Condicionan en el hospital de la capital atención a menor con insuficiencia renal, denuncian

Juan Carlos Moreno García junto a su hijo, al término de la conferencia de prensa en Chilpancingo Foto: Jesús Eduardo Guerrero

Zacarías Cervantes

Chilpancingo

Los padres de un adolescente con insuficiencia renal crónica, denunciaron a los directivos del Hospital General Raymundo Abarca Alarcón de Chilpancingo, a la secretaria de Salud estatal, Aidé Ibarez Castro y la propia gobernadora Evelyn Salgado Pineda por negarle la atención médica.
Juan Carlos Moreno García y Dulce Violeta Vázquez Rivera, informaron en conferencia de prensa que debido a las denuncias que han llevado incluso al ámbito nacional e internacional, ahora quieren iniciarle el tratamiento a su hijo, pero a condición de que retire las quejas, lo cual rechazaron.
A Kalef Moreno Vázquez, de 17 años de edad, le diagnosticaron hace un año y nueve meses insuficiencia renal crónica en el hospital Raymundo Abarca Alarcón, pero según el padre del joven lo hizo un médico general, no un especialista y le declaró fase terminal, aun así le aseguró que “ya no tenía posibilidad de vida, que se lo llevaran a su casa”.
Pero Juan Carlos contó que su familia es muy numerosa y unida y mediante cooperaciones de todos pudieron brindarle una atención privada en la Ciudad de México, debido a que aquí en el hospital y en la Secretaría de Salud municipal nunca le quisieron ayudar, “me negaron todo tipo de atención”, denunció.
El padre del joven declaró que en la Ciudad de México le colocaron un catéter a su hijo y lo estuvieron atendiendo hasta que se quedaron sin dinero y se deshicieron de sus bienes.
Informó que hace cinco meses regresaron a Chilpancingo y al Hospital General Raymundo Abarca Alarcón donde nuevamente les dijeron que ellos no atienden estas terapias porque son muy caras y que no cuentan con equipo ni medicamento.
Indicó que quisieron hablar con el director, pero nunca lo han encontrado y fueron a la Secretaría de Salud estatal, donde la titular Aidé Ibarez Castro les dijo que no podía hacer nada, que no estaba en sus manos porque es un proceso muy caro. Aseguró que la petición fue por escrito y la respuesta de la funcionaria igual.
Por enésima vez intentaron en el hospital general, y después de cinco intentos sólo le aplican suero de solución simple.
Juan Carlos Moreno aseguró que en el nosocomio nunca les hablaron ni les propusieron un trasplante o el traslado a un hospital de tercer nivel, porque “no hay coordinación ni con el área de Trabajo Social”.
Explicó que cuando la familia del paciente se enteró que del hospital pudieron hacer un trasplante o canalizarlo a un hospital de tercer nivel, presentaron una denuncia en contra del director José Antonio Ramírez Ríos, en contra del médico Bernardo Figueroa Flores, contra el área de Trabajo Social y contra la nefróloga, “que es una persona muy déspota y prepotente”.
Después de la denuncia, según el padre del paciente, del hospital lo mandaron a traer un catéter que cuesta 14 mil pesos, y lo anduvo buscando “en todo Guerrero” y no lo encontró.
Posteriormente, en Morelos, les dijeron que fuera a la clínica Humana en donde se lo podían elaborar, “y resultó que esa clínica es de la nefróloga Salinas, que trabaja en el hospital Raymundo Abarca Alarcón”.
“Nos dio un coraje, impotencia, rabia, al saber que nos estaban recomendando un medicamento que ellos si lo tienen”.
Informó que derivado de toda esa negativa de atención, negligencia, y hasta tentativa de homicidio contra su hijo, presentó una queja primero ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, después ante la Comisión Nacional (CNDH) y ya llegó hasta la “Corte Internacional de Derechos Humanos”.
Aseguró que también denunció el caso ante la Presidencia de la República, “así es que si esperaban callarme o hacerme algo yo hago responsable a Aidé Ibarez Castro, a José Antonio Ramírez Ríos, a Trabajo Social, a Bernardo Figueroa, a la nefróloga Salinas, así como a la misma gobernadora que nos ha negado toda atención, a pesar de que le hemos mandado oficios”.
Contó que derivado de las denuncias, el 23 de agosto los llamaron a una cita médica en el consultorio 4, pero cuando estaba en espera, resultó que los directivos habían “armado” una reunión al que lo mandaron llamar con los escoltas del director del hospital.
“Hay una reunión, mi jefe quiere hablar contigo y eres el único que falta”, le dijo uno de los guardias y cuando le respondió que él no sabía de ninguna reunión y que iba a una consulta, el médico que iba a atender a su hijo, le explicó que no lo podía recibir que mejor fuera a la reunión.
Explicó que al llegar a la sala de la reunión se encontró que hasta personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos había, “a quien le confiamos nuestra seguridad y nos sentíamos abrazados”.

 

Establece un precedente histórico la condena a militares que violaron a Valentina: ONG

El Observatorio Internacional sobre Derechos Humanos en México manifestó que la sentencia a dos militares por tortura y violación sexual a la mujer me’phaa, Valentina Rosendo Cantú, constituye un precedente histórico, al establecer penas adecuadas a la gravedad del delito y lineamientos clave para la persecución penal de la tortura sexual.
El 1 de junio pasado, la jueza Fabricia Contreras Perales, titular del juzgado Séptimo de Distrito en Guerrero, emitió un fallo y notificó a los abogados de las organizaciones de derechos humanos que llevan la defensa de Valentina, sobre la condena de 19 años de prisión a los militares Nemesio Sierra García y Armando Pérez Abarca, quienes cometieron los delitos contra Valentina Rosendo Cantú.
En un comunicado, el Observatorio saludó la emisión de la histórica sentencia que condenó a los militares por las violaciones a la mujer me’phaa hace 16 años.
Dijo que, luego de los hechos, a casi ocho años de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) emitió una sentencia contra el Estado mexicano por este caso, Valentina finalmente obtuvo justicia en su país.
El observatorio, que agrupa a 10 organizaciones internacionales de derechos humanos, considera que la sentencia constituye un precedente histórico, al establecer penas adecuadas a la gravedad del delito y los lineamientos clave para la persecución penal de la tortura sexual, en un contexto donde esta práctica común permanece en la impunidad en casi la totalidad de los casos.
“Así, esta resolución supone un avance en el reconocimiento y protección de los derechos de las víctimas de este tipo de violaciones, al otorgarse valor probatorio preponderante a la declaración de Valentina. En el mismo sentido, saludamos que se haya reconocido la asimetría de poder que ostentaban los agresores en razón de sus cargos militares”, manifestó.
Agregó que esta sentencia es una muestra importante de independencia judicial; también es significativa porque garantiza adecuadamente los derechos de Valentina Rosendo Cantú, además de que aborda las consecuencias de una violación de derechos humanos cometida por agentes estatales.
El Observatorio destacó que esta decisión judicial es la primera en México que emite una condena penal con base en una sentencia previa de la Coidh, porque desde 2008, el Estado mexicano ha sido condenado por el Tribunal Interamericano en seis ocasiones, de las cuales la mitad corresponde a casos de violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las fuerzas armadas.

Alertan de las “serias consecuencias de la participación de las fuerzas armadas” a cargo de la seguridad pública

“La sentencia por el caso de Valentina Rosendo Cantú también representa una oportunidad para recordar las serias consecuencias de la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública. Esta decisión es sumamente relevante debido al actual debate en torno a la Ley de Seguridad Interior, que fortalece su rol en este tipo de funciones”, abundó.
Finalmente, reiteró su llamado a derogar la Ley, porque contraviene las obligaciones internacionales que el Estado mexicano suscribió en materia de derechos humanos y expone a la población civil a abusos militares.
“Felicitamos a Valentina Rosendo Cantú por su valentía y determinación al no descansar en su búsqueda de verdad y justicia, y a las organizaciones que la acompañaron a lo largo de estos años, tanto a nivel local como internacional”, indica.

 

La sentencia de la Coidh por el caso de Valentina no se ha cumplido totalmente, dice Tlachinollan

En vísperas de que un juzgado civil federal emita la sentencia en contra de los soldados acusados de la violación sexual de la indígena Valentina Rosendo Cantú, en acatamiento a la sentencia que emitió el 31 de agosto del 2010 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan reclamó que la sentencia no se ha cumplido total ni cabalmente.
El 24 de mayo organizaciones del Observatorio Internacional sobre Derechos Humanos en México informaron que en los próximos días una jueza federal en México podría emitir la sentencia en el juicio penal en contra de dos soldados acusados de cometer tortura, violación y abuso de autoridad en contra de Valentina Rosendo.
Ayer Tlachinollan, organismo que brindó acompañamiento a la víctima en la presentación de la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), dio a conocer una ficha técnica en la que establece el estado actual de la sentencia, que revela sólo el cumplimiento parcial a 8 años de que se emitió.
Por ejemplo, de acuerdo a esta sentencia el Estado debería adoptar en un plazo razonable las reformas legislativas pertinentes para compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia, y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de conformidad con lo establecido en el párrafo 222 de la sentencia.
Sin embargo en los últimos años se han aprobado reformas que son un retroceso y desconocen el objetivo intrínseco de las resoluciones emitidas por la Corte, “es decir, compatibilizar estándares internacionales y la necesidad que sean tribunales ordinarios los que investiguen y juzguen casos de esta naturaleza”.
Una de estas leyes, citó, es la Ley de Seguridad Interior que se aprobó en diciembre pasado que “que extrapola las facultades de las Fuerzas Armadas, lo que va en contrasentido de esta medida de reparación”.
Uno de los puntos que sí ha cumplido el Estado mexicano es el que se refiere al acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos que se llevó a cabo con la participación de Valentina Rosendo, “y en los términos señalados por la sentencia” el 15 de diciembre de 2011.
Sin embargo, Tlachinollan cuestiona que en la sentencia se pidió al Estado mexicano realizar las publicaciones dispuestas, de conformidad con lo establecido en el párrafo 229, pero menciona que la sentencia se publicó en diarios de circulación nacional, así como en el Diario Oficial de la Federación en idioma español, y que “en relación al idioma me’phaa y su emisión en radiodifusoras locales no se cumplió totalmente”.
También que el Estado deberá continuar la estandarización de un protocolo de actuación para el ámbito federal y del estado de Guerrero, respecto de la atención e investigación de violaciones sexuales considerando, en lo pertinente, los parámetros establecidos en el Protocolo de Estambul y en las Directrices de la Organización Mundial de la Salud, de conformidad con lo establecido en el párrafo 242 de la sentencia.
Dijo que si bien el Estado mexicano ha adoptado ciertos documentos relacionados con el problema y se ha avanzado con el diseño de protocolos y guías en la materia, no incluyen criterios relevantes a la luz de las sentencias respecto de la perspectiva de etnicidad.
En los párrafos 245 y 246 de la sentencia se ordena al Estado mexicano continuar implementando programas y cursos permanentes de capacitación sobre investigación diligente en casos de violencia sexual contra las mujeres, que incluyan una perspectiva de género y etnicidad, los cuales deberán impartirse a los funcionarios federales y del estado de Guerrero.
En la ficha técnica Tlachinollan reprocha que los cursos reportados por el Estado mexicano tienen como temática principal la perspectiva de género y existe un programa en línea de Protocolos de Investigación Ministerial, Policial y Ministerial con Perspectiva de Género.
“No obstante de ellos no puede desprenderse que incluyan perspectiva de etnicidad. Tampoco que el cumplimiento se haya realizado plenamente, ya que es mínima la cantidad de servidores públicos del estado de Guerrero que toman estas capacitaciones”, expone.
Dice que el Estado continuamente enlista una serie de programas de formación, talleres y actividades dirigidos por la Fiscalía General de Guerrero y la Secretaría de la Mujer en el estado, así como por Inmujeres a nivel federal, “sin embargo, ninguno de estos atiende las problemáticas planteadas”.
En la sentencia la Coidh ordena al Estado mexicano a continuar acciones desarrolladas en materia de capacitación en derechos humanos de integrantes de las Fuerzas Armadas, “y deberá implementar, en un plazo razonable, un programa o curso permanente y obligatorio de capacitación y formación en derechos humanos dirigido a los miembros de las Fuerzas Armadas”.
El organismo asegura que el Estado mexicano ha presentado una lista de talleres y capacitaciones que no son de carácter permanente ni se han diseñado como resultado de la implementación de esta medida de reparación.
“Además sin aportar información adicional que permita conocer las medidas realizadas para implementar el programa o curso permanente y obligatorio de capacitación que incluya, entre otros temas, los límites en la interacción entre el personal militar y la población civil, género y derechos indígenas, dirigidos a los miembros de las Fuerzas Armadas en todos los niveles jerárquicos”, señala.
Tlachinollan denuncia también que a pesar de que en la sentencia se obliga al Estado mexicano a brindar el tratamiento médico y psicológico que requieran las víctimas, en varias ocasiones no se cumple aun cuando Valentina cuenta con una atención especial hacia su salud, pues tiene que “intermediar ante las instancias de gobierno reiterándoles la calidad de ambas y el deber prioritario de atenderlas”.
Destaca que el sistema por el cual se les proporciona servicio médico es el Seguro Popular con enlaces de salud, “el cual no ha logrado cumplir lo que se esperaba”.
En el párrafo 260 de la sentencia se ordena al gobierno de México continuar brindando servicios de tratamiento a mujeres víctimas de violencia sexual por medio del centro de salud de Caxitepec, el cual deberá ser fortalecido a través de la provisión de recursos materiales y personales.
“Esta medida se encuentra totalmente incumplida. Si bien el Estado ha señalado que el Centro de Salud Caxitepec cuenta con médicas pasantes que laboran tres semanas de medio tiempo, esto no es suficiente ni establece cómo estos médicos o médicas se han visto fortalecidas para atender a víctimas de violencia sexual. Además, el centro de salud no cuenta con abastecimiento continuo de medicamentos”, expone el organismo de derechos humanos.

 

Está abandonado el centro para mujeres indígenas que ordenó la Coidh en Ayutla, señala Tlachinollan

 

A casi 8 años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) por la violación sexual de militares a la indígena Inés Fernández Ortega, en la que ordenó la instalación del Centro de Atención para la Mujer Indígena, la Infraestructura construida en Ayutla se encuentra abandonada y deteriorándose desde 2015, debido a que el gobierno de Enrique Peña Nieto pretendió darle un uso distinto al ordenado por la Corte, pero la beneficiaria de la sentencia se opuso.
El director del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, Abel Barrera Hernández, (organismo que brindó acompañamiento al caso de la indígena), consultado vía telefónica declaró que el Estado mexicano incumplió la sentencia o cuando menos ha sido omiso y moroso para atender la medida de reparación ordenada por la Corte en el caso de Fernández Ortega.
La Coidh emitió la sentencia por el caso Fernández Ortega el 30 de agosto de 2010, por la violación sexual ocurrida el 22 de marzo de 2002 en la comunidad me’ phaa de Barranca Tecoani, municipio de Ayutla.
En dicha sentencia la Corte estableció que el Estado mexicano facilitará los recursos necesarios para que la comunidad indígena de Barranca Tecoani establezca un centro comunitario, que se constituya como un centro de la mujer en el que se desarrollen actividades educativas en derechos humanos y derechos de la mujer, “de conformidad con lo establecido en el párrafo 267 de la presente sentencia”.
El 6 de marzo de 2012 el entonces secretario de Gobernación del gobierno de Felipe Calderón, Alejandro Poiré Romero acudió a Ayutla a expresar una disculpa pública a Fernández Ortega en acatamiento a la sentencia, y entonces los gobiernos federal y estatal asumieron el compromiso con la víctima y con la dirigencia de la Organización del Pueblo Indígena Me’ Phaa (OPIM), de poner en marcha el Centro Comunitario de Atención a las Mujeres como parte de la sentencia de la Corte.
El secretario Poiré Romero regresó a Ayutla el 11 de septiembre de ese año y colocó la primera piedra del Centro Comunitario que debió ser entregado y puesto en operación en 2015.
“La obra se terminó a principios del 2015, pero quedó abandonada, sin servicios de energía eléctrica y de agua y sin mobiliario, “todavía no alcanza a ser un centro comunitario con todos sus componentes y le hace falta mobiliario para la atención a las mujeres indígenas”, informó ayer Abel Barrera.
El defensor de derechos humanos denunció que desde entonces ya no se le dio ningún seguimiento de los gobiernos federal y estatal. El gobierno estatal intentó en algún momento ponerlo en funcionamiento sin que tuviera las condiciones adecuadas y dignas.
“No se ha concluido como debe de ser, la infraestructura quedó inconclusa, quedó abandonada y se ha ido deteriorando el edificio, hay goteras, hay filtraciones de agua y no hay un seguimiento o mantenimiento. El inmueble se mantiene cerrado”, denunció.
Informó que hace dos años el gobierno federal mediante la Secretaría de Gobernación propuso que se trasformara en un Centro de Atención a las Mujeres Indígenas (CAMI) de los que opera la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (Cdi).
La propuesta del gobierno federal fue desechada por la beneficiaria Inés Fernández quien acordó con las autoridades que haría llegar una propuesta para el funcionamiento del Centro a fin de que no se incumpliera lo que estableció en su sentencia la Coidh.
Barrera Hernández informó que la propuesta de la indígena la entregaron hace 8 meses a la Secretaría de Gobernación, y que se elaboró con base a experiencias de organizaciones que están empoderando a las mujeres pero que todavía no han tenido respuesta.
Dijo que Inés les hizo ver a las autoridades que el Centro Comunitario forma parte de una sentencia con el que se busca garantizar la atención digna a las mujeres indígenas, con componentes que impliquen una atención integral a las mujeres y que no es un proyecto que responda a otro tipo de necesidades, como sería el CAMI.
Barrera informó que el Centro incluye un albergue para niñas indígenas y que por lo mismo tiene otra finalidad.
“En la misma sentencia de la Corte establece que el Centro tiene que ver con una reparación comunitaria para las mujeres indígenas, lideradas por Inés Fernández que fue la víctima”, mencionó.
Pero dijo que como esto implica recursos financieros y se requiere de un modelo de financiamiento a nivel federal, mismo que tendría que ser a manera de fideicomiso para que se garantice el subsidio a este Centro, ha quedado estancada la negociación, y que el gobierno de Enrique Peña Nieto insiste en su propuesta de que se convierta en CAMI, “lo que implicaría que funcionarios de otras dependencias presten un servicio al Centro de Atención Comunitario”.
Para Barrera Hernández el gobierno federal está incumpliendo la sentencia de la Corte y quiere darle una cobertura al Centro, similar a la que hizo con Ciudad Mujer en Tlapa “que fue un proyecto grande y pionero de la Secretaría de Desarrollo Social, inaugurado por el presidente de la República pero que no funciona, está abandonado”, dijo.
Agregó que también el CAMI es un modelo obsoleto, sin compromiso con las mujeres indígenas y burocrático, “sólo para crear una imagen y generar estadísticas pero nada tiene que ver con una institución que las mujeres sientan y que realmente las apoye y se les proteja”, que es lo que se estableció en la sentencia de la Corte en el caso de Inés Fernández.
Insistió en que lo que quiere hacer el gobierno federal es que los funcionarios trabajen a “destajo” en las instalaciones del Centro y que solamente hagan presencia, pero que no den seguimiento a los casos. Advirtió que un modelo así no cumple las directrices que marcó la Corte Interamericana.
El defensor de derechos humanos expresó que el Centro no fue propuesto con esa finalidad, pero que el gobierno no quiere entender el espíritu que estableció la Corte Interamericana en su sentencia.
“Es una actitud de indiferencia, no quieren atender la esencia de la sentencia en la medida reparatoria, y no quieren apostarle a proyectos exclusivamente para las mujeres indígenas, lo que implica escuchar sus propuestas e invertir recursos para un funcionamiento adecuado”, advirtió.
Se quejó de que, mientras, el proyecto original está estancado y las instalaciones están abandonadas y deteriorándose por el incumplimiento de las autoridades.
Dijo que el gobierno estatal está supeditado a lo que ofrece el gobierno federal y éste le pide al estatal que lo resuelva, “y, como siempre, responde que no tiene recursos, por eso la solución que quieren darle es asignar el modelo de la CAMI y eso es inviable porque no está resolviendo la sentencia de la Corte”.
Denunció que las instalaciones están abandonadas desde hace más de dos años. Dijo que la obra quedó con acabados y pintura, “pero es sólo el cascarón, sin el mobiliario para funcionar”.
Mencionó que la obra debió haberse entregado en 2015 y que ese año debió funcionar.

 

 

Resolverá un juzgado civil la violación de soldados a Valentina, informa Tlachinollan

A 16 años de la violación de la indígena me’ phaa Valentina Rosendo Cantú y a ocho de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) contra el Estado mexicano, el juzgado Séptimo de Distrito del estado resolverá el primer caso de tortura sexual cometida por soldados del Ejército, informó el Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan.
Mediante un comunicado el organismo de derechos humanos anunció que en los próximos días la jueza del juzgado Séptimo de Distrito, Iliana Fabricia Contreras Perales emitirá una sentencia de primera instancia sobre la presunta responsabilidad de dos militares por la tortura sexual contra Valentina Rosendo Cantú.
Antes del fallo de la Coidh sobre el caso Rosendo Radilla Pacheco, en noviembre de 2009, los casos en donde estaban involucrados militares los resolvía el Consejo de Justicia Militar (CJM), el Ejército juzgaba a sus elementos y las resoluciones no se hacían públicas o no se sabía si se cumplían.
El ataque a Valentina Rosendo Cantú ocurrió el 16 de febrero de 2002 en la localidad de Barranca Bejuco, en el municipio de Acatepec en la Montaña alta de Guerrero y la Coidh dictó la sentencia del caso el 21 de agosto de 2010.
Tlachinollan mencionó que por la omisión de los tribunales nacionales la Corte fue la primera en dictar sentencia en el caso, así como en el de Inés Fernández Ortega, dos mujeres indígenas que en diferentes lugares y circunstancias fueron torturadas sexualmente por militares el mismo año.
Subrayó que dado que la agresiones ocurrieron en un contexto de pobreza y discriminación, la Corte Interamericana creó la denominación “violencia institucional castrense.”
Destacó los casos paradigmáticos a nivel nacional e internacional porque sentaron precedentes para el desarrollo del término “tortura sexual” y “violencia institucional castrense”, y se convirtieron en un referente en la defensa de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y de la lucha contra la tortura sexual.
Asimismo indicó que tribunales de otros países toman como referente el caso de Valentina para exigir garantía a los derechos a la integridad personal, a la dignidad, a la vida privada y a la protección judicial para todas las mujeres.
En el escrito Tlachinollan confió en que la sentencia del la jueza federal permita materializar la larga búsqueda de justicia que Valentina mantiene desde hace 16 años, que ha enfrentado bajo amenazas, hostigamiento y agresiones que impactaron su vida personal, familiar y comunitaria.
Destacó la oportunidad histórica del caso, porque se está a punto de resolver en el fuero civil el primer proceso de tortura sexual cometida por soldados del Ejército, y de aplicar los estándares emitidos por la propia Coidh sobre cómo juzgar estos casos con perspectiva de género y etnicidad, estableciendo un precedente nacional.
Consideró que la resolución del proceso judicial por las violaciones graves de derechos humanos cometidas en contra de Valentina Rosendo, “llega en un momento clave en el que se discute la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la participación de los elementos del Ejército en actividades de seguridad pública, regulada en la Ley de Seguridad Interior”.
Mencionó que la Ley de Seguridad Interior es cuestionada por diversos mecanismos internacionales de derechos humanos, y contradice el sentido de la sentencia de la Corte que solicitó al Estado mexicano reformas legislativas con el fin último de proteger y garantizar justicia a la población por violaciones a derechos humanos cometidas por el Ejército.
Como representante legal de Valentina Rosendo Cantú, Tlachinollan aclaró que hasta que no cuenten con sentencias firmes, con reparación en materia de justicia, la sentencia de la Corte no se considerará cumplida.

 

A siete años de la sentencia del caso Radilla el Estado protege al Ejército, denuncia la Afadem

A siete años de la sentencia del caso Rosendo Radilla vs el Estado mexicano dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), el gobierno sigue protegiendo al Ejército, pues no reformó como debería el artículo 47 sobre el fuero militar.
En conferencia de prensa en sus oficinas en la ciudad de los servicios de Atoyac la Asociación de Familiares Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (Afadem), en voz de su vicepresidenta Tita Radilla Martínez denunció que la desaparición forzada siga siendo una práctica en la actualidad.
Recordó que existe el antecedente de más de 500 desaparecidos durante la guerra sucia y de cientos de familias desplazadas por militares, que hoy demandan la reparación integral del daño.
Radilla Martínez, hija del campesino Atoyaquense Rosendo Radilla Pacheco, detenido-desaparecido por militares, manifestó que desaparición forzada ha sido una práctica del Estado mexicano para eliminar a los que considera sus enemigos “principalmente a quienes se organizan para exigir sus demandas económicas, políticas y sociales”.
Reseñó que fue así como a finales de la década de 1960 cientos de jóvenes se organizaron y tomaron las armas para luchar por la justicia, trabajo y educación después de ver cerradas las opciones democráticas.
Indico que después de años de “pedir, exigir a las autoridades correspondientes el esclarecimiento de estos lamentables hechos la Afadem, la Confederación Mexicana de Defensa por los Derechos Humanos y la familia Radilla decidimos llevar a instancias internacionales el caso de Rosendo Radilla Pacheco detenido-desaparecido por el Ejército mexicano el 25 de agosto de 1974 junto con cientos de personas que también corrieron con la misma suerte”.
Abundó que a siete años de emitida la histórica sentencia contra el Estado mexicano no ha habido cumplimiento en los puntos principales, como la investigación, búsqueda y reparación.
Demandó que se cumplan las modificaciones constitucionales ordenadas por la Corte Interamericana, además de que se investigue con carácter científico para dar con la ubicación de Rosendo Radilla y de todos los desaparecidos en México.
Agregó que la reparación integral del daño para todos los familiares de los detenidos desaparecidos es procurando verdad, justicia y garantías de no repetición.
Insistió en que “desafortunadamente el Ejército ha gozado de impunidad, la autoridad siempre lo ha protegido no se ha podido llegar, hubo precisamente por la sentencia una reforma al artículo 47 constitucional para la acotación del fuero militar que no se dio como debería de darse, como lo ordenó la Corte”.
Lamentó que se hizo una modificación que es insuficiente, ya que los militares que hayan tenido participación en violación a los derechos humanos con civiles “van a determinar si el fuero civil o militar será quien lo vea”.
Abundó que parte de la lucha constante es que sean los militares que estuvieron en las acciones de “terrorismo de Estado” los que digan qué pasó con todos los desaparecidos, ya que no se trata sólo del caso de Rosendo Radilla, sino que son cientos los que están luchando.
El secretario ejecutivo de la Afadem, Julio Mata mencionó que los organismos internacionales son los que han estado exigiendo justicia en los casos de violaciones de derecho humanos en México, como el caso de los 43 normalistas que el Estado se niega a reconocer que es una desaparición forzada.
Dijo que el Estado mexicano nunca ha hecho una investigación real, “simula ante la comunidad internacional que investiga y lleva el proceso, es bien sabido que firma y ratifica tratados internacionales pero les pone candados y declaraciones interpretativas para que no se cumpla”.
Uno de esos tratados fue el de la Convención Internacional sobre Desaparición Forzada que no ha ratificado el comité de seguimiento, “igualmente está la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada que tiene una reserva y declaración interpretativa que afortunadamente en el caso Radilla, esas se echaron abajo y la Corte determinó que no funcionaban esos candados como los querían aplicar en México”.
Indico que si no es por la presión internacional al interior del país no pasa nada, pero en el caso Rosendo Radilla ya no lo pudo negar el Ejército ni el Estado mexicano que lo reconoció, “pero aún así no hacen la investigación, deberían de estar citando a militares a declarar y decir ‘nosotros los tenemos’ porque igual a todos los bajaron de la sierra y trajeron a lo que es hoy la Ciudad de los Servicios, ellos saben donde los tienen”.
Reprochó el Ministerio Público no tenga la capacidad para obligar al Estado mexicano, que no quiere que se sepa la verdad porque los criminales son sus agentes militares.
Agregó que hay varios casos donde militares se han inmiscuido en casos de civiles como Rosenda Cantú y las jóvenes que fueron violadas por soldados, “pero no se ha hecho nada, los están protegiendo, es un contubernio de impunidad y actitud criminal del Ejército en contra de la población, no hay voluntad política para que se conozca la verdad”.
Señalo que los mismos militares que han sido responsables de desapariciones “hoy están reciclados en diferentes instituciones, grupos paramilitares, grupos de policías bancarios e incluso después del Ejército mexicano se convirtieron en Zetas, y ahora después son muchos de ellos los que están desapareciendo, masacrando y desmembrado”.