las candidatas o candidatos indígenas deberán de presentar además de la manifestación de auto adscripción indígena, una constancia emitida por una autoridad que en su caso podría ser unicamente del ayuntamiento, sin que necesariamente una asamblea comunitaria lo apruebe.
Entre los requisitos se establece que deben presentar “constancias con elementos objetivos, circunstancias, hechos o constancias que acrediten el vínculo comunitario de la o el aspirante a una comunidad indígena, expedidas por las o los Comisarios Municipales, Consejo de Ancianos, Consejo de Principales, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, mismas que podrán tener el aval de la asamblea comunitaria, y/o en su caso, constancias expedidas por los Ayuntamientos en aquellos casos donde no sea posible que la autoridad indígena, tradicional o comunitaria expida la constancia”.
Y que en los casos en los que “las constancias que requieren el aval de la asamblea comunitaria y que no se haya podido conseguir la misma, se deberá presentar la manifestación bajo protesta de decir verdad, las circunstancias, hechos o razones por las cuales no se haya podido obtener el aval de la asamblea comunitaria y, solamente, se presente el documento suscrito por la autoridad de la comunidad indígena respectiva”.
Finalmente se establece que “en el caso de las constancias que se presenten suscritas por los Ayuntamientos, adicionalmente deberán presentarse documentales o pruebas que permitan tener mayores elementos para la acreditación del vínculo comunitario con la autoridad inmediata de la localidad de donde sea originaria o se adscriba la candidata o candidato”.

Candidatos afromexicanos

En las normas también fija que los partidos además de postular a un o una afrodescendiente en el distrito 15 con cabecera en Cruz Grande, considerado afromexicano, deben incluir una fórmula entre los primeros ocho lugares de la lista de Representación Proporcional (plurinominal).
En este punto también están en contra los partidos políticos porque argumentan que la población afromexicana con presencia solo en un distrito ya tiene garantizado su espacio en la postulación de candidatos a diputados locales por Mayoría Relativa (que se elige en urnas).

Diputados migrantes

Para la postulación de candidaturas para la diputación migrante o binacional establecieron que los partidos políticos o candidatura común correspondiente, deberán registrar una lista de candidaturas una fórmula del género mujer y otra del género hombre; los candidatos deberán cumplir con una “residencia en otro país, acrediten que por lo menos seis meses antes del día de la elección, poseen domicilio en territorio del estado, y cuentan con credencial para votar”.
Y para acreditar la calidad de migrante o binacional debe tener legalmente su residencia en el extranjero; membresía activa en clubes o asociaciones de migrantes, de cuando menos un
año antes de su postulación, y haber realizado acciones de promoción de actividades comunitarias o culturales
entre la comunidad migrante.
Los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes deberán informar mediante oficio a la Secretaría Ejecutiva del IEPC cuando menos cinco días antes de la presentación del registro de sus candidaturas, el listado que específique los municipios en los que postularán a candidatas o candidatos indígenas y afromexicanos.
Son 39 los municipios que en el estado se consideran indígenas que van del 40 por ciento de la población hasta el 99.6 de la población.
Estos 39 municipios se dividen en tres bloques el primero de 40 al 59 por ciento de población que se autoadscribe indígena; el segundo de 60 al 79 por ciento de población que se autoadscribe indígena; y el tercero de 80 al 100 por ciento de esta población.

 

Desdeñan diputados propuestas de la consulta del IEPC sobre candidaturas indígenas y afro

Votación de los diputados de la Comisión de Justicia, Ana Lenis Reséndiz, del PAN; Estrella de la Paz, de Morena; el presidente de la comisión Jesús Parra, del PRI; Beatriz Mojica, de Morena; y Bernardo Ortega, del PRD Foto: Jessica Torres Barrera

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

La Comisión de Justicia del Congreso local, aprobó dictámenes con reformas en materia electoral. Las principales son la Ley 3 de 3 que suspende los derechos políticos y electorales de los agresores hacia las mujeres, y la que tiene que ver con candidaturas para integrantes de los pueblos originarios y afromexicanos, en el cual no se tomaron en cuenta decenas de propuestas que estas comunidades manifestaron en la reciente consulta llevada a cabo por el IEPC.
Se espera que estos dictámenes sean llevados ante el pleno en la sesión de este jueves, ya que mañana es el último día que tiene el Poder Legislativo para aprobar reformas en materia electoral y que estas normativas sean aplicables para el proceso electoral 2023-2024.
La sesión de la comisión se realizó en la sala de los Proceres José Francisco Ruiz Massieu y fue abierta, incluso transmitida en vivo. Se esperaba una discusión por la iniciativa del perredista Bernardo Ortega Jiménez que propone que se respete la decisión de los partidos políticos en el orden y género que se registran las diputaciones plurinominales.
La intención de esta iniciativa era que en la integración del pleno no se dejaran fuera a los varones que los partidos registraron en las primeras fórmulas, como ocurrió con el caso de Evodio Velázquez Aguirre. Sin embargo, el diputado retiró la iniciativa a solicitud de grupos feministas como la Red para el Avance Político de las Mujeres, y de la morenista Citlali Calixto Jiménez.
A la sesión llegaron los cinco integrantes de la Comisión de Justicia: el presidente el priista Jesús Parra García, la secretaria y vocal Beatriz Mojica Morga, y Estrella de la Paz Bernal, ambas de Morena, así como la panista Ana Lenis Reséndiz Javier y el perredista Bernardo Ortega Jiménez.
Ahí, Bernardo Ortega dijo “no voy a ser juguete de nadie” y adelantó que propondría modificaciones a los dictámenes que se discutirían “porque se proponen cosas aberrantes”, y aseguró que estos no los realizó la Comisión de Justicia, después en varios momentos señaló que fue la Jucopo la que realizó estos documentos.
“Creo que están actuando con alevosía y ventaja quienes hicieron este dictamen, porque quiero decirles que este dictamen no lo construyó la Comisión de Justicia, a mí no me tomaron en cuenta, y yo no voy a permitir esto, soy defensor de la legalidad… yo no soy juguete de nadie, ni me voy a dejar manipular por nadie”.
En respuesta, Jesús Parra le dijo a Bernardo Ortega que fue un acuerdo entre los diputados y el trabajo de la comisión se “estaría consultando con sus secretarios técnicos”.

Candidaturas indígenas y
afromexicanas

En el dictamen, los diputados se limitaron a legislar sobre las reformas que la Corte les invalidó por falta de consulta, y no incluyeron ningún otro tema planteado por las autoridades comunitarias de pueblos indígenas y afromexicanos.
El Congreso realizó a través del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) una consulta, a partir de la cual el organismo envió a los diputados un informe en el que se incluyeron decenas de propuestas recabadas, pero finalmente en el dictamen no se tomaron en cuenta.
Se quitó del texto de la ley electoral la facultad al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), y la Secretaría para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos de expedir estas constancias de autoadscripción.
Lo anterior a pesar de que una de las principales propuestas que el IEPC recogió en la reciente consulta que realizó a pueblos indígenas y afromexicanos, fue que la asamblea es la máxima autoridad para aprobar la constancia de adscripción a alguna de estas poblaciones, en el dictamen se abre la posibilidad a que sean también el Ayuntamiento.
Incluso, en el dictamen se establece que, para el registro de las candidaturas por estos principios, se deberá acreditar la autoadscripción calificada con una constancia que contenga o esté basada en alguno de los siguientes elementos.
Estos son: el haber prestado servicios comunitarios o desempeñado cargos tradicionales en la comunidad o distrito; haber participado en reuniones de trabajo tendientes a mejorar instituciones tradicionales o resolver los conflictos que se hayan presentado en torno a ellas, dentro de la población, comunidad o distrito; haber sido representante de alguna comunidad o asociación indígena o afromexicana, cuya finalidad sea mejorar sus conservar instituciones.
También puede ser a través de presentar constancia expedida por el Ayuntamiento, Comisaría Municipal, Consejo de Ancianos, Consejo de Principales Comisariado de Bienes Comunales, con la que se acredite la pertenencia a población o comunidad indígena o afromexicana; y finalmente se agregó a propuesta de Beatriz Mojica el que sea a partir de su activismo a favor de estas poblaciones.
Queda vigente el texto del artículo 13 Ter. que los partidos políticos deberán postular fórmulas de candidaturas a diputaciones de mayoría relativa de origen indígena o afromexicana en, por lo menos, la mitad de los distritos en los que la población indígena o afromexicana sea igual o mayor al 40 por ciento del total de la población del distrito.
También el texto del artículo 272 Ter. Que establece que en los municipios que conforme al último censo de población tengan una población indígena o afromexicana que sea igual o mayor al 40 por ciento, los partidos políticos deberán postular, en por lo menos la mitad de esos municipios, el 50 por ciento de candidaturas de origen indígena o afromexicana, en la planilla de presidencia y sindicaturas, así como en la lista de regidurías para integrar los ayuntamientos.

Otras reformas

Ayer se aprobó un dictamen en el que se concentraron diversas iniciativas en la materia, entre ellas una para armonizar la legislación local con la federal en lo referente a la “Ley 3 de 3 contra la Violencia”, la cual plantea que las personas con sentencias firmes por delitos graves relacionados con la vida, integridad corporal, sexuales, violencia familiar, violencia política contra las mujeres e incumplimiento de la obligación alimentaria, no puedan ser candidatos a cargos de elección popular ni nombrados en cargos o comisiones del servicio público.
Al dictamen se le realizó una modificación en la que estuvieron de acuerdo todos los integrantes, la cual consiste en que las acciones afirmativas para garantizar los espacios a los integrantes de la comunidad LGTBI+ no trastoque la paridad entre hombres y mujeres, apuntando que las personas que se auto definan como mujeres, no pueden ser registradas con este sexo, si no que se deben limitar a los espacios para el sector de la diversidad sexual.
Otro tema que generó discusión fue una propuesta para dividir una dirección en el IEPC. El diputado Bernardo Ortega acusó que en el órgano electoral se pretenden generar nuevas áreas para hacer un mismo trabajo y que el motivo es que hay quienes necesitan espacios porque quieren dar “chamba” a sus equipos.
También se manifestó en contra de que el órgano interno de control del IEPC pase a la adscripción de la presidenta del Consejo General, cuando actualmente responde a todos los consejeros, y apuntó que esta es propuesta es “regresiva” porque lo que se debería buscar es la autonomía de las autoridades a las que se vigila.
“¿La Jucopo así la quiere? Entonces que sea parejo para todos los órganos internos de control, Derechos Humanos, el Tribunal Administrativo, de la Fiscalía ¿Qué interés hay de que dependa de la presidenta o presidente?”.
El secretario técnico César Ramos Castro señaló que se debe tener mucho cuidado “porque pareciera que alguien deslizó por ahí esa facultad para que el órgano de control interno quede sujeto a presidencia, y eso sí está en contra de todo el sistema nacional anticorrupción y en contra de la naturaleza misma de los órganos autónomos”.
Otro tema fue es el relacionado con las acciones afirmativas a favor de la comunidad LGTBI; es que, si una persona se autoadscribe a un género y así es registrado por los partidos, estos podrían ser utilizados para la compensación del género.
Explicó que un partido podría registrar cualquier número de personas de la diversidad que se autoadscriben como mujeres y que se les tendrían que dar esos espacios, y en ese sentido dijo que la inclusión podría terminar afectando la paridad entre hombres y mujeres.

 

Inician proceso de consulta a pueblos indígenas y afromexicanos sobre candidaturas para el 2024

 

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), aprobó los lineamientos, el plan de trabajo y el calendario para la consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas para determinar las reglas con las que se garantizará a estas poblaciones su participación en el proceso electoral 2023-2024.
La consulta se realizará en cumplimiento a la Acción de Inconstitucionalidad 136/2020, que invalidó las reformas realizadas por 62 legislatura al Congreso local, en las que se establecieron las reglas para la postulación y registro de candidaturas indígenas y afromexicanas a los cargos de diputaciones locales e integrantes de ayuntamientos.
Estas reformas deberán ser aprobadas por el Poder Legislativo local a más tardar 90 días antes del inicio del proceso electoral próximo para que sean vigentes en el próximo proceso.
El plazo que la Corte estableció al Poder Legislativo de Guerrero para las reformas en la materia venció el pasado octubre, pues en su resolución los magistrados vincularon al Congreso en la sentencia de invalidez para que realice la consulta y emita la regulación aplicable “a más tardar, dentro del año siguiente a la conclusión del proceso electoral ordinario 2020-2021”. Sin embargo, el Congreso pidió una prórroga a la Corte y argumentaron que están en “vías de cumplimiento”.
Con la aprobación por el Consejo General de estos lineamientos, el plan de trabajo y el calendario de la consulta se da inicio a este proceso.
La consulta se realizará en “colaboración y coordinación interinstitucional” entre el Congreso y el IEPC de acuerdo con un convenio específico para este fin firmado el martes pasado por la presidenta de la Jucopo Yoloczin Domínguez Serna, y la presidenta del IEPC Luz Fabiola Matildes Gama.
En este convenio, de acuerdo a lo mencionado en un boletín del Congreso local, “las partes firmantes se comprometen a efectuar de manera coordinada la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del estado de Guerrero, respecto de la consulta ordenada por sentencia en la Acción de Inconstitucionalidad 136/2020”.
Esta consulta se da a partir del mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a partir de dos procedimientos, en contra de las reformas en materia electoral que tienen que ver con la postulación de candidaturas indígenas y afromexicanas aprobadas por el Congreso local.
La acción de inconstitucionalidad ante la Corte lo promovió un grupo de 16 diputados de Morena de la pasada legislatura, incluida la ahora presidenta de la Jucopo Yoloczin Domínguez, y el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de los ciudadanos ante el TEPJF fue presentado por quien se ostentaba como gobernador nacional indígena y representante de las 62 lenguas maternas Hipolito Arriaga Pote, ambas resoluciones ordenan una legislación en la materia a partir de una consulta previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
La Corte ordenó que se establezcan en la legislación -a partir de la consulta- las reglas para la postulación y registro de candidaturas indígenas y afromexicanas a los cargos de diputaciones locales e integrantes de Ayuntamientos; y el TEPJF ordenó también que se establezcan las reglas para acreditar la autoadscripción calificada, que deberán observar los partidos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 que también tiene que ver con que se dé prioridad a candidatos indígenas o afromexicanos en zonas con mayor población de estos dos grupos.
A partir de esta consulta, deberán quedar establecidas las reglas que operarían para el próximo proceso electoral sobre el número de distritos, municipios, cargos que aplicarían para la exclusividad de representación indígena y afrodescendiente y, que en el caso del Congreso del Estado, deberá expedir el decreto que modifique la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia indígena y afrodescendiente.
Ayer en la sesión del CG del IEPC se informó que la consulta se realizará en 49 municipios: Acatepec, Ahuacuotzingo, Alcozauca de Guerrero, Alpoyeca, Atenango del Río, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Ayutla de los Libres, Azoyú, Buenavista de Cuéllar, Chilapa de Álvarez, Cochoapa el Grande, Copalillo, Copala, Copanatoyac, Cuajinicuilapa, Cualác, Cuautepec, Cuetzala del Progreso, Eduardo Neri, Florencio Villarreal, Huamuxtitlán, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, Igualapa, Iliatenco, Ixcateopan de Cuauhtémoc, José Joaquín de Herrera, Juchitán, Malinaltepec, Marquelia, Mártir de Cuilapan, Metlatónoc, Mochitlán, Olinalá, Ometepec, Quechultenango, San Luis Acatlán, Tepecoauilco de Trujano, Tixtla de Guerrero, Tlacoachistlahuaca, Tlacoapa, Tlalixtaquilla de Maldonado, Tlapa de Comonfort, Xalpatláhuac, Xochihuehuetlán, Xochistlahuaca, Zapotitlán Tablas y Zitlala.
También se hizo la precisión que los resultados de la consulta se sistematizarán y entregarán al Congreso local a través de la Jucopo para que realice las reformas necesarias. El IEPC también utilizará esta información para aprobar los lineamientos que aplicarán en el próximo proceso electoral en materia indígena, y se aprobó la convocatoria para observadores de este proceso de consulta.
Además, se aprobó una modificación del Programa Operativo Anual, así como el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal 2023 del IEPC para atender el convenio específico de colaboración interinstitucional suscrito entre el Congreso local y el instituto electoral.
En la sesión también se tomó protesta a las nuevas integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional. Se trata de Deysi Anahí Santiago Baltazar, como Técnica de lo Contencioso Electoral, Marleny Larios Bazán como Técnica de Organización Electoral, Aimé Hernández Vélez como Técnica de Sistemas Normativos Pluriculturales, y Gabriela Elizabeth Ávila Gonzaga, Técnica de Sistemas Normativos Pluriculturales.