Ordenan a Morena reabrir queja por violencia política de género contra Sánchez Esquivel

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE), revocó el acuerdo de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, que desechó la queja presentada por un grupo de 353 mujeres contra el diputado Alfredo Sánchez Esquivel, a quien acusaron de violencia política en razón de género.
El órgano jurisdiccional consideró que la CNHJ debió juzgar con perspectiva de género, lo cual apunta “no es una opción”, sino “una cuestión de ética y de deber”, ya que se busca en el país la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres.
El grupo de mujeres presentó el 16 de diciembre contra Sánchez Esquivel una queja, acusándolo de violencia política contra la diputada presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Yoloczin Domínguez Serna.
Posteriormente el 25 de enero la CNHJ solicitó por escrito a las mujeres promoventes que presentaran “los documentos necesarios e idóneos para acreditar la personería de las CC. Graciela Ortiz Flores y otras como militantes de Morena”. También “detallar minuciosamente los circunstanciales de modo, tiempo y lugar de los hechos sobre los referidos actos, relacionar las pruebas con los hechos narrados y expresar claramente sus pretensiones en el presente proceso”.
Sin embargo, lo aprobado ayer por los magistrados apunta que toda la información solicitada por la CNHJ estaba ya presente en el documento inicial de la demanda presentada por las 353 mujeres militantes de Morena.
Y finalmente dos meses después de haber presentado la queja, el 17 de febrero, la CNHJ emitió un acuerdo de desechamiento, “toda vez que el plazo de tres días hábiles otorgados a la actora para que subsanara las deficiencias y/u omisiones de su escrito inicial de queja ha fenecido y las mismas no fueron subsanadas ni cumplimentado lo solicitado mediante acuerdo de prevención emitido el 25 de enero de 2023”.
Y posteriormente, las quejosas denunciaron que no recibieron ningún requerimiento por parte de la CNHJ de Morena, por lo que impugnaron la decisión del órgano intrapartidario.
Ayer finalmente el pleno del TEE declaró fundados los agravios manifestados por las actoras, quienes plantearon que la CNHJ debió atender su queja con perspectiva de género, porque precisaron actos y hechos que constituyen violencia política en contra de las mujeres.
En ese sentido, el TEE consideró que “derivado de la naturaleza de estas conductas, la CNHJ de Morena debió valorar las pruebas indiciarias, puesto que juzgar con perspectiva de género no es una opción, tampoco es ponderable, sino que es una cuestión de ética y de deber”.
Por tanto, estiman que “no hay razón para que las y los impartidores de justicia electoral, como es el caso de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, no incluyan la perspectiva de género en sus sentencias o resoluciones, sobre todo en la búsqueda por la erradicación de este tipo de violencia tan lacerante en la sociedad mexicana”.
En el documento aprobado por los magistrados se plantea que la CNHJ “no hizo un estudio concreto de los agravios, sino que emitió un desechamiento sin fundamentación ni motivación, ya que lo solicitado en la prevención resulta ocioso y sin razón, ya que todo lo solicitado se encuentra su escrito inicial y amparado en el Estatuto de Morena, aunado a que, suponiendo sin conceder que no fueran claras las manifestaciones, dicha Comisión debió de tomar en cuenta el principio de suplencia de la queja pues debe prevalecer un equilibrio en el proceso, específicamente, cuando se trata de favorecer a determinados sectores de la sociedad históricamente invisibilizados y en situación de vulnerabilidad”.
Por lo que el TEE revocó el acuerdo de desechamiento del 17 de febrero, a la que se le ordenó “dé cabal cumplimiento” a los efectos precisados en la sentencia, que son referentes a juzgar con perspectiva de género.
En el segundo punto de la resolución se aprobó revocar el acuerdo de la CNHJ “en términos de lo expuesto en el considerando séptimo de la presente resolución”.
En dicho considerando se ordena que se admita la queja, y, en su momento “procesal oportuno resuelva la queja en comento, considerando la transcrito en su escrito de demanda y en apego a las leyes que más beneficien a las personas en estado de vulnerabilidad, tal es el caso de la diputada Yoloczin Domínguez Serna, que como ha quedado evidenciado, la Comisión actuó de manera arbitraria, al desechar el escrito de queja, desatendiendo su obligación moral y humanista de juzgar con perspectiva de género, puesto que, lo que se busca es la erradicación de una vida libre sin violencia para las mujeres”.

El proyecto fue presentado por la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz y aprobado por unanimidad de votos. En éste se señala que Morena cometió violación al principio de tutela judicial efectiva, al no considerar que la queja está relacionada con actos que podrían constituir violencia política en razón de género, por lo que, estaba constreñido a actuar conforme a lo establecido en el Protocolo para Prevenir, Atender, Sancionar, Reparar el daño y erradicar los casos de violencia política contra las mujeres al interior del partido.
Por lo que, al no notificar personalmente en el domicilio procesal señalado por las actoras, les negó la oportunidad de desahogar el requerimiento o manifestar lo que estimara conducente, lo que trajo como consecuencia que se desechara su queja.

Debe el PAN pagar prerrogativas a Comité de Coyuca de Benítez

El pleno del TEE dio un plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, para que emita una nueva resolución en el recurso de reclamación idel ciudadano Bruno Calixto Ríos, quien demandó la violación a sus derechos al no recibir las prerrogativas que le corresponden como presidente del Comité Directivo Municipal de ese partido en Coyuca de Benítez.
El proyecto presentado por la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol y aprobado por el pleno declaró fundado el Juicio Electoral Ciudadano (JEC), interpuesto Ríos Díaz ante la omisión del Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN de resolver el recurso de reclamación número CJ/REC/035/2022, por la omisión del presidente y tesorero del Comité Directivo Estatal del PAN, de pagar en tiempo y forma las prerrogativas del financiamiento público.
El demandante señaló que con esa acción se afectan sus derechos “de militancia partidista en su vertiente del desempeño del cargo por el que fue electo” el TEE en su resolución apercibe a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional que, en caso de que incumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, se le impondrá alguno de los medios de apremios previstos por el artículo 37 y 38 de la Ley de medios de impugnación.

Descalifica Sánchez Esquivel denuncias en su contra por violencia política de género

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El diputado local Alfredo Sánchez Esquivel afirmó que la denuncia que se presentaron 353 mujeres militantes de Morena ante la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de este partido, por violencia política de género contra de la actual presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Yoloczin Domínguez Serna, es una persecución política por parte de “algunos actores” que están buscando la manera de afectarlo.
En breves declaraciones telefónicas, se le preguntó sobre la queja intrapartidaria. Comentó que ya le notificaron por parte de la CNHJ respecto a ésta pero que no se menciona que esta se haya presentado por 353 mujeres morenistas, y que de acuerdo a lo que conoce se trata de una queja de la diputada Yoloczin Domínguez Serna en su contra.
“Yo he señalado desde hace muchos meses que hay una persecución política, que muchos actores o algunos actores iban a buscar algunos mecanismos para poder cristalizar esta persecución política, pero como esto ya es un tema que se tiene que resolver en instancias intrapartidistas pues es un tema que se lo deje a mi equipo de abogados para que ellos atiendan”.
De si además de ésta hay algún otro procedimiento en su contra por violencia política de género o relacionada a su paso por la Jucopo, respondió que “al ser esto una persecución política, te puedo garantizar que hay esta y muchas más”, pero no quiso precisar cuáles eran.
Lo que sí aseguró es que hay otros, además de la diputada Yoloczin Domínguez que tienen la intención de afectarlo “estoy seguir que sí los hay, ya en su momento daremos los nombres y haremos los señalamientos ya, de manera directa”, por lo pronto dijo que serán sus abogados los que se encargarán de atender las quejas o denuncias en su contra.
A la pregunta de si se trate de un tema político en su contra, se limitó a ejemplificar que a pesar de los señalamientos por las presuntas irregularidades en la demolición de la biblioteca del Congreso local, hasta ayer no se había presentado una denuncia en su contra por ese tema y únicamente se han realizado señalamientos públicos.
De lo declarado por el auditor superior del estado, Marcos César Paris Peralta, respecto a que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) ya entregó el informe con observaciones sobre la demolición de la biblioteca del Congreso local al poder Legislativo y a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Ejecutivo estatal, respondió “es un dato muy práctico, yo no ejecuté recurso, no administré recurso y yo no licité obra, fue recurso manejado por Finanzas del Estado, y obra licitada, supervisada por Obras Públicas del estado, desconozco qué observaciones haya encontrado” la ASF a ambas dependencias.
Señaló que estas observaciones no serían a él, sino a alguna de las dos dependencias del gobierno estatal, la encargada de administrar el recurso y la que licitó y supervisó “a mí no se me ha notificado y no creo que se me notifique es un tema que si la ASF lo maneja, hay procesos internos que no son del dominio público, a no ser que solamente se busque un tema mediático o de golpeteo político”.