Sanciona el TEE a dos periodistas y exonera a tres por la denuncia de la edil capitalina de violencia política de género

Lourdes Chávez

Chilpancingo

Por la denuncia de violencia política en razón de género que presentó la alcaldesa de Chilpancingo, Norma Otilia Hernández Martínez, contra un reportero y columnistas del periódico Diario de Guerrero, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) amonestó y ordenó inscribir por un mes al columnista Efraín Flores Iglesias, y en corresponsabilidad a la directora del medio, Érika García Guevara, en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
Declaró inexistente infracción contra el reportero y los columnistas Abel Miranda Ayala, Baltazar Jiménez Rosales y Juan Antelmo García Castro, del mismo medio de comunicación, también señalados en la denuncia.
De acuerdo con la sentencia aprobada en la sesión de este lunes, la información publicada el 12 de abril, 21 y 22 de octubre de este año, que firma Flores Iglesias, “contiene estereotipos de género, roles de sumisión que tienen efectos diferenciados y simbólicos por el hecho de ser mujer, que no se amparan en el ejercicio periodístico y el acceso a la información, como parte de la libertad de expresión que poseen periodistas”.
Señalaron que la directora tiene responsabilidad compartida con el autor de los textos, por la difusión. Sin embargo, calificaron como levísima la infracción e impusieron como sanción, una disculpa pública, el retiro de la información por contener violencia política en razón de género, y recibir un curso de género con bibliografía especializada.
Como garantía de no repetición, ordenó al IEPC inscribir a Flores Iglesias, a través de García Guevara, por un mes, en el registro de personas sancionadas.
Finalmente, exhortó a las personas sancionadas a evitar en lo subsecuente, “que las notas o columnas escritas y difundidas sobre Norma Otilia Hernández Martínez y de otras mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales, contengan expresiones que hagan alusión a estereotipos de género, roles de dominación, sumisión o cualquier otra expresión que tenga por objeto denigrar o descalificar a las mujeres que ocupan cualquier cargo de elección popular”.