Denuncia grupo priista ante el Trife la candidatura de Mario Moreno por MC

Karina Contreras

Integrantes del PRI de la Costa Chica exigen al Instituto Nacional Electoral (INE), respetar las candidaturas por “acción afirmativa” y esperan que retiren a quienes están usurpando el espacio que les toca a los afromexicanos.
En conferencia de prensa los priistas criticaron a los candidatos a la Cámara de Senadores de Movimiento Ciudadano (MC), Mario Moreno Arcos, y del PT, Yuridia Guerrero Martínez, de ser registrados como candidatos afromexicanos usurpando los espacios de ese sector.
Informaron que ya pusieron un recurso ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial (Trife) al ser una candidatura federal y que van a seguir todo el proceso jurídico hasta donde tope.
La delegada del PRI en Costa Chica, Greta Ventura Lemus, dijo que Moreno Arcos en su carrera política nunca ha mostrado acercamiento como los afromexicanos, pero sí se ha dicho orgulloso de la Sierra.
El reclamo es porque Moreno Arcos fue registrado por MC en la candidatura por acción afirmativa de personas afromexicanas.
Agregó que con la usurpación de candidaturas de personas que no lo son no están de acuerdo porque “al no ser personas afromexicanas no traen esa agenda y es justo el espíritu de una acción afirmativa de que venga a igualar las desigualdades históricas con ciertos sectores de la población, como es el pueblo afromexicano”.
Mientras que en su intervención el candidato suplente a diputado local del distrito 15 y presidente del Movimiento Juvenil Afromexicano, José Pedro de la Rosa Molina, dijo por eso estaba ahí porque en la región de la Costa Chica habitan alrededor de 300 mil afromexicanos principalmente Cuajinicuilapa, Copala, Juchitán, Florencio Villareal, Marquelia y hoy el municipio de San Nicolás, y les preocupa la situación.
Contó que tiene recorriendo varios años los municipios y conoce cada rincón de ellos y donde “yo jamás he visto a estas personas que hoy usurpan una identidad afromexicana”.
Dijo que es un tema que debe ser atendido y que se realicen las acciones pertinentes en el INE.

 

Revoca Trife sentencia a columnista y a diario en denuncia por violencia política de género

Zacarías Cervantes

Chilpancingo

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), revocó parcialmente la sentencia que emitió el Tribunal Estatal Electoral (TEE) en la que sancionó por violencia política de género al columnista Efraín Flores Iglesias y a la dirección del Diario de Guerrero, en contra de la presidenta municipal de Chilpancingo, Norma Otilia Hernández Martínez.
Derivado de ello, dejó sin efectos la sanción, las medidas de reparación y garantías de no repetición que ese órgano jurisdiccional estableció, “al no actualizarse la infracción denunciada”.
La Sala Regional resolvió en su sesión del jueves pasado con base a los expedientes SCM-JDC-376/2023, SCMJDC-379/2023 y SCM-JE-95/2023 acumulados que se integraron por la demanda presentada por la alcaldesa Hernández Martínez en contra de Efraín Flores Iglesias y el Diario de Guerrero.
El magistrado ponente, José Luis Ceballos Daza, estableció en su ponencia que las columnas de opinión que el TEE consideró constitutivas de violencia política de género, “más allá de enfocarse en crear o reforzar supuestos estereotipos de género como lo determinó en la sentencia impugnada, se orientaron a destacar el desempeño de la presidenta municipal en el ejercicio de sus funciones”.
Destaca que el TEE “no realizó una evaluación adecuada y ponderada en su conjunto de las columnas de opinión denunciadas y, por el contrario, se concentró solo en simples fragmentos sin considerar el contexto integral de las mismas”.
Y refiere que de un análisis integral se revela que las expresiones se centraron principalmente en cuestionar el desempeño y la gestión de dicha funcionaria en el ejercicio de sus funciones, “sobre los diversos temas que son de interés público, particularmente, sobre un presunto influyentismo o nepotismo en el gobierno municipal que encabeza la denunciante”.
Argumenta: “En este caso, dadas las especificidades del contexto que lo rodean, del análisis de dichas expresiones puede afirmarse que la crítica política que se hace en tales publicaciones, aunque ácida, es parte del debate público y no debe confundirse automáticamente con manifestaciones de violencia política de género pues siempre debe distinguirse entre los cuestionamientos legítimos sobre la gestión y desempeño de una funcionaria pública de aquellas que verdaderamente buscan menoscabar sus derechos político-electorales con base en su género”.
A diferencia de lo considerado por el TEE, la Sala Regional “no arroja indicios de que las columnas de opinión denunciadas hayan incurrido en violencia política de género, “de ahí que debieron de resguardarse en la protección de los derechos a la libertad de expresión y de imprenta, al carecer de un claro propósito de menoscabar o anular los derechos de aquella”.
“En consecuencia, esta Sala Regional considera que la apreciación del TEE “fue inadecuada”.
Sin embargo, se estableció en la sentencia que: “es necesario reconocer que, aunque el periodismo ejerce un papel vital dentro del debate democrático, ello no implica una posibilidad abierta para que se puedan transgredir los límites establecidos por la normativa electoral, en especial en lo que respecta a la comisión de posibles actos de violencia política de género”.

Antecedentes

El 11 de agosto del 2023 la alcaldesa Norma Otilia
Hernández Martínez, presentó ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) una queja en contra del Diario de Guerrero y los periodistas Baltasar Jiménez Rosales, Abel Miranda Ayala, Juan Antelmo García Castro y Efraín Flores Iglesias.
La alcaldesa argumentó que los periodistas redactaron diversas publicaciones en dicho medio que estimó eran constitutivas de presunta violencia política de género en su perjuicio.
La Coordinación de lo Contencioso Electoral del
IEPC integró el expediente IEPC/CCE/PES/VPG/011/2023, mismo que se admitió a trámite el 22 de noviembre del 2023, fecha en que se ordenó emplazar al periódico Diario de Guerrero, así como Efraín Flores Iglesias, Baltazar Jiménez Rosales,
Abel Miranda Ayala y Juan Antelmo García Castro, como presuntos autores de las notas y columnas periodísticas que en la queja se identificaron como generadoras de posible violencia política de género.
El 4 de diciembre del 2023 el TEE resolvió declarar como “inexistente” la violencia política de género en cuanto a las publicaciones atribuidas a Baltazar Jiménez, Abel Miranda y Juan Antelmo García Castro e impuso a Efraín Flores y al periódico Diario de Guerrero, una amonestación pública, les ordenó realizar una disculpa pública hacia la denunciante, retirar las mencionadas publicaciones del sitio electrónico del referido periódico y acreditar un curso encaminado a promover la protección de los derechos de las mujeres.
Además, instruyó al IEPC inscribirles dentro del registro estatal de personas sancionadas en materia de violencia política de género por un mes.
Tanto los dos sancionados como la propia alcaldesa Hernández Martínez apelaron a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, para inconformarse por la resolución del tribunal local, dado que la alcaldesa pretendía que se sancionara a los tres comunicadores que fueron absueltos en la instancia estatal y los dos sancionados demandaron revisar de fondo el tema.

Reclaman por la demora para instalar el Ayuntamiento instituyente de Las Vigas

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), requirió dos veces al Congreso de Guerrero las constancias que acrediten el desahogo del procedimiento para la integración del ayuntamiento instituyente de Las Vigas, que dictó el 16 de noviembre de 2023. En las dos ocasiones el poder Legislativo se justificó porque no ha atendido la orden judicial, denunció el presidente del Comité Gestor del nuevo municipio, Jaime Bibiano Pano.
En consulta telefónica, informó que transcurrido el mes de plazo que dio el tribunal para atender la sentencia, el Congreso pidió una prórroga.
Cuando les volvieron a notificar que en cinco días debían nombrar al cabildo de Las Vigas, respondió que no había en ese momento presidenta en la Junta de Coordinación Política, en referencia a la solicitud de licencia al cargo de la entonces coordinadora de la fracción de Morena y presidenta de la Jucopo, Yoloczin Domínguez Serna, para buscar la candidatura para la alcaldía de Acapulco.
La Sala Superior del tribunal resolvió en plenitud de jurisdicción que, si el pleno del Congreso local rechazó la propuesta de los promoventes de la demanda, tiene atribuciones para realizar la designación correspondiente. Advirtió que su omisión tiene un impacto en los derechos políticos electorales de las personas que habitan el nuevo municipio.
Además, Bibiano Pano señaló que la población está desesperada porque hay muchos casos de dengue en Las Vigas, y no hay una atención adecuada porque tampoco tienen una autoridad municipal coordinada con las otras entidades de gobierno. Reconoció que los comisarios hacen lo que pueden.
Añadió que el Comité Gestor se reunió con la nueva presidenta de la Jucopo, la diputada de Morena, Citlali Calixto Jiménez, unos días después de su toma de protesta, para insistir en el nombramiento a la brevedad del cabildo instituyente.
Confió en que Calixto Jiménez logre un acuerdo con las fracciones políticas, para la instalación del ayuntamiento la próxima semana, a través de una sesión extraordinaria, porque la semana pasada se instaló la sesión permanente para el periodo de receso, o en su defecto, el marzo que comienza el periodo ordinario de sesiones.
Aclaró que el comité gestor apoya a la planilla presidida por Sol Hermenegildo, no obstante, para este momento, lo urgente es que el Congreso resuelva este conflicto.
Aclaró que el Comité buscó al grupo que impulsa otra planilla que se negó a buscar un acuerdo conjunto.
Convocó a la fracción del PRD, a que internamente presenten sus propuestas para concluir el procedimiento
Así como en Las Vigas, sigue pendiente el nombramiento del ayuntamiento instituyente de San Nicolás, ambos afrodescendientes.

 

Morenistas de la Montaña recurren al Trife tras ser excluidos de candidaturas

Daniel Velázquez

Los morenistas de la Montaña, Ángel Basurto Ortega y Sebastián Rodríguez Méndez, recurrieron al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) para inconformarse por la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ), que sobreseyó su denuncia.
Ángel Basurto y Sebastián Rodríguez se quejaron ante la CNHJ de Morena el pasado 23 de agosto de 2023, luego que presentaron una solicitud a la Comision Nacional de Elecciones (CNE) el 9 de agosto, en la que piden a ese órgano que los considere “para ser los coordinadores de los comités en defensa de la cuarta transformación” como cuota indígena.
El pasado 2 de enero, la Comisión publicó en estrados electrónicos en su página de internet, el acuerdo de sobreseimiento a la queja presentada, primero porque el correo al que enviaron su queja no es el oficial. Su escrito lo enviaron al correo electrónico [email protected] pero el oficial es [email protected].
Otro argumento es que hubo “inoperancia de sus agravios derivado de que no existen los actos reclamados ya que, aunado a lo anteriormente expuesto, en el momento en que los accionantes que no pretendían dirigir una solicitud a la Comisión Nacional de Elecciones, no existía proceso electivo alguno para el estado de Guerrero para el cargo de Coordinadores de los comités de defensa de la cuarta transformación”, ya que aún no se publicaban la convocatorias internas correspondientes.
El 12 de enero, los morenistas recurrieron al Trife para señalar que la resolución de la Comisión Nacional “nos causa agravio, socioculturalmente, y entre otros. De poder contender como candidatos por mayoría relativa al Senado de la República, por la coalición Morena, PT y PVEM de poder representar dignamente la voz de los pueblos indígenas, ante la Cámara alta”. Pidieron que sean incluidos en la lista plurinominal como cuota indígena.
En su escrito los morenistas se duelen de que en Morena, en 2021, les negaron su derecho a ser considerados como precandidatos a gobernador. También buscaron la dirigencia estatal del partido y se los negaron y por tercera vez les niegan la posibilidad de ser considerados a un cargo de elección popular.

 

Desecha el Trife demanda de Yoloczin Domínguez contra Sánchez Esquivel

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), desechó la demanda de la diputada local de Morena, Yoloczin Domínguez Serna, contra su compañero de bancada, Alfredo Sánchez Esquivel, por violencia política de género.
En sesión del miércoles 27 de diciembre, la última instancia determinó que en el recurso de reconsideración no se actualiza “el requisito especial de procedencia, ni se aprecia un error judicial evidente o la posibilidad de fijar un criterio importante y trascendente”.
Concluyó desechar de plano la demanda “al no subsistir un problema de constitucionalidad o convencionalidad, error judicial evidente o importancia y trascendencia que justifiquen la intervención de la Sala Superior”.
En el Tribunal Electoral del Estado (TEE), sancionó al diputado de Morena por violencia política en razón de género, y el mes pasado la Sala regional especializada de la Ciudad de México dejó sin efectos la sentencia, que este miércoles confirmó la Sala Superior. (Lourdes Chávez /  Chilpancingo).

 

Avala el Trife que el nuevo municipio Ñu Saavi se rija por usos y costumbres

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), aprobó con dos votos a favor y uno en contra, previa discusión de motivos, que el municipio indígena Ñu Saavi elija a sus autoridades por sistemas normativos propios, conocidos como usos y costumbres.
En sesión pública, con el proyecto del magistrado Luis Ceballos Daza, se revocó el acuerdo impugnado del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), donde se planteaba que en el proceso electoral 2023-2024, Ñu Saavi llevaría a cabo su elección a través del sistema de partidos. La sentencia reconoce que el municipio realizará la elección bajos sus sistemas normativos, y ordena al órgano local a brindar asesoría y coadyuvancia en la nueva elección.
Explica que, de manera preliminar consideró justificada la necesidad de que esta Sala Regional resolviera el medio de impugnación vía salto de instancia, dado que el proceso electoral en Guerrero inició desde el 8 de septiembre, hace tres meses, y resultaba pertinente definir sin más dilación el sistema por el cual el municipio elegirá a sus autoridades.
Coincidió con los inconformes, en que la solicitud ante el IEPC debió conocerse desde una perspectiva intercultural, en el ejercicio de la autonomía y libre determinación de los pueblos indígenas, y que la comunidad nunca solicitó el cambio de sistema electivo, como evaluó la petición el órgano electoral.
Asimismo, dice que en el decreto de creación del municipio como el de designación del Ayuntamiento instituyente, en ningún momento se estableció el sistema de partidos como mecanismo de elección.
“Por el contrario, el decreto de creación del municipio, y el decreto de creación de las personas que integrarían el Ayuntamiento instituyente, arrojaban elementos que permitían visualizar que las comunidades contaban con la preexistencia de sistemas normativos propios y autoridades tradicionales que permitían su continuidad”.
Precisó que la solicitud es “extraordinaria” ante la creación de un nuevo municipio escindido del de Ayutla de los Libres, y no de un municipio existente que ya tuviera un sistema previamente establecido para cambiar uno por el otro. Por lo tanto, era incorrecto que el IEPC determinará que la solicitud correspondía a un cambio de sistema electivo.
Con reconocimiento a “la voluntad de las autoridades del municipio como la preexistencia de su sistema normativo interno”, y valorando “la excepcionalidad y particularidades del caso”, reconoce que el municipio de nueva creación daría continuidad a su sistema de elección.
El magistrado Luis Enrique Rivero Cabrera, que votó en contra, opinó que esta sentencia se desmarca del juicio 133, que precede este caso, cuando autoridades comunitarias de Ñu Saavi demandaron al Congreso de Guerrero la designación de las personas que conforman al ayuntamiento instituyente.
Recordó que en aquella ocasión, reflexionaron sobre los pasos establecidos en la Ley electoral local y en el reglamento del IEPC, para implementar en el nuevo ayuntamiento, el sistema normativo.
Destacó “el esfuerzo destacado” de aquella propuesta para marcar las pautas de la elección por sistemas normativos, y no apoyó la modificación que se hizo ahora para definir el sistema electivo, que además estaría fuera del plazo de 90 días para hacer modificaciones a las reglas del proceso electoral.
Consideró que la “cuestión de excepcionalidad, por la creación de nuevo municipio, desde mi punto de vista no alcanza para sobrepasar, por eso decía, es la razón más fuerte”.
Además, estimó que el IEPC hizo una interpretación de lo que resolvió la sala en la sentencia 133 para fijar una postura, y en lo que el tribunal electoral local en su momento.
Recordó que el Comité Gestor en el juicio 133, pidió la creación del municipio instituyente, para poder cambiar el modelo de elección, al sistema normativo propio, y en ese sentido respondió el instituto.
El ponente, Ceballos Daza, aclaró que, más en la cuestión procesal, las reflexiones y la lógica de la resolución, responden al mandato del artículo segundo constitucional, de cara a los derechos de los pueblos originarios en México, que ha sido soporte sólido para la Sala Superior.
“El autogobierno comprende el reconocimiento y defensa de los pueblos para elegir a sus autoridades acorde con sus usos y costumbres, respetando los derechos humanos de sus integrantes”.
Enfatizó la excepcionalidad del caso, al ser municipio de nueva creación, para hacer prevalecer el sistema normativo interno, “no estamos en un sistema de solicitud de cambio de 30 de las 37 comunidades que hicieron este planteamiento”.
Entendió que su homólogo señaló el principio de certeza de la elección, pero insistió que la propuesta no es de transformación, sino de reconocimiento de derechos, como establece la constitución y los convenios internacionales.
La presidenta de la Sala, María Silva Rojas, compartió el proyecto que calificó como “bondadoso” porque atiende la necesidad del pueblo Ñu Saavi”, en el reconocimiento de su contexto histórico y la naturaleza de sus comunidades.
Recordó que sus comunidades eran parte de Ayutla de Los Libres, y participaron en el largo proceso de cambio del sistema electivo, de 2015 a 2018.
Su condición, los obliga a ver de qué manera se entrelazan el derecho legislado y los sistemas propios que rigen a las comunidades indígenas.
Coincidió en que, si los decretos del Congreso local no señalan expresamente el sistema de partidos para el nuevo municipio, no se puede interpretar como exclusivo, porque “hay otros sistemas perfectamente válidos y que están en varias jurisprudencias”.
Como dijo Rivera Cabrera, aceptó que hay diferentes resultados posibles, “pero este es el resultado con perspectiva intercultural”.
También señaló la necesidad de atender el contexto práctico y social en que viven las comunidades, para conservar lo que lograron con el cambio de sistema electivo en Ayutla, que se rige por sistema normativo interno, y se evitan fricciones, que se siguen viendo como intervenciones del Estado.

 

Avala el Trife que el nuevo municipio Ñu Saavi se rija por usos y costumbres

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), aprobó con dos votos a favor y uno en contra, previa discusión de motivos, que el municipio indígena Ñu Saavi elija a sus autoridades por sistemas normativos propios, conocidos como usos y costumbres.
En sesión pública, con el proyecto del magistrado Luis Ceballos Daza, se revocó el acuerdo impugnado del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), donde se planteaba que en el proceso electoral 2023-2024, Ñu Saavi llevaría a cabo su elección a través del sistema de partidos. La sentencia reconoce que el municipio realizará la elección bajos sus sistemas normativos, y ordena al órgano local a brindar asesoría y coadyuvancia en la nueva elección.
Explica que, de manera preliminar consideró justificada la necesidad de que esta Sala Regional resolviera el medio de impugnación vía salto de instancia, dado que el proceso electoral en Guerrero inició desde el 8 de septiembre, hace tres meses, y resultaba pertinente definir sin más dilación el sistema por el cual el municipio elegirá a sus autoridades.
Coincidió con los inconformes, en que la solicitud ante el IEPC debió conocerse desde una perspectiva intercultural, en el ejercicio de la autonomía y libre determinación de los pueblos indígenas, y que la comunidad nunca solicitó el cambio de sistema electivo, como evaluó la petición el órgano electoral.
Asimismo, dice que en el decreto de creación del municipio como el de designación del Ayuntamiento instituyente, en ningún momento se estableció el sistema de partidos como mecanismo de elección.
“Por el contrario, el decreto de creación del municipio, y el decreto de creación de las personas que integrarían el Ayuntamiento instituyente, arrojaban elementos que permitían visualizar que las comunidades contaban con la preexistencia de sistemas normativos propios y autoridades tradicionales que permitían su continuidad”.
Precisó que la solicitud es “extraordinaria” ante la creación de un nuevo municipio escindido del de Ayutla de los Libres, y no de un municipio existente que ya tuviera un sistema previamente establecido para cambiar uno por el otro. Por lo tanto, era incorrecto que el IEPC determinará que la solicitud correspondía a un cambio de sistema electivo.
Con reconocimiento a “la voluntad de las autoridades del municipio como la preexistencia de su sistema normativo interno”, y valorando “la excepcionalidad y particularidades del caso”, reconoce que el municipio de nueva creación daría continuidad a su sistema de elección.
El magistrado Luis Enrique Rivero Cabrera, que votó en contra, opinó que esta sentencia se desmarca del juicio 133, que precede este caso, cuando autoridades comunitarias de Ñu Saavi demandaron al Congreso de Guerrero la designación de las personas que conforman al ayuntamiento instituyente.
Recordó que en aquella ocasión, reflexionaron sobre los pasos establecidos en la Ley electoral local y en el reglamento del IEPC, para implementar en el nuevo ayuntamiento, el sistema normativo.
Destacó “el esfuerzo destacado” de aquella propuesta para marcar las pautas de la elección por sistemas normativos, y no apoyó la modificación que se hizo ahora para definir el sistema electivo, que además estaría fuera del plazo de 90 días para hacer modificaciones a las reglas del proceso electoral.
Consideró que la “cuestión de excepcionalidad, por la creación de nuevo municipio, desde mi punto de vista no alcanza para sobrepasar, por eso decía, es la razón más fuerte”.
Además, estimó que el IEPC hizo una interpretación de lo que resolvió la sala en la sentencia 133 para fijar una postura, y en lo que el tribunal electoral local en su momento.
Recordó que el Comité Gestor en el juicio 133, pidió la creación del municipio instituyente, para poder cambiar el modelo de elección, al sistema normativo propio, y en ese sentido respondió el instituto.
El ponente, Ceballos Daza, aclaró que, más en la cuestión procesal, las reflexiones y la lógica de la resolución, responden al mandato del artículo segundo constitucional, de cara a los derechos de los pueblos originarios en México, que ha sido soporte sólido para la Sala Superior.
“El autogobierno comprende el reconocimiento y defensa de los pueblos para elegir a sus autoridades acorde con sus usos y costumbres, respetando los derechos humanos de sus integrantes”.
Enfatizó la excepcionalidad del caso, al ser municipio de nueva creación, para hacer prevalecer el sistema normativo interno, “no estamos en un sistema de solicitud de cambio de 30 de las 37 comunidades que hicieron este planteamiento”.
Entendió que su homólogo señaló el principio de certeza de la elección, pero insistió que la propuesta no es de transformación, sino de reconocimiento de derechos, como establece la constitución y los convenios internacionales.
La presidenta de la Sala, María Silva Rojas, compartió el proyecto que calificó como “bondadoso” porque atiende la necesidad del pueblo Ñu Saavi”, en el reconocimiento de su contexto histórico y la naturaleza de sus comunidades.
Recordó que sus comunidades eran parte de Ayutla de Los Libres, y participaron en el largo proceso de cambio del sistema electivo, de 2015 a 2018.
Su condición, los obliga a ver de qué manera se entrelazan el derecho legislado y los sistemas propios que rigen a las comunidades indígenas.
Coincidió en que, si los decretos del Congreso local no señalan expresamente el sistema de partidos para el nuevo municipio, no se puede interpretar como exclusivo, porque “hay otros sistemas perfectamente válidos y que están en varias jurisprudencias”.
Como dijo Rivera Cabrera, aceptó que hay diferentes resultados posibles, “pero este es el resultado con perspectiva intercultural”.
También señaló la necesidad de atender el contexto práctico y social en que viven las comunidades, para conservar lo que lograron con el cambio de sistema electivo en Ayutla, que se rige por sistema normativo interno, y se evitan fricciones, que se siguen viendo como intervenciones del Estado.

 

Trabaja para lograr el consenso sobre el Cabildo de La Vigas, dice Yoloczin Domínguez

La presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jocopo) del Congreso local, Yoloczin Domínguez Serna, informó que trabaja en los consensos sobre una nueva propuesta de integración del Cabildo de Las Vigas, para cumplir la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), de retomar y concluir el procedimiento.
En consulta telefónica, la diputada de Morena recordó que ha tenido varias reuniones, incluso se ha recibido de manera directa a comisarios y parte de los comités gestores de Las Vigas, como de San Nicolás, también pendiente del nombramiento de autoridades, ambos municipios afrodescendientes.
El viernes, en conferencia de prensa, integrantes de uno de los dos grupos, el encabezado por Adriana Garnica Ventura, urgieron al congreso local que le tome protesta a su planilla e instale el Cabildo instituyente, porque están en el abandono desde que se segregaron de San Marcos, en agosto de 2021.
“Se les explicó que estamos siendo lo más respetuosos posible de la voluntad del pueblo. El único tema es que nosotros, por tratar de estar dentro de la legalidad y darle su lugar a los municipios, que van a decidir a quién tienen como gobernantes, (pero) cada uno de los dos municipios trae dos planillas”, aclaró Domínguez Serna.
Aseguró que mientras se mantenga la dinámica de presentar dos planillas, “será complicado que podamos transitar”.
Señaló que se reunió por separado con ciudadanos de Las Vigas y San Nicolás, hace unas dos semanas, “entonces quedaron de analizar los temas, de platicar con sus municipios. Las puertas están abiertas para una nueva reunión”.
En caso de que no haya acuerdo, dijo que la definición del Ayuntamiento iría directamente a la elección constitucional de 2024, que organiza el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
Insistió en que el Congreso local ha cumplido con su mandato, que es la presentación de las propuestas de los Ayuntamientos instituyentes de los cuatro nuevos municipios, pero el pleno sólo aprobó dos cabildos, el de Santa Cruz del Rincón y Ñuu Savi.
No precisó si tendría consecuencias legales saltar el nombramiento de los cabildos instituyentes, sólo dijo que la “ley es clara, quiero decirte que, desde que el Congreso cumplió con lo que se mandata, que es la presentación de los cuatro cabildos, dos se lograron, los otros dos, lamentablemente, por opiniones encontradas de los legisladores, no se pudo transitar”.
Adelantó que “posiblemente”, en otra reunión, van a revisar “otra ruta” para “solucionar”.
De la sentencia de la sala superior del Trife, para concluir el procedimiento en 30 días, dijo que van a cumplir subiendo una propuesta al pleno, “la votación es un tema que estamos en el proceso en el cabildeo, en los acuerdos, (pero) no quiero adelantar un acuerdo que no se haya tomado en la junta”. (Lourdes Chávez / Chilpancingo).

Revoca el Trife la sentencia del TEE contra Alfredo Sánchez por violencia de género

 

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La Sala Regional de Ciudad de México, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Guerrero que declaraba existente la violencia política en razón de género por parte del diputado de Morena, Alfredo Sánchez Esquivel, en contra su compañera de bancada y presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Yoloczin Domínguez Serna.
La sentencia, votada por unanimidad en la sesión que se difunde en redes sociales, concluye que no se actualiza la denuncia de violencia política hacia las mujeres en razón de género.
En la síntesis del proyecto se detalla que se acumularon los juicios 259 y 260, a fin de analizar, por un lado, los agravios señalados por el imputado y la denuncia de Domínguez Serna sobre “la inexacta calificación de la conducta”, para que la sala regional se pronunciara sobre la sanción, así como las medidas de reparación integral y no repetitivas impuestaa a Sánchez Esquivel.
De entrada, la sala estableció que los tribunales electorales sí tienen competencia en la resolución de controversias de naturaleza parlamentaria, en aquellos actos que no se enmarquen en el ejercicio de la función legislativa, que argumentó como agravio el imputado.
Por otro lado, señaló que no se podía imputar de manera directa y exclusiva al acusado la autoría de un comunicado firmado por la fracción parlamentaria de Morena, el 14 de marzo de este año, como una de las acciones de violencia política en razón de género, “pues claramente se trata de un posicionamiento general de la bancada de ese instituto, como se advierte de su lectura integral”. Se trata de un posicionamiento sobre el nuevo sindicato en el Congreso local, que protestó en esas fechas.
Por tanto, aclaró: “No puede concatenar (el comunicado) con los demás, para ser considerado como parte de las conductas que en su caso pudieran ser generadores de violencia política contra la denunciante”.
Pero declaró infundado el agravio que planteó el diputado, sobre la incongruencia de la resolución que se pronunció por violencia simbólica, cuando la denuncia fue por violencia psicológica. Explicó que, con independencia del tipo de violencia que se argumente, los tribunales deben hacer un análisis de todos los posibles tipos de violencia.
Confirmó que Sánchez Esquivel tiene razón al afirmar que los escritos de respuesta en la denuncia “no se pueden considerar como una confesión expresa, pues es evidente que se trata de argumentos generales, donde sostiene que los planteamientos de la denunciante son dentro del debate parlamentario y están fuera de la competencia electoral, maxime que contestó en lo individual cada uno de los casos denunciados”.
El tribunal determinó que fueron incorrectas las consideraciones del tribunal local sobre la existencia de la mayoría de los actos denunciados, dado que los hechos sucedieron fuera del debate parlamentario, en reuniones de trabajo del grupo parlamentario de Morena, sin una agenda legislativa, en pasillos del órgano legislativo, entre las curules del salón de plenos y en la presidencia de la Jucopo, excepto la reunión del 17 de mayo, y no está acreditada la totalidad de las frases que fueron imputadas al acto.
Enfatizó que en la violencia política de la que se le acusó sólo se deben considerar expresiones efectivamente probadas.
Por lo anterior, dijo que no se advierte algún tipo de violencia contra la denunciante, en menoscabo o para anular el reconocimiento o el ejercicio de sus derechos político-electorales o en razón de su género.
Sobre el juicio que promovió Domínguez Serna, indicó que los agravios son “inatendibles, porque su pretensión es que esta sala regional revise si la sanción y las medidas de reparación integral y no repetitivas, ordenadas por el TEE, resultan apegadas a derecho o no”.

 

Recibe el Congreso la sentencia para designar cabildo instituyente en Las Vigas

Lourdes Chávez

Chilpancingo

En la sesión del Congreso local se presentaron dos iniciativas de reformas, se retiraron tres intervenciones sobre el huracán Otis, y se notificó al pleno la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral Federal (Trife), que ordena a este poder Legislativo, que designe al cabildo instituyente de Las Vigas en un plazo de 30 días.
En la sesión de ayer se registraron 30 asistencias, y la presidenta de la Mesa Directiva, Leticia Mosso Hermández, señaló que tenían permiso para faltar, con previa autorización, cinco diputados que integraron la representación del Congreso local para acudir al municipio de Atlamajalcingo del Monte, sin mencionar el motivo de la visita.
Esta es la conmemoración de 200 años de la firma del documento donde el general Vicente Guerrero reconoce una deuda de México con este municipio por su aportación en la Guerra de Independencia.
En el desarrollo, se turna a la Junta de Coordinación Política el oficio de la actuaria de la Sala Regional del Trife, fechado el 16 de noviembre, con copia certificada de la sentencia donde el Tribunal resolvió fundada parcialmente la demanda de integrantes de una propuesta de planilla para encabezar el ayuntamiento instituyente, por omisión del Congreso local de realizar la designación del gobierno de las Vigas, que ahora deberá resolver en 30 días.
La diputada de Morena, Angélica Espinoza García propuso una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre del estado de Guerrero, para que los ayuntamientos conformen una Comisión para la Atención a Víctimas del Desplazamiento Interno, a fin de dar atención, seguridad y protección a las personas que se encuentran en esta situación.
El diputado de Morena, Carlos Cruz López propuso reformar el artículo 26 de la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para que en los juicios o procesos judiciales en los que se involucren pueblos o personas que hablen lenguas indígenas, se elabore de oficio y de manera obligatoria, además de un formato tradicional de sentencia, de lectura accesible y sencilla en su lengua materna, con el fin de salvaguardar su derecho de acceso a la justicia.
Se pospusieron para la siguiente sesión, de hoy, las participaciones del diputado del PRI, Rafael Navarrere Quezada, sobre Otis Acapulco y sus complicaciones, del diputado de Morena, Jacinto Gonzalez Varona sobre las consecuencias del huracán Otis en Acapulco y Coyuca, y la intervención del gobierno federal y estatal, así la intervención de la diputada, Gabriela Bernal Reséndiz sobre la atención a damnificados del huracán Otis.