El gobierno estatal no se inmiscuirá en las campañas de los candidatos, ofrece Ludwig

Redacción

Chilpancingo

El secretario general de Gobierno, Ludwig Marcial Reynoso Núñez, afirmó que el gobierno estatal no va a inmiscuirse en las campañas de los candidatos en las elecciones federales y locales del año próximo, “ni con vehículos ni con personal”.
En su participación tras el informe de labores del Tribunal Electoral del Estado (TEE), luego de la lectura de la presidenta, Evelyn Rodríguez Xinol y que se transmitió en línea, el funcionario estatal señaló que quienes estén en el poder Ejecutivo y quieran participar en las elecciones deberán separarse de sus puestos.
Reynoso Núñez ratificó que la gobernadora Evelyn Salgado Pineda no va a inmiscuirse en el proceso electoral, para no sesgar la decisión del pueblo.
Reconoció que son “muy conscientes de que hay muchos compañeros con el deseo de participar, pero también tenemos muy claro el compromiso del gobierno del estado, de servir de manera permanente. Quienes deseen ser parte del proceso y sean parte del poder Ejecutivo, pues se separen para poder desarrollar plenamente sus derechos políticos”.
Se supo que las autoridades electorales esperaban la asistencia de la gobernadora Evelyn Salgado Pineda en el informe, por eso la invitación a actores políticos fue personalizada, sin convocatoria a medios de comunicación.
En representación de la titular del poder ejecutivo, Reynoso Núnez reconoció la representación plural de la democracia, con las mujeres y pueblos indígenas desde la integración de planillas.
Así como la función del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), “encargado de la conducción del proceso”, y el TEE en la siguiente instancia.
Destacó la especialización de los tribunales en el estado, dado que 94 por ciento de las resoluciones locales en materia electoral son confirmadas en otras instancias, de acuerdo con el informe de labores. Asimismo, dijo que en el Tribunal de Justicia Administrativa también tienen un alto porcentaje de resoluciones confirmadas en juicios de amparo.
“Habla de que la justicia en Guerrero es especializada, se encuentra en el marco del derecho, que no tiene sesgos políticos y lo que buscamos justamente es que se sigan conservando estas instituciones, que se sigan formando profesionales, que sigan teniendo condiciones para desarrollarse, (porque) un pueblo sin justicia no es un pueblo que pueda tener un gran futuro”.
Dijo que hay instituciones sólidas y comprometidas con la ciudadanía en el estado, con los derechos políticos de los ciudadanos, y van a regir este proceso electoral, por lo tanto, los ciudadanos pueden tener más confianza al acudir a las urnas.
Añadió que el abstencionismo ha sido “el enemigo” de los procesos electorales, ante la desconfianza ciudadana, “por eso la gobernadora no va a inmiscuirse en este proceso electoral, de no tratar de sesgar la decisión del pueblo, ha sido muy clara al respecto. No inmiscuirse en las campañas, será “la mejor garantía de que el pueblo de Guerrero pueda decidir en libertad a quienes nos van a representar”.

En juicios de la ciudadanía, 49 por ciento de mujeres

En el segundo informe de Rodríguez Xinol, informó que el TEE recibió de 138 medios de impugnación, de los cuales 80 corresponden a Juicios Electorales de la Ciudadanía, 22 Recursos de Apelación interpuestos por los diferentes partidos políticos, 23 corresponden a laudos convenios entre el Tribunal y sus servidores públicos y el instituto electoral local, respectivamente.
De este total, 119 corresponden a impugnaciones presentadas antes del inicio del proceso electoral y 19 no vinculados al proceso; seis juicios electorales son relativos a candidaturas, dos a consejerías distritales, uno sobre el diputado migrante, uno por propaganda electoral y un juicio por actos anticipados de campaña.
A los juicios interpuestos por la ciudadanía corresponde el 67 por ciento (92), y el 33 por ciento (56) a juicios de partidos políticos. En general, 49 por ciento fueron promovidos por mujeres y el 51 por ciento por hombres.
En cuando a juicios de grupos vulnerares, indicó que tres fueron presentados por afromexicanos, tres por sectores de la diversidad y cinco en temas indígenas.
De las 204 resoluciones, dijo que seis fueron impugnadas, y 143 quedaron firmes en esta primera instancia. Con ese total, 94 por ciento han sido confirmadas por los Tribunales Federales y solo un 6 por ciento ha sufrido modificaciones.

 

Sanciona el TEE a dos periodistas y exonera a tres por la denuncia de la edil capitalina de violencia política de género

Lourdes Chávez

Chilpancingo

Por la denuncia de violencia política en razón de género que presentó la alcaldesa de Chilpancingo, Norma Otilia Hernández Martínez, contra un reportero y columnistas del periódico Diario de Guerrero, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) amonestó y ordenó inscribir por un mes al columnista Efraín Flores Iglesias, y en corresponsabilidad a la directora del medio, Érika García Guevara, en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
Declaró inexistente infracción contra el reportero y los columnistas Abel Miranda Ayala, Baltazar Jiménez Rosales y Juan Antelmo García Castro, del mismo medio de comunicación, también señalados en la denuncia.
De acuerdo con la sentencia aprobada en la sesión de este lunes, la información publicada el 12 de abril, 21 y 22 de octubre de este año, que firma Flores Iglesias, “contiene estereotipos de género, roles de sumisión que tienen efectos diferenciados y simbólicos por el hecho de ser mujer, que no se amparan en el ejercicio periodístico y el acceso a la información, como parte de la libertad de expresión que poseen periodistas”.
Señalaron que la directora tiene responsabilidad compartida con el autor de los textos, por la difusión. Sin embargo, calificaron como levísima la infracción e impusieron como sanción, una disculpa pública, el retiro de la información por contener violencia política en razón de género, y recibir un curso de género con bibliografía especializada.
Como garantía de no repetición, ordenó al IEPC inscribir a Flores Iglesias, a través de García Guevara, por un mes, en el registro de personas sancionadas.
Finalmente, exhortó a las personas sancionadas a evitar en lo subsecuente, “que las notas o columnas escritas y difundidas sobre Norma Otilia Hernández Martínez y de otras mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales, contengan expresiones que hagan alusión a estereotipos de género, roles de dominación, sumisión o cualquier otra expresión que tenga por objeto denigrar o descalificar a las mujeres que ocupan cualquier cargo de elección popular”.

 

Revoca Trife resolución que sancionaba a líder de Morena por violencia política de género

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), revocó por unanimidad de votos la resolución del Tribunal Electoral del Estado (TEE) en la que el órgano jurisdiccional local había sancionado al líder estatal de Morena Jacinto González Varona por Violencia Política de Género (VPG) contra la diputada priista Gabriela Bernal Reséndiz.
De acuerdo a lo aprobado en la sesión de la Sala Regional de la Ciudad de México, lo dicho por el también diputado morenista respecto a que el PRI utilizó la imagen de Gabriela Bernal en el proceso electoral de 2021, está amparada “por su derecho a la libertad de expresión” y se trató de una crítica a la estrategia electoral priista.
El 25 de agosto, el TEE por unanimidad aprobaron el acuerdo por el que sancionaron al presidente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) de Morena, Jacinto González por VPG, presuntamente cometida contra la diputada Gabriela Bernal, con lo que se ordenó inscribirlo por un periodo de un año 4 meses al registro local de personas sancionadas por cometer esta infracción, una multa de 15 mil pesos, tomar cursos en materia de respeto de los derechos de las mujeres, y una disculpa pública.
Pero el dirigente morenista recurrió a la Sala Regional de la Ciudad de México para contravenir la determinación del TEE. Ayer finalmente se resolvió el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía, el cual aún no es público y sólo se conoce lo leído en la sesión.
En la sesión se menciona que Jacinto González indicó que fue “incorrecto” que se considerara actualizada la conducta de Violencia Política de Género porque las manifestaciones por las que se le acusan “estaban amparadas por su derecho a la libertad de expresión y no se basan en elementos de género”.
En ese sentido, la Sala Regional argumenta su resolución señalando que esta se realiza “tras la revisión de la resolución del TEE que fue revisada “a la luz de la jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior de rubro de Violencia Política en Razón de Género”.
De acuerdo con lo leído por el secretario de acuerdos, los “elementos que actualizan el debate político, se considera que las manifestaciones denunciadas en las que hizo alusión a la belleza de una diputada local expresando “una imagen bonita”, “una cara bonita”, no es posible concluir que se hubiera empleado un rol o estereotipo de género”.
En la propuesta presentada al pleno y posteriormente aprobada “se detalla que el reconocimiento de la belleza de una persona como estrategia política para la postulación de una candidatura no es una cuestión que impacte de manera exclusiva a las mujeres, por lo que la referencia a la belleza de una mujer como elemento dentro de una estrategia electoral cuando no se hace cosificándole o restándole méritos propios, como sucedió en el caso pues se hizo alusión a otras cuestiones de su persona, no implica violencia simbólica ni está dirigida a ella en su calidad de mujer”.
Por lo que se señala que tras “la revisión integral” de las manifestaciones de la parte actora, es decir de González Varona, “es posible advertir que surgieron con el ánimo de crítica, como en el pasado proceso al Senado, un partido político definió sus candidaturas y desarrolló su campaña”.
En la lectura, el secretario de Acuerdos señaló que, si bien Jacinto González manifestó que Gabriela Bernal “tenía una imagen bonita y una cara bonita, dichas palabras no pueden analizarse de manera aislada fuera del contexto que se emitieron para evidenciar una estrategia de comunicación política en el que no fue el único atributo de la denunciante al que hizo alusión”.
Con ese contexto se propuso declarar fundado el agravio que presentó Jacinto González que planteó que las manifestaciones en referencia a Gabriela Bernal no constituyen Violencia Política en Razón de Género porque no se actualizaron los elementos tercero y cuarto de la jurisprudencia en referencia.
Se consideró que estas afirmaciones del también dirigente morenista “estuvieron amparadas por su derecho a la libertad de expresión y en consecuencia se propone revocar la resolución impugnada”.

 

Reencauza el TEE demanda de Norma Otilia de medidas cautelares que desestimó el IEPC

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE), reencauzó los juicios interpuestos por la presidenta municipal de Chilpancingo, Norma Otilia Hernández Martínez, contra las resoluciones del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), por medio de los cuales declaró improcedente la emisión de medidas cautelares que había solicitado.
Las medidas cautelares que había solicitado Norma Otilia Hernández son en contra de la directora general del medio de comunicacio?n Diario de Guerrero, Erika Cecilia Garci?a Guevara, y de los autores de la notas o columnas periodi?sticas publicadas por ese medio, “por actos que pudieran configurar violencia poli?tica contra las mujeres en razo?n de ge?nero”.
Las demandas presentadas por la morenista como Juicio Electoral Ciudadano, fueron reencauzados para que sea sustanciada como Recurso de Apelación, “por ser este el medio de impugnación idóneo para resolver la inconformidad planteada”.
Los juicios que presentó son contra acuerdos emitidos por la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC, por medio de los cuales declaró improcedente la emisión de medidas cautelares. Ayer, el pleno del TEE resolvió que la vía adecuada para impugnar los actos y resoluciones del IEPC cuando se resuelva adoptar o no medidas cautelares, es a través del recurso de apelación.
En otro asunto, se dio cuenta con el proyecto de acuerdo plenario relativo a los juicios electorales ciudadanos 7 y 8 acumulados del 2023, interpuestos por Carlos Arturo Millán Sánchez y otra persona, en contra de la resolución emitida por los juicios de inconformidad 159 y 160 del 2022 por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN. Sobre este asunto, mediante acuerdo plenario se declararon cumplidas las sentencias emitidas por la Sala Regional y el TEE, de fecha 8 de junio y 16 de marzo del presente año, respectivamente, y se ordenó el archivo de este asunto como concluido.
Con relación  al proyecto de sentencia relacionado con el Jui-cio Electoral Ciudadano promovido por Felícitas Navarrete Neri, para controvenir la omisión de cumplimiento de la resolución del 9 de junio del 2023, emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN en el recurso de reclamación CJ/REC/011/2022, se desechó el medio de impugnación “por advertirse su notoria improcedencia”.
Y se explica que la vía intentada por la impugnante no es la idónea para conocer sobre el posible incumplimiento de la resolución intrapartidaria dictada por la responsable, al existir un procedimiento incidental a través del cual es posible exigir su cumplimiento; el pleno del TEE determinó que es innecesario el reencauzamiento de este asunto, por lo que acordó desechar este Juicio Electoral Ciuda-dano.

Desecha el TEE queja por presuntos agravios a derechos políticos electorales LGBTlQ+

Jacob Morales Antonio

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado declararon infundadas tres quejas de personas LGBTlQ+ por presuntos agravios cometidos por el Congreso contra sus derechos político electorales.
En la sesión de este martes por unanimidad de votos se declaró infundadae inoperante la queja del expediente TEE/JEC/048/2023 analizado por la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz y presentada por Jesús Manuel Vergara Encarna-ción contra el Congreso por la probable omisión, al no legislar en materia de derechos político electorales de la población LGBTIQ+.
En la resolución se precisó que el 8 de junio de 2023 se aprobó y con fecha 9 de junio entró en vigencia la reforma legal que prevé el acceso de personas de la población LGBTTTIQ+, a las candidaturas y cargos de representación popular.
En este mismo contexto fueron declarados infundados por unanimidad los agravios incluidos en los expedientes acumulados TEE / JEC / 041 / 2023 y TEE/JEC/042/2013, por las actoras, José Luis Abarca Cortez, quien se autoadscribe persona gay, mujer y afromexicana y Demetrio Patrocinio Aurelio, quien se autoadscribe transgénero, mujer e indígena, luego de la exposición del estudio realizado por la magistrada Elevyn Rodríguez Xinol.
Ambas controvierten el Decreto 471 emitido por el Congreso del Estado por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, relacionado con la observancia de mandatos legales y judiciales vinculados con acciones afirmativas en la materia, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el nueve de junio próximo pasado.
Lo anterior al considerar que los agravios “están dirigidos a cuestionar la forma y contenido de implementación de dicha acción afirmativa por el Congreso del Estado, y dicha competencia escapa al estudio y resolución de este Tribunal pleno, porque, se insiste, dicha reforma fue diseñada en ejercicio de la libertad configurativa con la que cuenta” el Legislativo de Guerrero.
Dice además que estas modificaciones cumplen el mandato establecido en la sentencia dictada por el TEE el 19 de marzo de 2021 en los expedientes TEE/JEC/020/2021 y TEE/JEC/020/2021, así como la resolución del 3 de abril de 2021, dictada por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de los expedientes: SCM-JDC-412 / 2021 y SCM-JRC21/2021 acumulado, respecto a las acciones afirmativas en su vertiente de cuotas, a favor de grupos en situación de desventaja como la comunidad LGBTlQ+.

Ratifican asamblea de Chilacachapa

En la sesión por unanimidad fue declarado infundado el juicio electoral presentado por Felipe Aceves Palleco, Victorino Gutiérrez Sim-brón y Francisco Javier Velázquez Estrada contra la supuesta omisión de convocar a las autoridades tradicionales y la ciudadanía de la comunidad de Chilacachapa a la asamblea municipal de Cuetzala del Progreso, celebrada el 19 de agosto, y así participar en la designación de la representación indígena ante el Consejo General y Distritales del IEPC.
Pero en el estudio del caso se demostró con copia certificada del acta de la asamblea comunitaria de 16 de agosto, que fue convocada por el comisario municipal  Rafael Valle Flores a quienes los actores reconocen como parte de las autoridades indígenas de su comunidad, asimismo, que los asistentes propusieron y seleccionaron a Mayra Moncerrat Ríos Rivera y Malinali Godínez Segura, lo que fue ratificado por por los magistrados. El estudio del caso fue por parte de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito.
En la sesión fue aprobado por unanimidad de el acuerdo plenario TEE/JEC/007/2020 y Acumulados que propuso la magistrada Rodrí-guez Xinol de la queja interpuesta por Sixto Cruz Ortega y otros, luego del cumplimiento de la sentencia del 3 de marzo de 2020 y el acuerdo plenario del 22 de agosto del 2023 por el Consejo Municipal Comunitario de Ayutla de los Libres, y el IEPC, ante solicitudes de cambio de modelo de elección, y en donde las asambleas realizadas se votó por no realizar la consulta solicitada.
Y fue desechado por unanimidad el recurso de apelación que puso la secretaria general del Partido Mo-vimiento Laborista Guerrero, Da-niela Inés Mendoza Escor-cia, TEE/RAP/015/2023 contra la resolución 021/SE/08-09-2023 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), al no encontrarse un interés jurídico, en el reclamo de la ilegalidad de resolución del Instituto que tuvo por cumplidos los requisitos y requerimientos formulados al partido político. El estudio del caso fue por parte de la magistrada Alma Delio Eugenio Alcaraz.
Por último se aprobó el laudo laboral donde se aprueba el convenio de terminación de la relación laboral con recibo de finiquito celebrado entre el IEPC, y el trabajador que se desempeñó como chofer de la Secretaría Ejecutiva, Víctor García Velázquez.

 

Apercibe el TEE al alcalde de Metlatónoc por no avalar la elección de comisarios

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) realizó un apercibimiento al alcalde petista de Metlatónoc, Idelfonso Ortiz Vázquez, por el incumplimiento a una sentencia de este órgano jurisdiccional, a quien impusieron una amonestación pública y la orden de cumplir con lo mandatado previamente.
En la sesión de ayer del TEE, se aprobó el acuerdo plenario del Juicio Electoral Ciudadano que interpuso Artemio León Leal, en contra de la elección de comisarios de la Colonia Guadalupe de ese municipio, la cual se realizó el 21 de enero pasado.
El TEE el pasado 7 de septiembre emitió resolución en la cual validó la elección de fecha 3 de enero y determinó dejar sin efecto los nombramientos de delegados que emitió el Ayuntamiento de Metlatónoc, que surgieron de la elección del 21.
El tribunal ordenó expedir los nombramientos a los ciudadanos electos delegados en la elección del 3 de enero, pero el alcalde no acató esta resolución.
Por lo que las magistradas y el magistrado “con la finalidad de lograr el cumplimiento íntegro y evitar la repetición” de conductas que obstaculicen “la administración de justicia” del TEE amonestaron al alcalde.
Se declaró el incumplimiento de la sentencia por el Ayuntamiento de Metlatónoc e imponer una medida de apremio consistente en una amonestación pública, al Presidente del Ayuntamiento de Metlatónoc.
Otro acuerdo plenario aprobado fue el TEE/JEC/035/2023, se trata de un Juicio Electoral Ciudadano que promovió Blanca Edid Moreno Ayala y otras personas, en contra de “la ilegal retención de sus remuneraciones económicas” de 2021, 2022 y 2023, por el Ayuntamiento de Metlatónoc.
En este caso el TEE, el pasado 19 de septiembre emitió una sentencia en la y ordenó al Ayuntamiento de Metlatónoc, al pago de las remuneraciones a la parte actora. Ayer se determinó que la sentencia fue cumplida.

 

No se cometió violencia política de género contra la alcaldesa de Tlalixtaquilla: TEE

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo
El Tribunal Electoral del Estado (TEE) determinó que no se cometió violencia política en razón de género en contra de la presidenta municipal de Tlalixtaquilla, Raquel García Orduño, por parte del síndico procurador y regidores.
El proyecto presentado por la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, planteó que es inexistente la infracción atribuida al síndico Joel Ángel Romero y a los regidores Nereyda Maldonado Trinidad, Alfonso Reveriano León Ayala, Ana Laura González Romero, Juan Pedro Larios Hernández, Olivia Ubalda Saavedra Merino y Carlos García Trinidad.
Se trata de un Procedimiento Especial Sancionador que se generó a partir de la queja presentada por la alcaldesa en contra de integrantes del ayuntamiento por presuntos actos que podrían configurar violencia política contra las mujeres en razón de género.
Esto se dio en cumplimiento a lo ordenado en la ejecutoria emitida por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Con lo aprobado ayer por el pleno del TEE, se declara inexistente la infracción “al no haberse acreditado que dichas conductas son constitutivas de violencia política en razón de género, al no encontrarse en el supuesto de actos o expresiones discriminatorias por su género, por su edad y por su capacidad para gobernar por ser mujer, que demeriten su imagen ante sus colaboradores, ante las y los regidores y ante la ciudadanía, que menoscaben sus derechos político- electorales, o representen una obstrucción del ejercicio de sus funciones”.
Se explicó que se realizó un análisis “contextual de los hechos denunciados y adoptando la perspectiva de género, una perspectiva intercultural, así como una perspectiva de afectación interseccional a grupos de atención prioritaria para brindar una protección más amplia y protectora de la norma, conforme a la valoración otorgada a las pruebas aportadas por las partes y que obran en el expediente y bajo la apariencia del buen derecho”.
El TEE consideró que las expresiones denunciadas “atienden a una crítica fuerte hacia el ejercicio y desempeño de su función como servidora pública y presidenta municipal de la denunciante, por parte del síndico procurador y las regidoras y los regidores”.
Y señalan que no cualquier expresión negativa dirigida a una mujer “necesariamente constituye violencia política de género, por lo que es necesario distinguir aquellos supuestos en los que existen expresiones o conductas que pretendan demeritar a una o varias mujeres por el simple hecho de ser mujer, de aquellas expresiones o conductas que se deben entender como naturales dado el contexto de debate político, en virtud de que las personas servidoras públicas, tienen un mayor umbral de tolerancia frente a este tipo de críticas, por la naturaleza del cargo que desempeñan, quienes ostentan un grado mayor de notoriedad e importancia en la sociedad y por ende, están sujetas al escrutinio público”.

 

Rechaza el TEE restablecer derechos en Morena de Alfredo Sánchez Esquivel

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado, José Inés Betancourt, la presidenta Evelyn Rodríguez, Alma Delia Eugenio e Hilda Rosa Delgado durante la sesión Foto: Jessica Torres Barrera
Magistrados del Tribunal Electoral del Estado, José Inés Betancourt, la presidenta Evelyn Rodríguez, Alma Delia Eugenio e Hilda Rosa Delgado durante la sesión. Foto: Jessica Torres Barrera

Lourdes Chávez

Chilpancingo

Tras dos rondas de debate, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) rechazó por mayoría de votos el punto de acuerdo del magistrado J. Inés Betancourt Salgado, donde proponía restablecer la militancia en Morena del diputado Alfredo Sánchez Esquivel, cancelada por la Comisión Nacional de Honor y Justicia de ese partido.
Votaron a favor el ponente del proyecto y la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, y en contra la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, y la presidenta, Evelyn Rodríguez Xinol, quien tiene voto de calidad en caso de empate.
El caso fue retomado por la presidenta, que anunció que incluirá en el expediente los votos particulares que se expresaron en esta sesión, para presentar un nuevo proyecto de resolución, en un periodo no mayor de 24 horas.
El proyecto rechazado, indica que las dos partes, denunciante y acusado, impugnaron la resolución de la CNHJ. Sánchez Esquivel alegó, entre otros aspectos, la falta de competencia del órgano intrapartidario para resolver sobre presuntos hechos de Violencia Política en Razón de Género, que señaló Arlene Siu Sarabia Peña.
El proyecto, confirmaría la falta de competencia de la CNHJ para investigar y conocer presuntos actos de VPG relacionados con los derechos políticos y laborales de servidores públicos del poder legislativo; suficiente para anular la resolución del Proceso Especial Sancionador disciplinario.
En el disenso, Eugenio Alcaraz aclaró que en la resolución del 13 de julio de 2023, la CNHJ sólo estableció la transgresión a los documentos básicos de Morena, que acarreó la cancelación del registro de Sánchez Esquivel del padrón del partido. No se pronunció sobre la denuncia de Violencia política en razón de Género.
Estimó que el proyecto de discusión, pretendía que el tribunal sustituyera la jurisdicción partidaria, vulnerado el derecho de autodeterminación de Morena, alejado del criterio que ha manejado en varias ocasiones este pleno, especialmente en casos de VPG, que se remiten a los órganos partidistas.
Asimismo, indicó que el proyecto se basa en la presunta incompetencia para resolver casos de VPG, cuando la resolución impugnada no se pronuncia de este tipo de actos, sino por transgresión del estatuto.
La presidenta del TEE añadió que el proyecto es ambiguo, ya que por un lado reconoce que los actores de la demanda son militantes de Morena, y no analiza el marco jurídico del partido, donde es indiscutible que el partido sí puede estudiar la VPG, sea en el ámbito de sus funciones, en reuniones partidarias o abiertas.
La magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, compartió con sus compañeras que se debe sancionar la VPG, pero consideró que en este caso, no se estaba observando la queja de manera integral, y no hacerlo, los convertiría en un “tribunal omnipotente” para conocer toda la violencia política del ramo que fuere.
Explicó que la denunciante es la subdirectora de Recursos Humanos del Congreso del estado, que acusó al diputado Sánchez Esquivel, como su superior jerárquico, por lo tanto, el caso corresponde al ámbito administrativo y laboral.
Añadió que el Congreso tiene un Órgano de Control Interno que resuelve las controversias administrativas, y el tribunal federal electoral ya determinó que los asuntos de competencia de los partidos, son los derechos político electorales, no laborales.
Betancourt Salgado expresó extrañeza de los comentarios en contra de su proyecto, porque la pretensión de las partes de este juicio, es que se anule el dictamen de la CNHJ, para efectos de que se ordene una nueva resolución.
Explicó que la denunciante consideró que fue insuficiente la resolución que se le impuso al presunto agresor. El denunciado señaló vulneración al principio de legalidad, por insuficiente fundamentación y argumentación e indebida valoración de las pruebas.
El problema entre los actores, no se relaciona con actividades propias del partido, ni de naturaleza electoral, “escapa de los derechos de militancia partidista o de derechos electorales”.

 

Desecha el TEE queja de la planilla de origen para el municipio de Las Vigas

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado (TEE), desechó el juicio promovido por integrantes de la planilla de origen para el nuevo municipio de Las Vigas, quienes acusaban al Congreso local por la presunta violación a su derecho político de ser votados en la vertiente de acceso al cargo, también por violencia política en contra de las mujeres en razón de género al impedirles el acceso al gobierno.
En su resolución, el TEE precisa que los integrantes de la planilla de origen pueden ser considerados en la nueva integración que realice el Congreso local, porque no hay ninguna disposición legal que lo impida.
Esta planilla de origen fue la propuesta por la Junta de Coordinación Política (Jucopo), que después fue rechazada por el pleno del Congreso local, por lo que no lograron ser designados como cabildo instituyente del nuevo municipio que se desprendió de San Marcos.
Los quejosos consideraron que la decisión del pleno fue una “violación a su derecho político de ser votados en la vertiente de acceso al cargo, violencia política en contra de las mujeres en razón de género al impedirles el acceso al cargo, y falta de fundamentación y motivación del acuerdo por el cual rechazan la propuesta realizada por la Jucopo”.
Por unanimidad de los magistrados se declaró la improcedencia del juicio y se desechó, porque la decisión del pleno del Congreso no es definitivo y firme, además de que al no existir alguna disposición legal que lo prohiba. Los integrantes de esta planilla, podrían ser incluidos en la nueva propuesta que la Jucopo deberá presentar a más tardar el 29 de septiembre, a pesar de que se espera que el 19 de este mes sea aprobado.
También se declaró improcedente el juicio electoral ciudadano promovido por Tania Ávila Magadan, integrante de la planilla que fue rechazada por el pleno del Congreso local para cabildo instituyente del nuevo municipio de San Nicolás quien argumentaba que debía ser designada por ser afrodescendiente.
 

Merece Guerrero una elección ejemplar, dice la presidenta del Tribunal electoral

Lourdes Chávez

Chilpancingo

La presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEE), Evelyn Rodríguez Xinol, durante la apertura de los trabajos permanentes del proceso electoral de ayuntamientos y diputados 2023-2024, señaló que Guerrero merece una elección ejemplar con inclusión de todos los grupos sociales,.
En la sesión pública, destacó que en esta etapa se va atender la demanda ciudadana para el pleno ejercicio de los derechos político electorales, y salvaguardar la legalidad y certeza.
Recordó que a través de las elecciones, la ciudadanía tiene la oportunidad de expresar sus deseos y aspiraciones, y el tribunal tiene el deber de garantizar que el proceso se lleve a cabo con total transparencia, imparcialidad, legalidad, certeza y respeto a la voluntad de los electores”.
Reafirmó el compromiso inquebrantable de este organismo con los principios democráticos, y que Guerrero merece un proceso ejemplar que refleje la inclusión de todos los grupos sociales.
Explicó que las elecciones no son un fin en sí mismas, sino un mecanismo de renovación periódica de ideas y políticas para construir un futuro mejor.
En este proceso, consideró que habrá una amplia gama de opciones e ideológicas,cuyas propuestas deben estar enfocadas en mejorar la vida de la población.
Señaló que la participación “activa y pasiva de la ciudadanía” otorga legitimidad a los poderes del estado, y ese contexto, llamó a los ciudadanos a involucrarse en el proceso y ejercer el derecho al voto, “cuyo valor se traducirá en la voluntad de la ciudadanía para elegir a nuestros representantes populares”.
Enfatizó que el tribunal trabajará para que cada voto sea respetado, con equidad y justicia, promoviendo un ambiente de diálogo y cooperación entre todas las fuerzas políticas, para construir un proceso electoral sólido y confiable.
Añadió que las resoluciones de este tribunal han sido y serán siempre apegados a normas jurídicas y legales, y a los principios rectores de la función electoral.
Señaló que Guerrero tiene un futuro prometedor, en esta etapa de la elección será crucial en la historia. Así, anunció que el tribunal se declara desde ese momento en trabajos permanentes para atender la demanda de justicia para hacer plenos sus derechos y salvaguardar la legalidad y certeza del proceso electoral. Fue el único asunto del orden del día, y la única intervención de la sesión.