Sanciona el TEE a dos periodistas y exonera a tres por la denuncia de la edil capitalina de violencia política de género

Lourdes Chávez

Chilpancingo

Por la denuncia de violencia política en razón de género que presentó la alcaldesa de Chilpancingo, Norma Otilia Hernández Martínez, contra un reportero y columnistas del periódico Diario de Guerrero, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) amonestó y ordenó inscribir por un mes al columnista Efraín Flores Iglesias, y en corresponsabilidad a la directora del medio, Érika García Guevara, en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
Declaró inexistente infracción contra el reportero y los columnistas Abel Miranda Ayala, Baltazar Jiménez Rosales y Juan Antelmo García Castro, del mismo medio de comunicación, también señalados en la denuncia.
De acuerdo con la sentencia aprobada en la sesión de este lunes, la información publicada el 12 de abril, 21 y 22 de octubre de este año, que firma Flores Iglesias, “contiene estereotipos de género, roles de sumisión que tienen efectos diferenciados y simbólicos por el hecho de ser mujer, que no se amparan en el ejercicio periodístico y el acceso a la información, como parte de la libertad de expresión que poseen periodistas”.
Señalaron que la directora tiene responsabilidad compartida con el autor de los textos, por la difusión. Sin embargo, calificaron como levísima la infracción e impusieron como sanción, una disculpa pública, el retiro de la información por contener violencia política en razón de género, y recibir un curso de género con bibliografía especializada.
Como garantía de no repetición, ordenó al IEPC inscribir a Flores Iglesias, a través de García Guevara, por un mes, en el registro de personas sancionadas.
Finalmente, exhortó a las personas sancionadas a evitar en lo subsecuente, “que las notas o columnas escritas y difundidas sobre Norma Otilia Hernández Martínez y de otras mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales, contengan expresiones que hagan alusión a estereotipos de género, roles de dominación, sumisión o cualquier otra expresión que tenga por objeto denigrar o descalificar a las mujeres que ocupan cualquier cargo de elección popular”.

 

Multan al alcalde Osiel Pacheco por violencia política de género; un monto ridículo: activista

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado (TEE), sancionó al alcalde de Coyuca de Benítez, el morenista Osiel Pacheco Salas, junto con otros servidores públicos y funcionarios del Ayuntamiento, por violencia política en razón de género en contra de la regidora del PAN, Natividad Guadarrama Reyes.
En sesión pública, los magistrados declararon procedente la demanda porque quedó acreditado que no le permitieron el ejercicio de sus funciones negandole información, retuvieron sus pagos desde mayo de 2022, no dieron de alta al personal de su oficina, entre otros actos que constituyen violencia de tipo verbal, simbólica y económica.
La falta del alcalde fue calificada como “grave ordinaria”, y recibió multa de 10 mil 100 UMA, que equivale a 10 mil 374 pesos, y una amonestacion para  los demás infractores. Y motivó en redes sociales críticas de activistas políticas que consideraron muy baja la sanción, porque mencionan su inscripción en el Registro Estatal de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.
La presidenta de la Red por los Derechos Políticos de las Mujeres Guerrerenses, Muriel Salinas Díaz, señaló que la sentencia no es proporcional con el daño causado a la víctima ni garantiza la reparación del daño en medidas efectivas, y pone en duda la imparcialidad del órgano jurisdiccional.
“Desde nuestro punto de víctimas esta  sentencia se debe impugnar y la Red ofreció acompañamiento a la víctima para ir a la siguiente instacia”, indicó vía telefónica.
El jucio del Proceso Especial Sancionador 03 de este año que promovió la regidora de Comercio y Abasto Popular contra el alcalde Pacheco Salas, el secretario de Gobierno, Víctor Hugo Catalán Díaz; la secretaria general, Silvia Talavera Organes; la síndica Procuradora, Romana Leonardo Apolonio; la directora del Jurídico, Yamireth Stephany Hernández Mazón, y la secretaria de Administración, Esther Ríos Soberanis, fue turnado a magistrada Hilda Rosa Delgado Brito.
En el proyecto se acreditaron actos y omisiones que obstruyeron el ejercicio de su cargo como regidora, así como expresiones que implican violencia verbal, simbolica, económica y sicológica.
Señaló que el alcalde omitió a responder a las solicutudes de la denunciante sobre las finanzas de la administración, el número de empleados en nómina, de los laudos laborales, el presupuesto en el último trimeste del ejercicio fiscal de 2021, y el desistimiento de la demanda laboral de la secetaria de Servicios Públicos.
Asimismo, el secetario de Bienestar no le dio información de la demanda laboral de la secretaria Servicios Públicos, de varias actas de cabildo de 2021, y la copia del reglamento inrterno del Ayuntamiento; la sindica y la directora juridica también evadieron su responsabidad.
La Secretaría de Finanzas suspendió sus pagos desde mayo de 2022, el
El oficial mayor y el director de Recursos Materiales omitieron entregar material de papelería a su oficina y tampoco dieron de alta al personal. Además de que la denostraron con la intención de descreditarla ante los demás miembros del cabildo en el ánimo de no atender sus peticiones. En una sesión del cabil, el alcalde le dijo que su participación “era pura demagogia”.
El alcalde fue sancionado con una multa de 10 mil 374 pesos, el resto una amonestación, además de abstenerse de volver a denostar a la regidora y obstaculizar su función.  También tendrán que pagar su atención sicológica, cubrir los pagos y cuotas suspendidas hace un año, en un plazo de cinco días hábiles.

Débil sentencia: Red Guerrerense

En consulta, Muriel Salinas Díaz calificó como “débil” esta sentencia porque no garantiza medidas adecuadas de no repetición, por no establecer la inscripción de los infractores en el Registro Estatal de Personas Sancionadas.
En el supuesto de que tenga que hacerlo el Instituto Electoral y de Participacion Ciudadana, advirtió que los magistrados debieron establecer el tiempo que deben permanecer en el listado. No haberlo hecho, vulnera el debido proceso y el derecho constitucional a la debida diligencia.
“Este tipo de sentencias genera la duda respecto de la imparcialidad del tribunal, porque, aún cuando acreditan  la comision de estos actos de VPG, ninguna de las sanciones son equivalentes al daño causado, carecen de fuerza, de contundencia para tener un efecto de no repetición”.
Recordó que la reciente reforma a la ley electoral local se incorporó la llamada Ley 3 de 3 contra la violencia de género, para evitar que ocupen un cargo público o por designación quien haya sido sancionado VPG contra las mujeres en razón de género, y la única forma de constatarlo es consultar Registro de Personas Sancionadas. “No incluiros, emite mensaje lamentable, parece que protegen al agresor”, denunció.
Además, señaló que el tiempo de permanencia en el registro, tendría que ser razonable, de uno o dos años, para garanizar el acceso a la justicia y reparacion integral del daño, para tenga efecto de exigibilidad la 3 de 3, y no tengan acceso a las candidaturas de la siguiente elección.
“Lo que ha ocurrido en algunas sentencias, donde sí se ordena la inscripcion, es que la permanencia de estas pesonas en el registro es de tiempo breve. Seguimos esperando del TEE que no les tiemble la mano y sean garantistas de la debida diligencia y del acceso a la jsuticia”
Señaló que estas sentencias deben observar también lo dipuesto en artículo 12 de Ley General de Victimas, en las fracciones segunda, sobre la reparación expedita. de manera proporcional y justa, “no lo vemos en esta sentencia”
Consideró “ridicula” la multa para el alcalde, “no es absoluto digamos reparadora del daño causado en cuanto a la violencia económica de la que fue víctima la regidora, aun cuando se le restituyan las pagos que le retuvieron ilegalmente”.

 

Sanciona Protección Civil a dueños de 11 casas por arrojar aguas negras a canales


Cristina Sierra Rosas

Durante una inspección en zonas de alto riesgo y cauces pluviales, la Dirección de Ecología, Protección Civil y la Policía Ecológica sancionaron a los propietarios de 11 viviendas y negocios por el vertimiento de aguas negras y se ubicaron construcciones en zonas con alto grado de inseguridad.
El director de Protección Civil, José Antonio Pacheco Albert, explicó que hicieron un diagnóstico en las 20 zonas en que se divide el municipio para ubicar los canales pluviales más azolvados, a fin de que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas (Seduop) los limpie.
Comentó que a la Seduop se le entrega una lista de canales estratégicos, es decir donde la acumulación es tierra, lodo y basura, y así comienza el programa para desazolvar los canales con la maquinaria necesaria.
Dijo que es necesario el desazolvamiento de los canales para evitar inundaciones por el taponamiento de los cauces durante la temporada de lluvias.
El sábado, la Dirección de Ecología levantó 23 sanciones a negocios y casas habitación en la revisión a canales pluviales en las colonias Santa Cecilia, Garita del Tigre, ubicada a un costado de la Preparatoria 7, en el río El Camarón, y en la unidad habitacional El Coloso.
En un boletín de prensa se informó que inspectores de Protección Civil colocaron sellos de Zona de Alto Riesgo a una construcción que se ubica sobre un cauce pluvial en El Coloso, entre avenida Peña Blanca y El Morro, en la primera etapa.