Revoca el TEE fallo del PAN contra su líder en San Marcos, Felícita Navarrete

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE), determinó revocar la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN por no revisar con perspectiva de género y por los procedimientos incorrectos en el pago de prerrogativas que denunció la presidenta del Comité Directivo Municipal de San Marcos, Felícita Navarrete Neri.
Ésta acusó a su dirigencia estatal de cometer en su contra violencia política de género por obstaculización del desempeño de su cargo partidista.
Con el proyecto TEE/JEC/019/2023 presentado en la sesión por la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito y aprobado por unanimidad de votos, se revocó la sentencia de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN porque valoró incorrectamente el informe de la Comisión Nacional del PAN, así como el acta del 6 de agosto de 2021 en la que se ordenó la suspensión del pago de prerrogativas.
El TEE consideró que este órgano partidario faltó a su obligación de fundar y motivar su determinación del pago de prerrogativas adeudadas en especie.
Los magistrados consideraron que los agravios de la actora son fundados por lo que ordenó a la Comisión de Justicia que dentro del plazo de diez días hábiles posteriores a la notificación de la sentencia, “emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada en la que, aplicando una perspectiva de género”.
En esta nueva sentencia debe realizar “una correcta valoración” de las pruebas remitidas por los órganos intrapartidarios, y de no existir documento idóneo que acredite eficazmente el pago del 8 de julio de dos mil veinte, por 6 mil 900 pesos que demanda la panista.
Ordena también que se analice la omisión de pago de prerrogativas de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021 y enero y febrero de 2022 para lo cual deberáì allegarse de los elementos probatorios necesarios “que le permitan resolver de manera exhaustiva, fundada y motivada, el planteamiento de la actora”.
Mientras que al Comité Directivo Estatal del PAN le ordena que en un plazo no mayor a tres días hábiles, contados a partir de que le notifique el fallo, dé cumplimiento a la resolución y notifique a la actora de manera personal, en su domicilio particular, el acta de sesión en la que se ordenóì la suspensión de prerrogativas, a fin de garantizarle una adecuada defensa.
Ordena también al CDE que el pago de la cantidad que resulte a favor de Felícita Navarrete Neri lo realice mediante depósito en efectivo o transferencia, para lo cual deberá otorgarle un plazo no mayor a tres días hábiles, contados a partir de que le notifique el fallo que emita.
Para esto pide que determine de manera pormenorizada, fundada y motivada, si la omisión de pago acreditada, actualiza o no la obstrucción del cargo como lo señala la panista.

 

Ordenan a Morena reabrir queja por violencia política de género contra Sánchez Esquivel

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE), revocó el acuerdo de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, que desechó la queja presentada por un grupo de 353 mujeres contra el diputado Alfredo Sánchez Esquivel, a quien acusaron de violencia política en razón de género.
El órgano jurisdiccional consideró que la CNHJ debió juzgar con perspectiva de género, lo cual apunta “no es una opción”, sino “una cuestión de ética y de deber”, ya que se busca en el país la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres.
El grupo de mujeres presentó el 16 de diciembre contra Sánchez Esquivel una queja, acusándolo de violencia política contra la diputada presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Yoloczin Domínguez Serna.
Posteriormente el 25 de enero la CNHJ solicitó por escrito a las mujeres promoventes que presentaran “los documentos necesarios e idóneos para acreditar la personería de las CC. Graciela Ortiz Flores y otras como militantes de Morena”. También “detallar minuciosamente los circunstanciales de modo, tiempo y lugar de los hechos sobre los referidos actos, relacionar las pruebas con los hechos narrados y expresar claramente sus pretensiones en el presente proceso”.
Sin embargo, lo aprobado ayer por los magistrados apunta que toda la información solicitada por la CNHJ estaba ya presente en el documento inicial de la demanda presentada por las 353 mujeres militantes de Morena.
Y finalmente dos meses después de haber presentado la queja, el 17 de febrero, la CNHJ emitió un acuerdo de desechamiento, “toda vez que el plazo de tres días hábiles otorgados a la actora para que subsanara las deficiencias y/u omisiones de su escrito inicial de queja ha fenecido y las mismas no fueron subsanadas ni cumplimentado lo solicitado mediante acuerdo de prevención emitido el 25 de enero de 2023”.
Y posteriormente, las quejosas denunciaron que no recibieron ningún requerimiento por parte de la CNHJ de Morena, por lo que impugnaron la decisión del órgano intrapartidario.
Ayer finalmente el pleno del TEE declaró fundados los agravios manifestados por las actoras, quienes plantearon que la CNHJ debió atender su queja con perspectiva de género, porque precisaron actos y hechos que constituyen violencia política en contra de las mujeres.
En ese sentido, el TEE consideró que “derivado de la naturaleza de estas conductas, la CNHJ de Morena debió valorar las pruebas indiciarias, puesto que juzgar con perspectiva de género no es una opción, tampoco es ponderable, sino que es una cuestión de ética y de deber”.
Por tanto, estiman que “no hay razón para que las y los impartidores de justicia electoral, como es el caso de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, no incluyan la perspectiva de género en sus sentencias o resoluciones, sobre todo en la búsqueda por la erradicación de este tipo de violencia tan lacerante en la sociedad mexicana”.
En el documento aprobado por los magistrados se plantea que la CNHJ “no hizo un estudio concreto de los agravios, sino que emitió un desechamiento sin fundamentación ni motivación, ya que lo solicitado en la prevención resulta ocioso y sin razón, ya que todo lo solicitado se encuentra su escrito inicial y amparado en el Estatuto de Morena, aunado a que, suponiendo sin conceder que no fueran claras las manifestaciones, dicha Comisión debió de tomar en cuenta el principio de suplencia de la queja pues debe prevalecer un equilibrio en el proceso, específicamente, cuando se trata de favorecer a determinados sectores de la sociedad históricamente invisibilizados y en situación de vulnerabilidad”.
Por lo que el TEE revocó el acuerdo de desechamiento del 17 de febrero, a la que se le ordenó “dé cabal cumplimiento” a los efectos precisados en la sentencia, que son referentes a juzgar con perspectiva de género.
En el segundo punto de la resolución se aprobó revocar el acuerdo de la CNHJ “en términos de lo expuesto en el considerando séptimo de la presente resolución”.
En dicho considerando se ordena que se admita la queja, y, en su momento “procesal oportuno resuelva la queja en comento, considerando la transcrito en su escrito de demanda y en apego a las leyes que más beneficien a las personas en estado de vulnerabilidad, tal es el caso de la diputada Yoloczin Domínguez Serna, que como ha quedado evidenciado, la Comisión actuó de manera arbitraria, al desechar el escrito de queja, desatendiendo su obligación moral y humanista de juzgar con perspectiva de género, puesto que, lo que se busca es la erradicación de una vida libre sin violencia para las mujeres”.

El proyecto fue presentado por la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz y aprobado por unanimidad de votos. En éste se señala que Morena cometió violación al principio de tutela judicial efectiva, al no considerar que la queja está relacionada con actos que podrían constituir violencia política en razón de género, por lo que, estaba constreñido a actuar conforme a lo establecido en el Protocolo para Prevenir, Atender, Sancionar, Reparar el daño y erradicar los casos de violencia política contra las mujeres al interior del partido.
Por lo que, al no notificar personalmente en el domicilio procesal señalado por las actoras, les negó la oportunidad de desahogar el requerimiento o manifestar lo que estimara conducente, lo que trajo como consecuencia que se desechara su queja.

Debe el PAN pagar prerrogativas a Comité de Coyuca de Benítez

El pleno del TEE dio un plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, para que emita una nueva resolución en el recurso de reclamación idel ciudadano Bruno Calixto Ríos, quien demandó la violación a sus derechos al no recibir las prerrogativas que le corresponden como presidente del Comité Directivo Municipal de ese partido en Coyuca de Benítez.
El proyecto presentado por la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol y aprobado por el pleno declaró fundado el Juicio Electoral Ciudadano (JEC), interpuesto Ríos Díaz ante la omisión del Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN de resolver el recurso de reclamación número CJ/REC/035/2022, por la omisión del presidente y tesorero del Comité Directivo Estatal del PAN, de pagar en tiempo y forma las prerrogativas del financiamiento público.
El demandante señaló que con esa acción se afectan sus derechos “de militancia partidista en su vertiente del desempeño del cargo por el que fue electo” el TEE en su resolución apercibe a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional que, en caso de que incumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, se le impondrá alguno de los medios de apremios previstos por el artículo 37 y 38 de la Ley de medios de impugnación.

Promoverá el TSJ que los casos de violencia feminicida se juzguen con perspectiva de género

Irinea Buendía Cortez madre de Mariana Lima víctima de feminicidio, en la conferencia en el auditorio del Tribunal Superior de Justicia; la flanquean las magistradas Indalecia Pacheco y Norma Leticia Méndez y la acompañan las feministas Lourdes Juárez, Marina Reyna y Rosa María Gómez Foto: Jessica Torres Barrera

Zacarías Cervantes

Chilpancingo

La magistrada del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Norma Leticia Méndez Abarca, quien asistió ayer en representación del magistrado presidente Raymundo Casarrubias Vásquez a la conferencia Sentencia Mariana Lima Buendía de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que se realizó en el auditorio del TSJ, anunció que esta sentencia será distribuida en todos los distritos judiciales para que los casos de violencia feminicida se juzguen con perspectiva de género.
La conferencia que disertó Irinea Buendía Cortés, madre de Mariana Lima, asesinada en junio del 2010 en Chimalhuacán, Estado de México, por su esposo, el policía ministerial Julio César Hernández, se realizó en el auditorio del TSJ.
Asistieron las magistradas Norma Leticia Méndez, representante del magistrado Casarrubias Vázquez, e Indalecia Pacheco León, integrante de la Comisión de Gé-nero, así como la presidenta de la Asociación Guerrerense contra la Violencia hacia las Mujeres, Marina Reyna Aguilar; la integrante de la Red Estatal de Mujeres Guerreren-ses por una Vida Libre de Violencia, Rosa María Gómez Saavedra, y la coordinadora de Obvio Guerrero, Lourdes Juárez Díaz.
La magistrada Méndez Abarca explicó que la Sentencia Mariana Lima Buendía, como un parámetro nacional para juzgar con perspectiva de género de la SCJN, marca los pasos que los juzgadores deben de seguir en los casos de violencia de género contra mujeres y niñas.
Dijo que estos casos deben ser atendidos con debida diligencia para prevenir la más grave que es la violencia feminicida y que los parámetros de dicha sentencia estén acordes al marco normativo internacional.
“El reconocimiento de los derechos de las mujeres mandata la obligación del Estado para prevenir, atender y sancionar todas las violencias cometidas en razón de género, priorizando la protección de su libertad, seguridad y vida a través de políticas públicas que nos permitan fortalecer las instituciones para el acceso a la justicia”, dijo.
En función de ello, anunció que la Comisión de Igualdad de Género del TSJ, llevará esta sentencia a todos los distritos judiciales para que sea conocida.
“Esta sentencia sirve como un parámetro y un parteaguas en las investigaciones y averiguaciones previas a efecto de que las carpetas de investigación queden bien integradas”, dijo.

La sentencia Mariana Lima

La Sentencia Mariana Lima Buendía fue emitida el 25 de marzo del 2015 y constituye el primer pronunciamiento de la SCJN relacionado con feminicidio.
Irinea Buendía, madre de la víctima, cuyo nombre se impuso a la sentencia, realiza un recorrido por el país dando a conocer el contenido de la sentencia, y con Guerrero ha visitado siete estados.
Por la mañana, se reunió en privado con magistrados, jueces, proyectistas y personal administrativo del TSJ a quienes dio a conocer el contenido de la sentencia.
Después, en la conferencia explicó que el documento cuenta con todos los pasos que deben seguir los investigadores y jueces en los casos de violencia hacia las mujeres.
Argumentó que cuando no hay perspectiva de género se desconocen las razones y motivos que hay para acreditar un feminicidio.
“Qué bueno que ganamos la sentencia Mariana Lima Buendía porque con ello ganamos que todas las muertes violentas de mujeres se investiguen con perspectiva de género y debida diligencia, no solo en el caso de Mariana Lima Buendía sino de todas las muertes violentas de mujeres”, dijo.
Antes, había reseñado la historia de su hija asesinada por su esposo, la negligencia y las trabas por la negligencia de las autoridades judiciales que tuvo que pasar durante cinco años, antes de la sentencia.
“Por eso esta sentencia es histórica y viene a sentar precedentes no solamente en el Estado de México sino en toda la República”, dijo.
Añadió que, ahora, cada estado tiene la obligación de integrar a su Código de Procedimientos Penales lo que se tiene que hacer y que ganamos en la sentencia de la SCJN”.
Por ejemplo, agregó que con ella se ganó que se sancionará a los servidores públicos que intervienen en una carpeta de investigación, y son omisos, negligentes, que cometen falencias, que obstruyen la investigación y obstruyen la justicia.
“Ganamos, también, la reparación del daño” y que todas las autoridades de los tres niveles y principalmente los que están en las áreas de equidad de género deben conocer qué es la perspectiva de género”.
A su vez la magistrada Indalecia Pacheco, aseguró que el Poder Judicial “está haciendo todo su esfuerzo para que se juzgue con perspectiva de género utilizando no solo esa sentencia, sino la que ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) donde se establecen los estándares tanto para investigar como para juzgar.
“Esa sentencia es importante porque de manera técnica da el lineamiento federal para que las agencias del Ministerio Público entiendan que están obligadas a hacer una investigación bajo la perspectiva de género porque ahora con el nuevo sistema penal acusatorio se deja mucho que desear porque se siguen arrastrando vicios enormemente malos”, reconoció la magistrada.

Aumenta la violencia digita

Activistas del Frente Amplio Feminista de Guerrero denunciaron que hay omisión en atender el problema de violencia digital en las escuelas de nivel medio superior y superior. El coordinador de comunicación de la organización, Enrique Solano López, indicó que el año pasado registraron 120 casos y en lo que va de este 2023 van 37.
En conferencia de prensa en el Zócalo de Acapulco, Solano López indicó que la violencia digital consiste en el uso de los teléfonos celulares como medios para agredir a mujeres. Precisó que se puede manifestar con el envío de mensajes con palabras ofensivas o invitaciones a tener relaciones sexuales o imágenes de penes hacia la víctima.
El Frente informó que como parte de sus actividades realiza un monitoreo sobre el uso de la tecnología y su impacto en la violencia de género, lo que les arrojó que hay un aumento en el problema.
Añadió que las redes sociales son útiles en diferentes sentidos, pero también son la causa de nuevos problemas como robo de identidad y hasta secuestro, siendo las víctimas mujeres adolescentes. “La preocupación es que se recrudezcan este tipo de situaciones ante la omisión de una estrategia adecuada oficial”.
De Mujeres por Guerrero, Guadalupe Medina pidió que la Secretaría de la Mujer dé acompañamiento a las víctimas de violencia y que no las deje solas, y a la gobernadora Evelyn Salgado Pineda que revise el protocolo violeta.
El Frente llamó al secretario de Educación Marcial Rodríguez Saldaña, y a la secretaria de la Mujer Violeta Pino Girón, a que sus campañas no se queden solo en anuncios, lonas o fotografías.
También llamó a la Fiscalía General del Estado, al TSJ y a la Secretaría de Seguridad Pública a que atiendan este problema y den cuenta de las carpetas de investigación que tienen y que avances llevan. (Daniel Velázquez).

 

No se hacen diligencias de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género: activistas

Emiliano Tizapa Lucena

Chilpancingo

En Guerrero no se hacen las debidas diligencias con perspectiva de género en las muertes violentas de mujeres, para que se tipifiquen como feminicidios; la mayoría se clasifican como suicidios, homicidios dolosos e imprudenciales, afirmaron feministas y activistas. Señalan que es urgente que las fiscalías del país apliquen los protocolos para investigar los casos con perspectiva de género, porque al carecer de los parámetros los primeros respondientes contaminan las escenas del crimen y pierden evidencias.
Este martes se realizó en el hotel Holiday Inn, en Chilpancingo, el foro Sentencia Mariana Lima, Parámetro Nacional para Juzgar con Perspectiva de Género, organizado por integrantes del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Justicia Pro Persona, la Red Guerrerense por los Derechos de las Mujeres y el Observatorio de Violencia contra las Mujeres
La directora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, María de la Luz Estrada Mendoza, recordó la sentencia de 2015 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la que ordenó reabrir la investigación de lo que se calificó como suicidio de Mariana Lima Buendía, para que fuera reclasificado como feminicidio, y que obliga a partir de su caso, “investigar toda muerte violenta de mujer con perspectiva de género”.
Sostuvo que dicha sentencia desarrolló criterios para la investigación en caso de muertes violentas, que en el contexto del país es un problema muy grave y que ha aumentado de acuerdo con cifras oficiales, pues argumentó que en 2022, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública contabilizó 3 mil 775 asesinatos de mujeres y niñas, de los cuales sólo 968 se investigaron como feminicidio.
De Guerrero, apuntó que el año pasado se registraron 128 mujeres asesinadas, de las que solo 13 se investigaron como feminicidio, y
115 como homicidio doloso. Cuestionó si en los estados “no hay feminicidios o realmente no se puede acreditar las razones de género porque siguen sin entenderse o no se tienen los protocolos adecuados”.
Afirmó que en el país asusta el Covid, pero no la gran cantidad de mujeres asesinadas. Aseveró que el feminicidio no es un hecho aislado sino es resultado de un patrón de violencia institucional, que aumenta más con la impunidad que la arropa.
“La perspectiva de género no es otra cosa que entender los contextos de discriminación contra las mujeres para poderlos desactivar y poder actuar”, dijo.
Sostuvo que hay una falta de debida diligencia, es decir, planes metodológicos de investigación para formular líneas de investigación que lleven al esclarecimiento de las muertes violentas, y sostuvo que Observatorio siguen encontrando fallas en las etapas del proceso penal desde la evaluación adecuada para determinar si están ante un feminicidio.
La activista feminista y madre de Mariana Lima, Irinea Buendía Cortés, platicó el caso de su hija asesinada en 2010, y detalló la corrupción, simulación e impunidad que enfrentó de las autoridades locales de Chimalhuacán, en el Estado de México, y que a pesar de que ya pasaron 12 años y ocho meses del crimen, aún espera una sentencia condenatoria contra Julio César Hernández Ballinas, quien era esposo de Mariana y policía judicial.
Sostuvo que desde su experiencia los policías que son los primeros respondientes si no tienen perspectiva de género lo único que hacen es contaminar la escena del crimen y perder evidencia que “jamás vamos a poder recuperar, porque entre más pasa el tiempo más se aleja la verdad”.
Destacó que con la sentencia de la SCJN el 25 de marzo del 2015 a favor de reabrir el caso de Mariana Lima se ganó “que toda muerte violenta de mujeres se tiene que investigar con perspectiva de género y debida diligencia, en las 32 fiscalías de los 32 estados de la República, de todas las edades, incluidos los suicidios y los accidentes”.
Agregó que también se obtuvo que se pueda sancionar a los servidores públicos que incurren en omisiones o negligencias, falencias e irregularidades que obstruyan la investigación y el acceso a la justicia, así como la reparación del daño causado por las autoridades, modificar patrones culturales y fomentar la educación y capacitación del personal en cuanto a la perspectiva de género y a la administración de justicia.

Hay revictimización por parte de las autoridades

Una vez que concluyeron las ponencias, varias activistas feministas contaron sus casos o su perspectiva del problema en Guerrero, entre ellas, la abogada del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Neil Arias Vitignio, sostuvo que en la entidad en muchos procesos de feminicidios hay revictimización porque las autoridades se burlan y no les creen a las víctimas o los familiares, que no hay sensibilidad ni humanismo de las autoridades.

No toma en cuenta sus pruebas la jueza al condenar a una mujer nahua en Tlapa; apela la sentencia

 

El 6 de diciembre de 2016, Juana Ramírez Marcos fue declarada culpable del delito de lesiones agravadas contra la concubina de su ex esposo, pese a que presentó testimonios de que, cuando ocurrió la supuesta agresión ella estaba trabajando como jornalera en Sinaloa.
Por ello, su sentencia fue apelada el 14 de diciembre, “porque su caso no se juzgó con perspectiva de género ni cultural”, de acuerdo con las abogadas del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan que la acompañan, Neil Arias y Maribel González. La indígena nahua de 47 años y sus asesoras coinciden en que la decisión de su sentencia fue porque la secretaria de Acuerdos, Rosa María Rosas Torres, y la jueza, María Celia Fernández Suárez, la estigmatizaron como “peleonera” en la causa penal 113/2013-III.
A Juana Ramírez Marcos le dictaron un año y tres meses de prisión y un pago de 40 días de salario mínimo.
Juana dice que habló de su caso porque, “ya no tengo miedo y hay gente que me ayuda; eso que dicen no es verdad, al contrario, la concubina Natalia Reyes Méndez y mi ex esposo, Ambrosio Ramírez Martínez me despojaron de mi casa, me han golpeado, insultado y amenazado”, explicó.
Contó que la fecha en la que Natalia Reyes aseguró que fue golpeada, ella estaba trabajando en labores de limpieza en Sinaloa, y presentó como pruebas, credenciales, una hoja de nómina, el seguro social, y los testimonios de una trabajadora social y dos compañeras, pero la jueza no las tomó en cuenta y le dictó sentencia condenatoria para que sea recluida, ya que ella está enfrentando el proceso en libertad porque pago una fianza de 4 mil 700 pesos.
Dijo que, al enterarse de la sentencia la obligaron a quedarse en el municipio para enfrentar la pelea jurídica, “ya no pude salir a trabajar; pensaba regresar a Sinaloa en esta temporada y no me puedo ir. Yo voy porque aquí no hay trabajo, no hay dinero, sólo sembramos para comer”.
Agregó que ahora se le dificultará mantener a sus dos hijas, porque tampoco encuentra en Tlapa quien quiera que le laven su ropa o haga labores de limpieza, y sus ingresos importantes son como jornalera entre diciembre y abril.
Las acusaciones por lesiones agravadas fueron en 2013, cuando su matrimonio cambió, y luego fue violada por su ex marido, Ambrosio Ramírez, dentro de su casa. Ella denunció la agresión en 2015, ahora él está detenido, y “las autoridades no me creen que sea cierto, dicen que lo hice por mis problemas anteriores, y creo que por eso me quieren encerrar y culpar”, contó.
Agregó que cuando fue acusada en 2013 no supo qué hacer, en el juzgado no entendía todas las palabras en español porque no es su lengua materna, y no sabe leer ni escribir, pero pudo salir para enfrentar en libertad las acusaciones, sin pensar lo que vendría después, que ahora ella es la agraviada y su caso sería juzgado por la misma secretaria de Acuerdos y la jueza penal que se han caracterizado por juzgar los casos sin perspectiva de género ni pertenencia cultural.

“No sé en qué momento se volvió tan malo”

A Juana se le quebró la voz, y aunque intentó esconder sus lágrimas, éstas resbalaron por sus mejillas; dice que antes lloraba más porque le dolía recordar que se casó por la Iglesia con Ambrosio, y que vivió con él 27 años, cuando la quería, no la maltrataba como les ocurría a otras mujeres de su pueblo, y de repente, “se volvió muy malo”.
Narró, “como no pudimos tener hijos, adoptamos dos, una niña y un niño, y ahora los tenemos separados, yo tengo a la niña y el niño vive con él, pero no me habla, no me saluda, hasta me pide que mejor yo vaya a la cárcel y que regrese su papá, y eso me duele”.
Dijo que los malos tratos empezaron cuando Natalia Reyes de 26 años llegaba a la tienda de abarrotes que abrieron, ella no lo vio mal hasta que meses después Ambrosio le dijo que Natalia viviría con ellos, “no me fui, no me quise salir porque era mi casa, la que construí con mi trabajo de jornalera de muchos años, era para mis hijos”.
Dijo que Ambrosio dejó de darle dinero para mantener a sus hijos y, de un momento a otro, se fue con Natalia del pueblo, sin decirle nada, eso la alivió un poco porque ya no tenía que aguantar las groserías, pero tampoco tenía dinero para sus hijos, que siguen en la escuela.
La tienda ya no daba, la cerró y volvió a los campos de cultivo en Sinaloa, a seguir trabajando como jornalera como lo había hecho en otros años.
Ya habían pasado años desde que la relación había terminado entre ellos cuando supo que Ambrosio se había casado con Natalia, “ya no tenía nada que hacer ni esperar; allá me encontré a una persona que me quiere, que me dice que me va a esperar, así que tuve relaciones, y cuando volví al pueblo venía embarazada”, explicó.
Recordó que, al regresar se encontró a Natalia, quien le dijo que se iba a quedar en esa casa porque también había trabajado para construirla y que él había aceptado; no dijo nada sobre su estado, la dejó quedarse y hasta vieron la posibilidad de dividir la vivienda.
Sin embargo, Natalia no cedió en sus insultos ni agresiones, “aguante hasta que nació mi hija; un día fui a ver a mi mamá, y cuando volví, mi ropa, mis cositas estaban en la calle, les dije que no me podían hacer eso, porque habíamos trabajado para la casa y que era para nuestros hijos, pero no dijo nada, Ambrosio aceptó eso”, de quejó.
“Recogí mis cosas, entre gritos y burlas y me fui a la casa de mi mamá, donde sigo viviendo, lo considero injusto porque yo trabajé para esa casa”, insistió.
Luego vino la acusación de lesiones que llevó a que se liberara una orden de aprehensión para encarcelar a Juana Ramírez Marcos, pero pudo pagar la fianza para enfrentar desde hace tres años el proceso penal, lo que le ha significado gastos, porque tenía que acudir semanalmente a firmar al juzgado en Tlapa, y luego cada 15 días, pero sólo así puede cuidar a sus dos hijas.

No pudo ser violada porque era su esposo, dicen las autoridades

En 2015, ya enfrentando la acusación por lesiones y la pérdida de su matrimonio, su casa y su hijo, Juana fue violada por Ambrosio, adentro de su casa, cuando acudió a pedirle que le entregara el acta de nacimiento de su hija y la de ella que él tenía, lo único que recibió fueron gritos, y escobazos de Natalia.
Dijo que se negó a irse e insistió en que le dieran los documentos; Ambrosio le pidió a Natalia que fuera por policías. Cuando se quedaron solos, Ambrosio la sujetó de las manos y a empujones la metió a la casa, cerró la puerta, la golpeó y violó mientras le decía que él podía hacerle lo que quisiera porque era su esposa.
“Grité, le decía que se detuviera, no lo hizo”. Nadie llegó hasta que él abrió la puerta y pudo salir. “Mi hijo se dio cuenta, eso me dolió, más porque dijo que yo no debía volver”, recordó.
“Fue por eso que tomé la decisión de denunciarlo, porque me lastimó, me violó, pero no me creen las autoridades, y aunque ahora está en la cárcel, me manda llamar, y la última vez fue para pedirme que retire la denuncia para que lo dejen en libertad y (prometió) que ya no me iba a lastimar”, sin embargo, desde el penal de Atlamajac la hostiga llamándola y le envía recados de amenazas con sus familiares.
La última amenaza la recibió en los juzgados, de la hermana de Ambrosio, Simona Ramírez Hernández, quien la esperaba cuando acudió a firmar.
Aunque su ex esposo se encuentra recluido bajo la causa penal 37/2015-III, porque en la indagatoria hubo elementos para aprehenderlo, ella no está segura de que lo condenen, y hasta cree que lo dejarán en libertad porque sus familiares dicen, “tenemos dinero para pagar y comprar a los médicos o autoridades”, además de que él se jacta de que su tío es Victorino Martínez Rosendo, un abogado y ex regidor perredista en Tlapa.
A eso agrega que la jueza María Celia Fernández y la secretaria de Acuerdos, Rosa María Torres, le han dicho que no creen que haya sido violada, que ella lo permitió, que sí sintió cuando eyaculó su marido y que seguramente lo acusó para quitarle la casa, porque “eso es lo que peleabas”, haciendo referencia a la causa penal de 2013, cuando ella fue acusada de golpear a la concubina.
Contó que cuando acude a firmar, la secretaria se burla, “no vas a visitar a tu ex”, y que desconfía de las autoridades, que por un lado la encuentran culpable, y por otro pretenden hacerla ver como una mentirosa.

El peso de no tener hijos en su comunidad

A Juana le pesó durante años no embarazarse cuando se casó. En su comunidad le preguntaban con frecuencia cuándo tendría hijos, recuerda que Ambrosio sólo la miraba y no decía nada, pero también quería hijos.
Recordó que, en una ocasión en la Ciudad de México ambos se hicieron estudios para saber si tenían problemas; cuando les dieron los resultados, el doctor dijo que sólo hablaría con Ambrosio y luego con los dos.
Al salir de la consulta, Ambrosio le dijo que ella era infértil, y ella se quedó con el pesar de no poder darle familia, ese pesar hizo que olvidara otra parte de la conversación con el médico, quien les dijo que podían ser padres porque había tratamientos eficaces y sólo bastaba que fueran a ver a los militares y ahí les dieran espermas para inseminarla.
Juana, ahora se explica que Ambrosio le contó a su manera los resultados, porque “una noche estábamos acostados, el muy triste. De repente comentó, ‘no importa que no podamos tener hijos, podemos adoptar, pero no vas a tener uno de otra persona adentro”.
“Ahora creo que es él quien no puede tener hijos, después de que me dejó y me fui a Sinaloa encontré a una persona con la que me relacione y cuando me vine en julio llegué embarazada, él se sorprendió porque, según, yo no podía, creo que me mintió, fue más fácil culparme de no tener hijos que él aceptara que no podía, en el pueblo eso se ve mal”.
Juana es acompañada en su proceso legal por dos abogadas del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Neil Arias y Maribel González, quienes explican que el caso no fue revisado con perspectiva de género, que está influenciado por actitudes machistas, pues las acusaciones contra las mujeres prosperan y a los hombres les dictan libertad, según han documentado.
Dijeron que continúa una discriminación estructural contra las mujeres en las instituciones de procuración y administración de justicia porque no hay intérpretes, los funcionarios no están capacitados con perspectiva de género, faltan médicas legistas para las revisiones y el trato es revictimizante.