La sentencia de la Coidh por el caso de Valentina no se ha cumplido totalmente, dice Tlachinollan

En vísperas de que un juzgado civil federal emita la sentencia en contra de los soldados acusados de la violación sexual de la indígena Valentina Rosendo Cantú, en acatamiento a la sentencia que emitió el 31 de agosto del 2010 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan reclamó que la sentencia no se ha cumplido total ni cabalmente.
El 24 de mayo organizaciones del Observatorio Internacional sobre Derechos Humanos en México informaron que en los próximos días una jueza federal en México podría emitir la sentencia en el juicio penal en contra de dos soldados acusados de cometer tortura, violación y abuso de autoridad en contra de Valentina Rosendo.
Ayer Tlachinollan, organismo que brindó acompañamiento a la víctima en la presentación de la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), dio a conocer una ficha técnica en la que establece el estado actual de la sentencia, que revela sólo el cumplimiento parcial a 8 años de que se emitió.
Por ejemplo, de acuerdo a esta sentencia el Estado debería adoptar en un plazo razonable las reformas legislativas pertinentes para compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia, y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de conformidad con lo establecido en el párrafo 222 de la sentencia.
Sin embargo en los últimos años se han aprobado reformas que son un retroceso y desconocen el objetivo intrínseco de las resoluciones emitidas por la Corte, “es decir, compatibilizar estándares internacionales y la necesidad que sean tribunales ordinarios los que investiguen y juzguen casos de esta naturaleza”.
Una de estas leyes, citó, es la Ley de Seguridad Interior que se aprobó en diciembre pasado que “que extrapola las facultades de las Fuerzas Armadas, lo que va en contrasentido de esta medida de reparación”.
Uno de los puntos que sí ha cumplido el Estado mexicano es el que se refiere al acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos que se llevó a cabo con la participación de Valentina Rosendo, “y en los términos señalados por la sentencia” el 15 de diciembre de 2011.
Sin embargo, Tlachinollan cuestiona que en la sentencia se pidió al Estado mexicano realizar las publicaciones dispuestas, de conformidad con lo establecido en el párrafo 229, pero menciona que la sentencia se publicó en diarios de circulación nacional, así como en el Diario Oficial de la Federación en idioma español, y que “en relación al idioma me’phaa y su emisión en radiodifusoras locales no se cumplió totalmente”.
También que el Estado deberá continuar la estandarización de un protocolo de actuación para el ámbito federal y del estado de Guerrero, respecto de la atención e investigación de violaciones sexuales considerando, en lo pertinente, los parámetros establecidos en el Protocolo de Estambul y en las Directrices de la Organización Mundial de la Salud, de conformidad con lo establecido en el párrafo 242 de la sentencia.
Dijo que si bien el Estado mexicano ha adoptado ciertos documentos relacionados con el problema y se ha avanzado con el diseño de protocolos y guías en la materia, no incluyen criterios relevantes a la luz de las sentencias respecto de la perspectiva de etnicidad.
En los párrafos 245 y 246 de la sentencia se ordena al Estado mexicano continuar implementando programas y cursos permanentes de capacitación sobre investigación diligente en casos de violencia sexual contra las mujeres, que incluyan una perspectiva de género y etnicidad, los cuales deberán impartirse a los funcionarios federales y del estado de Guerrero.
En la ficha técnica Tlachinollan reprocha que los cursos reportados por el Estado mexicano tienen como temática principal la perspectiva de género y existe un programa en línea de Protocolos de Investigación Ministerial, Policial y Ministerial con Perspectiva de Género.
“No obstante de ellos no puede desprenderse que incluyan perspectiva de etnicidad. Tampoco que el cumplimiento se haya realizado plenamente, ya que es mínima la cantidad de servidores públicos del estado de Guerrero que toman estas capacitaciones”, expone.
Dice que el Estado continuamente enlista una serie de programas de formación, talleres y actividades dirigidos por la Fiscalía General de Guerrero y la Secretaría de la Mujer en el estado, así como por Inmujeres a nivel federal, “sin embargo, ninguno de estos atiende las problemáticas planteadas”.
En la sentencia la Coidh ordena al Estado mexicano a continuar acciones desarrolladas en materia de capacitación en derechos humanos de integrantes de las Fuerzas Armadas, “y deberá implementar, en un plazo razonable, un programa o curso permanente y obligatorio de capacitación y formación en derechos humanos dirigido a los miembros de las Fuerzas Armadas”.
El organismo asegura que el Estado mexicano ha presentado una lista de talleres y capacitaciones que no son de carácter permanente ni se han diseñado como resultado de la implementación de esta medida de reparación.
“Además sin aportar información adicional que permita conocer las medidas realizadas para implementar el programa o curso permanente y obligatorio de capacitación que incluya, entre otros temas, los límites en la interacción entre el personal militar y la población civil, género y derechos indígenas, dirigidos a los miembros de las Fuerzas Armadas en todos los niveles jerárquicos”, señala.
Tlachinollan denuncia también que a pesar de que en la sentencia se obliga al Estado mexicano a brindar el tratamiento médico y psicológico que requieran las víctimas, en varias ocasiones no se cumple aun cuando Valentina cuenta con una atención especial hacia su salud, pues tiene que “intermediar ante las instancias de gobierno reiterándoles la calidad de ambas y el deber prioritario de atenderlas”.
Destaca que el sistema por el cual se les proporciona servicio médico es el Seguro Popular con enlaces de salud, “el cual no ha logrado cumplir lo que se esperaba”.
En el párrafo 260 de la sentencia se ordena al gobierno de México continuar brindando servicios de tratamiento a mujeres víctimas de violencia sexual por medio del centro de salud de Caxitepec, el cual deberá ser fortalecido a través de la provisión de recursos materiales y personales.
“Esta medida se encuentra totalmente incumplida. Si bien el Estado ha señalado que el Centro de Salud Caxitepec cuenta con médicas pasantes que laboran tres semanas de medio tiempo, esto no es suficiente ni establece cómo estos médicos o médicas se han visto fortalecidas para atender a víctimas de violencia sexual. Además, el centro de salud no cuenta con abastecimiento continuo de medicamentos”, expone el organismo de derechos humanos.

 

Está abandonado el centro para mujeres indígenas que ordenó la Coidh en Ayutla, señala Tlachinollan

 

A casi 8 años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) por la violación sexual de militares a la indígena Inés Fernández Ortega, en la que ordenó la instalación del Centro de Atención para la Mujer Indígena, la Infraestructura construida en Ayutla se encuentra abandonada y deteriorándose desde 2015, debido a que el gobierno de Enrique Peña Nieto pretendió darle un uso distinto al ordenado por la Corte, pero la beneficiaria de la sentencia se opuso.
El director del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, Abel Barrera Hernández, (organismo que brindó acompañamiento al caso de la indígena), consultado vía telefónica declaró que el Estado mexicano incumplió la sentencia o cuando menos ha sido omiso y moroso para atender la medida de reparación ordenada por la Corte en el caso de Fernández Ortega.
La Coidh emitió la sentencia por el caso Fernández Ortega el 30 de agosto de 2010, por la violación sexual ocurrida el 22 de marzo de 2002 en la comunidad me’ phaa de Barranca Tecoani, municipio de Ayutla.
En dicha sentencia la Corte estableció que el Estado mexicano facilitará los recursos necesarios para que la comunidad indígena de Barranca Tecoani establezca un centro comunitario, que se constituya como un centro de la mujer en el que se desarrollen actividades educativas en derechos humanos y derechos de la mujer, “de conformidad con lo establecido en el párrafo 267 de la presente sentencia”.
El 6 de marzo de 2012 el entonces secretario de Gobernación del gobierno de Felipe Calderón, Alejandro Poiré Romero acudió a Ayutla a expresar una disculpa pública a Fernández Ortega en acatamiento a la sentencia, y entonces los gobiernos federal y estatal asumieron el compromiso con la víctima y con la dirigencia de la Organización del Pueblo Indígena Me’ Phaa (OPIM), de poner en marcha el Centro Comunitario de Atención a las Mujeres como parte de la sentencia de la Corte.
El secretario Poiré Romero regresó a Ayutla el 11 de septiembre de ese año y colocó la primera piedra del Centro Comunitario que debió ser entregado y puesto en operación en 2015.
“La obra se terminó a principios del 2015, pero quedó abandonada, sin servicios de energía eléctrica y de agua y sin mobiliario, “todavía no alcanza a ser un centro comunitario con todos sus componentes y le hace falta mobiliario para la atención a las mujeres indígenas”, informó ayer Abel Barrera.
El defensor de derechos humanos denunció que desde entonces ya no se le dio ningún seguimiento de los gobiernos federal y estatal. El gobierno estatal intentó en algún momento ponerlo en funcionamiento sin que tuviera las condiciones adecuadas y dignas.
“No se ha concluido como debe de ser, la infraestructura quedó inconclusa, quedó abandonada y se ha ido deteriorando el edificio, hay goteras, hay filtraciones de agua y no hay un seguimiento o mantenimiento. El inmueble se mantiene cerrado”, denunció.
Informó que hace dos años el gobierno federal mediante la Secretaría de Gobernación propuso que se trasformara en un Centro de Atención a las Mujeres Indígenas (CAMI) de los que opera la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (Cdi).
La propuesta del gobierno federal fue desechada por la beneficiaria Inés Fernández quien acordó con las autoridades que haría llegar una propuesta para el funcionamiento del Centro a fin de que no se incumpliera lo que estableció en su sentencia la Coidh.
Barrera Hernández informó que la propuesta de la indígena la entregaron hace 8 meses a la Secretaría de Gobernación, y que se elaboró con base a experiencias de organizaciones que están empoderando a las mujeres pero que todavía no han tenido respuesta.
Dijo que Inés les hizo ver a las autoridades que el Centro Comunitario forma parte de una sentencia con el que se busca garantizar la atención digna a las mujeres indígenas, con componentes que impliquen una atención integral a las mujeres y que no es un proyecto que responda a otro tipo de necesidades, como sería el CAMI.
Barrera informó que el Centro incluye un albergue para niñas indígenas y que por lo mismo tiene otra finalidad.
“En la misma sentencia de la Corte establece que el Centro tiene que ver con una reparación comunitaria para las mujeres indígenas, lideradas por Inés Fernández que fue la víctima”, mencionó.
Pero dijo que como esto implica recursos financieros y se requiere de un modelo de financiamiento a nivel federal, mismo que tendría que ser a manera de fideicomiso para que se garantice el subsidio a este Centro, ha quedado estancada la negociación, y que el gobierno de Enrique Peña Nieto insiste en su propuesta de que se convierta en CAMI, “lo que implicaría que funcionarios de otras dependencias presten un servicio al Centro de Atención Comunitario”.
Para Barrera Hernández el gobierno federal está incumpliendo la sentencia de la Corte y quiere darle una cobertura al Centro, similar a la que hizo con Ciudad Mujer en Tlapa “que fue un proyecto grande y pionero de la Secretaría de Desarrollo Social, inaugurado por el presidente de la República pero que no funciona, está abandonado”, dijo.
Agregó que también el CAMI es un modelo obsoleto, sin compromiso con las mujeres indígenas y burocrático, “sólo para crear una imagen y generar estadísticas pero nada tiene que ver con una institución que las mujeres sientan y que realmente las apoye y se les proteja”, que es lo que se estableció en la sentencia de la Corte en el caso de Inés Fernández.
Insistió en que lo que quiere hacer el gobierno federal es que los funcionarios trabajen a “destajo” en las instalaciones del Centro y que solamente hagan presencia, pero que no den seguimiento a los casos. Advirtió que un modelo así no cumple las directrices que marcó la Corte Interamericana.
El defensor de derechos humanos expresó que el Centro no fue propuesto con esa finalidad, pero que el gobierno no quiere entender el espíritu que estableció la Corte Interamericana en su sentencia.
“Es una actitud de indiferencia, no quieren atender la esencia de la sentencia en la medida reparatoria, y no quieren apostarle a proyectos exclusivamente para las mujeres indígenas, lo que implica escuchar sus propuestas e invertir recursos para un funcionamiento adecuado”, advirtió.
Se quejó de que, mientras, el proyecto original está estancado y las instalaciones están abandonadas y deteriorándose por el incumplimiento de las autoridades.
Dijo que el gobierno estatal está supeditado a lo que ofrece el gobierno federal y éste le pide al estatal que lo resuelva, “y, como siempre, responde que no tiene recursos, por eso la solución que quieren darle es asignar el modelo de la CAMI y eso es inviable porque no está resolviendo la sentencia de la Corte”.
Denunció que las instalaciones están abandonadas desde hace más de dos años. Dijo que la obra quedó con acabados y pintura, “pero es sólo el cascarón, sin el mobiliario para funcionar”.
Mencionó que la obra debió haberse entregado en 2015 y que ese año debió funcionar.